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Document 32012D0372
Council Decision 2012/372/CFSP of 10 July 2012 amending and extending Decision 2010/330/CSFP on the European Union Integrated Rule of Law Mission for Iraq, EUJUST LEX-IRAQ
Decisión 2012/372/PESC del Consejo, de 10 de julio de 2012 , por la que se modifica y prorroga la Decisión 2010/330/PESC sobre la Misión Integrada de la Unión Europea por el Estado de Derecho en Iraq, EUJUST LEX-IRAQ
Decisión 2012/372/PESC del Consejo, de 10 de julio de 2012 , por la que se modifica y prorroga la Decisión 2010/330/PESC sobre la Misión Integrada de la Unión Europea por el Estado de Derecho en Iraq, EUJUST LEX-IRAQ
DO L 179 de 11.7.2012, p. 22–22
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV) Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales
(HR)
No longer in force, Date of end of validity: 31/12/2013
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11.7.2012 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 179/22 |
DECISIÓN 2012/372/PESC DEL CONSEJO
de 10 de julio de 2012
por la que se modifica y prorroga la Decisión 2010/330/PESC sobre la Misión Integrada de la Unión Europea por el Estado de Derecho en Iraq, EUJUST LEX-IRAQ
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 28, su artículo 42, apartado 4, y su artículo 43, apartado 2,
Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El 7 de marzo de 2005, el Consejo adoptó la Acción Común 2005/190/PESC sobre la Misión Integrada de la Unión Europea por el Estado de Derecho en Iraq, EUJUST LEX (1). |
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(2) |
El 14 de junio de 2010, el Consejo adoptó la Decisión 2010/330/PESC (2), que prorrogaba la Misión hasta el 30 de junio de 2012. |
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(3) |
Según las recomendaciones de la revisión estratégica, la misión debe prorrogarse por un período de 18 meses adicionales. |
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(4) |
EUJUST LEX-IRAQ se llevará a cabo en el contexto de una situación que puede deteriorarse y que podría obstaculizar el logro de los objetivos de la acción exterior de la Unión que se indican en el artículo 21 del Tratado, |
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(5) |
Procede, por lo tanto, modificar la Decisión 2010/330/PESC en consecuencia. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
La Decisión 2010/330/PESC se modifica de la siguiente manera:
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1) |
En el artículo 2, el apartado 4 se sustituye por el texto siguiente: «4. Las actividades de formación tendrán lugar en Iraq y en la región, así como en la Unión. EUJUST LEX-IRAQ dispondrá de oficinas en Bruselas y Bagdad, incluido un centro de enlace en Basora, y en Erbil (región de Kurdistán).». |
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2) |
En el artículo 2, se suprime el apartado 5. |
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3) |
En el artículo 6, el apartado 5 se sustituye por el texto siguiente: «5. Todo el personal llevará a cabo sus funciones y actuará en interés de la Misión. Todo el personal respetará las normas mínimas y principios de seguridad estipulados en la Decisión 2011/292/UE del Consejo, de 31 de marzo de 2011, sobre las normas de seguridad para la protección de la información clasificada de la UE (*1). |
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4) |
El artículo 10 queda modificado como sigue:
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5) |
En el artículo 11 se inserta el apartado siguiente: «2 bis. El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos relacionados con la Misión para el período comprendido entre el 1 de julio de 2012 y el 30 de junio de 2013 será de 27 150 000 EUR.». |
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6) |
En el artículo 16, el párrafo segundo se sustituye por el texto siguiente: «Se aplicará a partir del período comprendido entre el 1 de julio de 2010 y el 31 de diciembre de 2013.». |
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Será aplicable desde el 1 de julio de 2012.
Hecho en Bruselas, el 10 de julio de 2012.
Por el Consejo
El Presidente
A. D. MAVROYIANNIS