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Document 32013R0797
Commission Implementing Regulation (EU) No 797/2013 of 21 August 2013 concerning the authorisation of a preparation of Enterococcus faecium NCIMB 11181 as a feed additive for calves for rearing and for fattening and weaned piglets (holder of authorisation Chr. Hansen A/S) and repealing Regulation (EC) No 1333/2004 Text with EEA relevance
Reglamento de Ejecución (UE) n ° 797/2013 de la Comisión, de 21 de agosto de 2013 , relativo a la autorización de un preparado de Enterococcus faecium NCIMB 11181 como aditivo en la alimentación de terneros de cría y engorde y de lechones destetados (titular de la autorización: Chr. Hansen A/S) y por el que se deroga el Reglamento (CE) n ° 1333/2004 Texto pertinente a efectos del EEE
Reglamento de Ejecución (UE) n ° 797/2013 de la Comisión, de 21 de agosto de 2013 , relativo a la autorización de un preparado de Enterococcus faecium NCIMB 11181 como aditivo en la alimentación de terneros de cría y engorde y de lechones destetados (titular de la autorización: Chr. Hansen A/S) y por el que se deroga el Reglamento (CE) n ° 1333/2004 Texto pertinente a efectos del EEE
DO L 224 de 22.8.2013, pp. 6–8
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
No longer in force, Date of end of validity: 18/02/2025; derogado por 32025R0148
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22.8.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 224/6 |
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) N o 797/2013 DE LA COMISIÓN
de 21 de agosto de 2013
relativo a la autorización de un preparado de Enterococcus faecium NCIMB 11181 como aditivo en la alimentación de terneros de cría y engorde y de lechones destetados (titular de la autorización: Chr. Hansen A/S) y por el que se deroga el Reglamento (CE) no 1333/2004
(Texto pertinente a efectos del EEE)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 1831/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de septiembre de 2003, sobre los aditivos en la alimentación animal (1), y, en particular, su artículo 9, apartado 2,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El Reglamento (CE) no 1831/2003 regula la autorización de aditivos en la alimentación animal y los motivos y procedimientos para su concesión. El artículo 10 de dicho Reglamento contempla el reexamen de los aditivos autorizados con arreglo a la Directiva 70/524/CEE del Consejo (2). |
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(2) |
El Reglamento (CE) no 1333/2004 de la Comisión (3) autorizó sin límite de tiempo un preparado de Enterococcus faecium NCIMB 11181 de conformidad con la Directiva 70/524/CEE como aditivo en la alimentación de terneros de cría y engorde y de lechones destetados. Posteriormente, este producto se incluyó en el Registro de Aditivos para Alimentación Animal de la Unión Europea como producto existente, de conformidad con el artículo 10, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 1831/2003. |
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(3) |
De conformidad con el artículo 10, apartado 2, del Reglamento (CE) no 1831/2003, leído en relación con su artículo 7, se presentó una solicitud para el reexamen de ese preparado como aditivo en la alimentación de terneros de cría y engorde y de lechones destetados, en la que se pedía su clasificación en la categoría de «aditivos zootécnicos». Dicha solicitud iba acompañada de la información y la documentación exigidas con arreglo al artículo 7, apartado 3, del citado Reglamento. |
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(4) |
En su dictamen de 1 de febrero de 2012 (4), la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria («la Autoridad») concluyó que el preparado de Enterococcus faecium NCIMB 11181, en las condiciones de uso propuestas, no tiene efectos adversos para la salud animal, la salud humana ni el medio ambiente, y que es eficaz para mejorar el rendimiento zootécnico de los terneros de cría y engorde y de los lechones destetados. La Autoridad no considera que sean necesarios requisitos específicos de seguimiento consecutivo a la comercialización. Asimismo, verificó el informe sobre el método de análisis del aditivo para alimentación animal en los piensos que presentó el laboratorio de referencia establecido por el Reglamento (CE) no 1831/2003. |
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(5) |
La evaluación del preparado de Enterococcus faecium NCIMB 11181 muestra que se cumplen los requisitos de autorización establecidos en el artículo 5 del Reglamento (CE) no 1831/2003. Por consiguiente, procede autorizar el uso de dicho preparado según se especifica en el anexo del presente Reglamento. |
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(6) |
Puesto que se concede una nueva autorización de conformidad con el Reglamento (CE) no 1831/2003, procede derogar el Reglamento (CE) no 1333/2004. |
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(7) |
Dado que no hay razones de seguridad que exijan aplicar inmediatamente las modificaciones de las condiciones de autorización, conviene permitir un período transitorio para el agotamiento de las existencias del aditivo, las premezclas y los piensos compuestos que lo contengan, como autoriza el Reglamento (CE) no 1333/2004. |
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(8) |
Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
Se autoriza el uso como aditivo en la alimentación animal del preparado que figura en el anexo, perteneciente a la categoría de «aditivos zootécnicos» y al grupo funcional de «estabilizadores de la flora intestinal», en las condiciones fijadas en dicho anexo.
Artículo 2
Queda derogado el Reglamento (CE) no 1333/2004.
Artículo 3
El preparado especificado en el anexo y los piensos que lo contengan que hayan sido producidos y etiquetados antes del 11 de marzo de 2014 de conformidad con las normas aplicables antes del 11 de septiembre de 2013 podrán seguir comercializándose y utilizándose hasta que se agoten las existencias.
Artículo 4
El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 21 de agosto de 2013.
Por la Comisión
El Presidente
José Manuel BARROSO
(1) DO L 268 de 18.10.2003, p. 29.
(2) DO L 270 de 14.12.1970, p. 1.
(3) DO L 247 de 21.7.2004, p. 11.
(4) EFSA Journal (2012) 10(2):2574.
ANEXO
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Número de identificación del aditivo |
Nombre del titular de la autorización |
Aditivo |
Composición, fórmula química, descripción y método analítico |
Especie animal o categoría de animales |
Edad máxima |
Contenido mínimo |
Contenido máximo |
Otras disposiciones |
Final del período de autorización |
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UFC/kg de pienso completo con un contenido de humedad del 12 % |
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Categoría de aditivos zootécnicos. Grupo funcional: estabilizadores de la flora intestinal |
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4b1708 |
Chr. Hansen A/S |
Enterococcus faecium (NCIMB 11181) |
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Terneros de cría y engorde |
Seis meses |
5 × 108 |
— |
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11 de septiembre de 2023 |
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Lechones (destetados) |
— |
5 × 108 |
— |
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(1) Puede consultarse información detallada sobre los métodos de análisis en la siguiente dirección del laboratorio de referencia: www.irmm.jrc.be/eurl-feed-additives.