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Document 32014Y1201(04)

Lista de los actos de la Unión adoptados antes de la entrada en vigor del Tratado de Lisboa en el ámbito de la cooperación policial y judicial en materia penal que hayan sido modificados mediante un acto aplicable al Reino Unido adoptado tras la entrada en vigor del Tratado de Lisboa y que por tanto siguen siendo aplicables al Reino Unido en su versión modificada o sustituida

DO C 430 de 1.12.2014, p. 23–25 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

1.12.2014   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 430/23


Lista de los actos de la Unión adoptados antes de la entrada en vigor del Tratado de Lisboa en el ámbito de la cooperación policial y judicial en materia penal que hayan sido modificados mediante un acto aplicable al Reino Unido adoptado tras la entrada en vigor del Tratado de Lisboa y que por tanto siguen siendo aplicables al Reino Unido en su versión modificada o sustituida

(2014/C 430/04)

NOTA AL LECTOR

La presente lista ha sido elaborada por motivos de transparencia y se publica únicamente a efectos informativos.

El Protocolo (no 36) sobre las disposiciones transitorias anejo a los Tratados, dispone, en su artículo 10, apartado 4, que el Reino Unido podrá notificar antes del 31 de mayo de 2014 que no acepta las plenas atribuciones de la Comisión y del Tribunal de Justicia en relación con los actos en el ámbito de la cooperación policial y judicial en materia penal adoptados antes de la entrada en vigor del Tratado de Lisboa. El Reino Unido hizo dicha notificación el 24 de julio de 2013. Como consecuencia de lo anterior, los citados actos dejarán de aplicarse al Reino Unido a partir del 1 de diciembre de 2014.

No obstante, con arreglo a la tercera frase del artículo 10.4 del protocolo no 36, los actos que hayan sido modificados por cualquier técnica de elaboración (enmienda, sustitución o derogación del acto correspondiente, total o parcial), tras la entrada en vigor del Tratado de Lisboa mediante un acto aplicable al Reino Unido, no dejarán de aplicarse en el Reino Unido y por tanto le seguirán siendo aplicables en su versión modificada o sustituida.

I.   Acervo no Schengen en el ámbito de la cooperación policial y judicial en materia penal que haya sido modificado o sustituido mediante un acto aplicable al Reino Unido adoptado tras la entrada en vigor del Tratado de Lisboa

1.

Acto del Consejo, de 29 de mayo de 2000, por el que se celebra, de conformidad con el artículo 34 del Tratado de la Unión Europea, el Convenio relativo a la asistencia judicial en materia penal entre los Estados miembros de la Unión Europea, y dicho Convenio firmado el 29 de mayo de 2000 (DO C 197 de 12.7.2000, p. 1)

Acto del Consejo, de 16 de octubre de 2001, por el que se celebra, de conformidad con el artículo 34 del Tratado de la Unión Europea, el Protocolo del Convenio relativo a la asistencia judicial en materia penal entre los Estados miembros de la Unión Europea, y dicho protocolo firmado el 16 de octubre de 2001 (DO C 326 de 21.11.2001, p. 1)

sustituido, en lo que se refiere a las disposiciones correspondientes, por la Directiva 2014/41/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de abril de 2014, sobre la orden europea de investigación en materia penal (DO L 130 de 1.5.2014, p. 1)

2.

Decisión marco 2001/220/JAI del Consejo, de 15 de marzo de 2001, relativa al estatuto de la víctima en el proceso penal (DO L 82 de 22.3.2001, p. 1)

sustituida por la Directiva 2012/29/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, por la que se establecen normas mínimas sobre los derechos, el apoyo y la protección de las víctimas de delitos, y por la que se sustituye la Decisión marco 2001/220/JAI del Consejo (DO L 315 de 14.11.2012, p. 57)

3.

Decisión marco 2002/629/JAI del Consejo, de 19 de julio de 2002, relativa a la lucha contra la trata de seres humanos (DO L 203 de 1.8.2002, p. 1)

sustituida por la Directiva 2011/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 abril de 2011, relativa a la prevención y lucha contra la trata de seres humanos y a la protección de las víctimas y por la que se sustituye la Decisión Marco 2002/629/JAI del Consejo (DO L 101 de 15.4.2011, p. 1) (1)

4.

