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Document 32015R1070
Commission Delegated Regulation (EU) 2015/1070 of 31 March 2015 amending Annexes III, V and VII of Regulation (EC) No 211/2011 of the European Parliament and of the Council on the citizens' initiative
Reglamento Delegado (UE) 2015/1070 de la Comisión, de 31 de marzo de 2015, por el que se modifican los anexos III, V y VII del Reglamento (UE) n° 211/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la iniciativa ciudadana
Reglamento Delegado (UE) 2015/1070 de la Comisión, de 31 de marzo de 2015, por el que se modifican los anexos III, V y VII del Reglamento (UE) n° 211/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la iniciativa ciudadana
DO L 178 de 8.7.2015, p. 1–11
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
No longer in force, Date of end of validity: 31/12/2019; derog. impl. por 32019R0788
8.7.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 178/1 |
REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2015/1070 DE LA COMISIÓN
de 31 de marzo de 2015
por el que se modifican los anexos III, V y VII del Reglamento (UE) no 211/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la iniciativa ciudadana
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) no 211/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 2011, sobre la iniciativa ciudadana (1), y, en particular, su artículo 16,
Considerando lo siguiente:
(1) |
Tres Estados miembros han solicitado que se modifiquen los datos requeridos en los formularios que figuran en el anexo III del Reglamento (UE) no 211/2011. |
(2) |
La información en los anexos III, V y VII debe modificarse para aclarar o simplificar los procedimientos correspondientes. |
(3) |
En relación con las modificaciones del anexo III, la Comisión debe tener en cuenta la información que le han transmitido los Estados miembros. |
(4) |
Varios organizadores de iniciativas registrados ante la Comisión están recogiendo actualmente declaraciones de apoyo de conformidad con el artículo 5 del Reglamento (UE) no 211/2011. Por lo tanto, es necesario que se les permita utilizar tanto los formularios que figuran en el anexo I del presente Reglamento como la versión anterior de los formularios que figura en el anexo II del Reglamento Delegado (UE) no 887/2013 de la Comisión (2). |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El Reglamento (UE) no 211/2011 queda modificado como sigue:
1) |
El anexo III se sustituye por el texto que figura en el anexo I del presente Reglamento. |
2) |
El anexo V se sustituye por el texto que figura en el anexo II del presente Reglamento. |
3) |
El anexo VII se sustituye por el texto que figura en el anexo III del presente Reglamento. |
Artículo 2
Los formularios que cumplan lo dispuesto en el anexo III del Reglamento (UE) no 211/2011 modificado por el Reglamento Delegado (UE) no 887/2013 se podrán seguir utilizando para recoger declaraciones de apoyo de firmantes en el caso de las propuestas de iniciativa ciudadana que se hayan registrado de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (UE) no 211/2011 antes de la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento.
Artículo 3
El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 31 de marzo de 2015.
Por la Comisión
El Presidente
Jean-Claude JUNCKER
(1) DO L 65 de 11.3.2011, p. 1.
(2) DO L 247 de 18.9.2013, p. 11.
ANEXO I
«ANEXO III
Parte C
1. Requisitos para los Estados miembros que no requieren la comunicación de un número de identificación personal/número de documento de identificación personal (formulario de declaración de apoyo que figura en la parte A)
Estado miembro |
Firmantes cuya declaración de apoyo se presentará al Estado miembro de que se trate |
||||
Bélgica |
|
||||
Dinamarca |
|
||||
Alemania |
|
||||
Estonia |
|
||||
Irlanda |
|
||||
Luxemburgo |
|
||||
Países Bajos |
|
||||
Eslovaquia |
|
||||
Finlandia |
|
||||
Reino Unido |
|
2. Lista de Estados miembros que requieren la comunicación de un número de identificación personal/número de documento de identificación personal, como se indica a continuación, emitido por el Estado miembro en cuestión (formulario de declaración de apoyo que figura en la parte B)
BULGARIA
— |
Единен граждански номер (número personal) |
REPÚBLICA CHECA
— |
Občanský průkaz (tarjeta de identidad nacional) |
— |
Cestovní pas (pasaporte) |
GRECIA
— |
Δελτίο Αστυνομικής Ταυτότητας (tarjeta de identidad) |
— |
Διαβατήριο (pasaporte) |
— |
Βεβαίωση Εγγραφής Πολιτών Ε.Ε./Έγγραφο πιστοποίησης μόνιμης διαμονής πολίτη Ε.Ε. (certificado de residencia/certificado de residencia permanente) |
ESPAÑA
— |
Documento Nacional de Identidad |
— |
Pasaporte |
— |
Número de Identidad de Extranjero (NIE), de la tarjeta o certificado, correspondiente a la inscripción en el Registro Central de Extranjeros |
FRANCIA
— |
Passeport (pasaporte) |
— |
Carte nationale d'identité (documento nacional de identidad) |
CROACIA
— |
Osobni identifikacijski broj (número de identificación personal) |
ITALIA
— |
Passaporto (pasaporte), inclusa l'indicazione dell'autoritá di rilascio (incluida la mención de la autoridad de expedición) |
— |
Carta di identità (tarjeta de identidad), inclusa l'indicazione dell'autorità di rilascio (incluida la mención de la autoridad de expedición) |
CHIPRE
— |
Δελτίο Ταυτότητας (tarjeta de identidad de nacional o de residente) |
— |
Διαβατήριο (pasaporte) |
LETONIA
— |
Personas kods (número de identificación personal) |
LITUANIA
— |
Asmens kodas (número personal) |
HUNGRÍA
— |
személyazonosító igazolvány (tarjeta de identidad) |
— |
útlevél (pasaporte) |
— |
Személyi azonosító szám (személyi szám) (número de identificación personal) |
MALTA
— |
Karta tal-Identità (tarjeta de identidad) |
— |
Dokument ta 'residenza (documento de residencia) |
AUSTRIA
— |
Reisepass (pasaporte) |
— |
Personalausweis (tarjeta de identidad) |
POLONIA
— |
Numer ewidencyjny PESEL (número de identificación PESEL) |
PORTUGAL
— |
Bilhete de identidade (tarjeta de identidad) |
— |
Passaporte (pasaporte) |
— |
Cartão de Cidadão (tarjeta de ciudadano) |
RUMANÍA
— |
carte de identitate (tarjeta de identidad) |
— |
pașaport (pasaporte) |
— |
certificat de inregistrare (certificado de registro) |
— |
cartea de rezidenta permanenta pentru cetatenii UE (permiso de residencia permanente para ciudadanos de la UE) |
— |
Cod Numeric Personal (número de identificación personal) |
ESLOVENIA
— |
Enotna matična številka občana (número de identificación personal) |
SUECIA
— |
Personnummer (número de identificación personal)». |
ANEXO II
ANEXO V
FORMULARIO PARA LA PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES DE APOYO A LAS AUTORIDADES COMPETENTES DE LOS ESTADOS MIEMBROS
ANEXO III
ANEXO VII
FORMULARIO PARA LA PRESENTACIÓN DE UNA INICIATIVA CIUDADANA A LA COMISIÓN EUROPEA