Decisión marco 2003/577/JAI del Consejo, de 22 de julio de 2003, relativa a la ejecución en la Unión Europea de las resoluciones de embargo preventivo de bienes y de aseguramiento de pruebas (DO L 196 de 2.8.2003, p. 45)

sustituida, en lo que se refiere al aseguramiento de pruebas, por la Directiva 2014/41/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de abril de 2014, sobre la orden europea de investigación en materia penal (DO L 130 de 1.5.2014, p. 1)

5.

Decisión marco 2004/68/JAI del Consejo, de 22 de diciembre de 2003, relativa a la lucha contra la explotación sexual de los niños y la pornografía infantil (DO L 13 de 20.1.2004, p. 44)

sustituida por la Directiva 2011/93/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2011, relativa a la lucha contra los abusos sexuales y la explotación sexual de los menores y la pornografía infantil y por la que se sustituye la Decisión Marco del Consejo 2004/68/JAI (DO L 335 de 17.12.2011, p. 1) (2)

6.

Decisión marco 2005/222/JAI del Consejo, de 24 de febrero de 2005, relativa a los ataques contra los sistemas de información (DO L 69 de 16.3.2005, p. 67)

sustituida por la Directiva 2013/40/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de agosto de 2013, relativa a los ataques contra los sistemas de información, y por la que se sustituye la Decisión marco 2005/222/JAI del Consejo (DO L 218 de 14.8.2013, p. 8)

7.

Decisión 2005/681/JAI del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, por la que se crea la Escuela Europea de Policía (CEPOL) y por la que se deroga la Decisión 2000/820/JAI (DO L 256 de 1.10.2005, p. 63)

modificada por el Reglamento (UE) no 543/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, que modifica la Decisión 2005/681/JAI del Consejo por la que se crea la Escuela Europea de Policía (CEPOL) (DO L 163 de 29.5.2014, p. 5)

8.

Decisión 2006/697/CE del Consejo, de 27 de junio de 2006, relativa a la firma del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Islandia y el Reino de Noruega sobre el procedimiento de entrega entre los Estados miembros de la Unión Europea e Islandia y Noruega (DO L 292 de 21.10.2006, p. 1)

sustituida por la Decisión del Consejo, 2014/835/UE, de 27 de noviembre de 2014, relativa a la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Islandia y el Reino de Noruega sobre el procedimiento de entrega entre los Estados miembros de la Unión Europea e Islandia y Noruega (DO L 343 de 28.11.2014, p. 1)

9.

Decisión 2007/551/PESC/JAI del Consejo, de 23 de julio de 2007, relativa a la firma, en nombre de la Unión Europea, de un Acuerdo entre la Unión Europea y los Estados Unidos de América sobre el tratamiento y la transferencia de datos del registro de nombres de los pasajeros (PNR) por las compañías aéreas al Departamento de Seguridad del Territorio Nacional de los Estados Unidos (Acuerdo PNR 2007) (DO L 204 de 4.8.2007, p. 16)

sustituida por la Decisión del Consejo, 2012/472/UE, de 26 de abril de 2012, relativa a la celebración del Acuerdo entre los Estados Unidos de América y la Unión Europea sobre la utilización y la transferencia de los registros de nombres de los pasajeros al Departamento de Seguridad del Territorio Nacional de los Estados Unidos (DO L 215 de 11.8.2012, p. 4)

10.

Decisión 2008/651/PESC/JAI del Consejo, de 30 de junio de 2008, relativa a la firma, en nombre de la Unión Europea, de un Acuerdo entre la Unión Europea y Australia sobre el tratamiento y la transferencia de datos, generados en la Unión Europea, del registro de nombres de los pasajeros (PNR) por las compañías aéreas a los Servicios de Aduanas de Australia (DO L 213 de 8.8.2008, p. 47)

sustituida por la Decisión 2012/381/UE del Consejo, de 13 de diciembre de 2011, relativa a la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y Australia sobre el tratamiento y la transferencia de datos del registro de nombres de los pasajeros (PNR) por los transportistas aéreos al Servicio de Aduanas y de Protección de las Fronteras de Australia (DO L 186 de 14.7.2012, p. 3)

11.

Decisión Marco 2008/978/JAI del Consejo, de 18 de diciembre de 2008, relativa al exhorto europeo de obtención de pruebas para recabar objetos, documentos y datos destinados a procedimientos en materia penal (DO L 350 de 30.12.2008, p. 72)

sustituida por la Directiva 2014/41/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de abril de 2014, relativa a la orden europea de investigación en materia penal (DO L 130 de 1.5.2014, p. 1)

12.

Decisión 2009/935/JAI del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, por la que se determina la lista de terceros Estados y organizaciones con los que Europol celebrará acuerdos (DO L 325 de 11.12.2009, p. 12)

modificada por la Decisión de Ejecución 2014/269/UE del Consejo, de 6 de mayo de 2014, por la que se modifica la Decisión 2009/935/JAI por la que se determina la lista de terceros Estados y organizaciones con los que Europol celebrará acuerdos (DO L 138 de 13.5.2014, p. 104)

II.   Acervo de Schengen en el ámbito de la cooperación policial y judicial en materia penal que haya sido modificado o sustituido mediante un acto aplicable al Reino Unido adoptado tras la entrada en vigor del tratado de Lisboa

13.

Capítulo 2 del Título III (artículos 48 a 53, sobre asistencia judicial en materia penal) y artículo 73 del Convenio de 19 de junio de 1990 de aplicación del Acuerdo de Schengen de 14 de junio de 1985 (DO L 239 de 22.9.2000, p. 19)

sustituido, en lo que se refiere a las disposiciones correspondientes por la Directiva 2014/41/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de abril de 2014, sobre la orden europea de investigación en materia penal (DO L 130 de 1.5.2014, p. 1)

14.

Decisión del Comité Ejecutivo, de 16 de septiembre de 1998, relativa a la creación de una Comisión permanente de evaluación y aplicación de Schengen (SCH/Com-ex (98) 26 final), (DO L 239 de 22.9.2000, p. 138)

sustituido por el Reglamento (UE) n.o 1053/2013 del Consejo, de 7 de octubre de 2013, por el que se establece un mecanismo de evaluación y seguimiento para verificar la aplicación del acervo de Schengen, y se deroga la Decisión del Comité Ejecutivo de 16 de septiembre de 1998 relativa a la creación de una Comisión permanente de evaluación y aplicación de Schengen, (DO L 295 de 6.11.2013, p . 27)

15.

Decisión 2008/149/JAI del Consejo, de 28 de enero de 2008, relativa a la celebración, en nombre de la Unión Europea, del Acuerdo entre la Unión Europea, la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre la asociación de la Confederación Suiza a la ejecución, aplicación y desarrollo del acervo de Schengen, firmado el 26 de octubre de 2004 (DO L 53 de 27.2.2008, p. 50)

modificado por el Protocolo entre la Unión Europea, la Comunidad Europea, la Confederación Suiza y el Principado de Liechtenstein del Acuerdo entre la Unión Europea, la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre la asociación de la Confederación Suiza a la ejecución, aplicación y desarrollo del acervo de Schengen, firmado el 28 de febrero de 2008, aprobado por la Decisión 2011/349/UE del Consejo de 7 de marzo de 2011 sobre la celebración en nombre de la Unión Europea de dicho Protocolo en particular en relación con la cooperación judicial en materia penal y la cooperación policial (DO L 160 de 18.6.2011, p. 1)


(1)  El Reino Unido ha aceptado dicha medida tras su adopción, con arreglo al artículo 4 del protocolo no 21 (véase la Decisión de la Comisión 2011/169/UE de 14 de octubre de 2011, DO L 271 de 18.10.2012, p. 49).

(2)  Corrección de errores en DO L 18 de 21.1.2012, p. 7.


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