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Document 32007D0083

2007/83/CE: Decisión de la Comisión, de 5 de febrero de 2007 , por la que se modifica la Decisión 2006/415/CE en lo concerniente a determinadas medidas de protección en relación con la gripe aviar altamente patógena de subtipo H5N1 en aves de corral en el Reino Unido [notificada con el número C(2007) 404] (Texto pertinente a efectos del EEE )

DO L 33 de 7.2.2007, p. 4–6 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
DO L 219M de 24.8.2007, p. 197–199 (MT)

Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 31/12/2018

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2007/83(1)/oj

7.2.2007   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 33/4


DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 5 de febrero de 2007

por la que se modifica la Decisión 2006/415/CE en lo concerniente a determinadas medidas de protección en relación con la gripe aviar altamente patógena de subtipo H5N1 en aves de corral en el Reino Unido

[notificada con el número C(2007) 404]

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2007/83/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Vista la Directiva 89/662/CEE del Consejo, de 11 de diciembre de 1989, relativa a los controles veterinarios aplicables en los intercambios intracomunitarios con vistas a la realización del mercado interior (1), y, en particular, su artículo 9, apartado 3,

Vista la Directiva 90/425/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a los controles veterinarios y zootécnicos aplicables en los intercambios intracomunitarios de determinados animales vivos y productos con vistas a la realización del mercado interior (2), y, en particular, su artículo 10, apartado 3,

Considerando lo siguiente:

(1)

La Decisión 2006/415/CE de la Comisión, de 14 de junio de 2006, relativa a determinadas medidas de protección en relación con la gripe aviar altamente patógena de subtipo H5N1 en aves de corral de la Comunidad, y por la que se deroga la Decisión 2006/135/CE (3), establece determinadas medidas de protección a fin de impedir la propagación de la gripe aviar en partes de la Comunidad libres de la enfermedad por el desplazamiento de aves o sus productos.

(2)

El Reino Unido ha notificado un brote de gripe aviar altamente patógena H5N1 en aves de corral en su territorio, y ha tomado las medidas apropiadas en el marco de la Decisión 2006/415/CE, incluido el establecimiento de zonas A y B, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de dicha Decisión.

(3)

La Comisión considera que las fronteras de las zonas A y B establecidas por la autoridad competente del Reino Unido están situadas a una distancia suficiente de la localización efectiva del brote. En consecuencia, las zonas A y B del Reino Unido pueden ser confirmadas y puede fijarse la duración de la regionalización.

(4)

Por tanto, es necesario modificar la Decisión 2006/415/CE en consecuencia.

(5)

Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo de la decisión 2006/415/CE queda modificado conforme al texto del anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 5 de febrero de 2007.

Por la Comisión

Markos KYPRIANOU

Miembro de la Comisión


(1)  DO L 395 de 30.12.1989, p. 13. Directiva modificada en último lugar por la Directiva 2004/41/CE (DO L 157 de 30.4.2004, p. 33). Versión corregida en el DO L 195 de 2.6.2004, p. 12.

(2)  DO L 224 de 18.8.1990, p. 29. Directiva modificada en último lugar por la Directiva 2002/33/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 315 de 19.11.2002, p. 14).

(3)  DO L 164 de 16.6.2006, p. 51. Decisión modificada por la Decisión 2007/79/CE (DO L 26 de 2.2.2007, p. 5).


ANEXO

El anexo de la Decisión 2006/415/CE queda modificado como sigue:

1)

El siguiente texto se añade a la parte A:

«Código ISO de país

Estado miembro

Zona A

Fecha hasta la que es aplicable el artículo 4, apartado 4, letra b), inciso iii)

Código

(si existe)

Nombre

UK

REINO UNIDO

 

 

12.3.2007

Zona de protección

00154

Parte del condado de Suffolk incluida en un perímetro de tres kilómetros de radio, cuyo centro se sitúa en las coordenadas cartográficas TM4009079918 (1).

Zona de vigilancia

00154

Parte del condado de Suffolk incluida en un perímetro de tres kilómetros de radio, cuyo centro se sitúa en las coordenadas cartográficas TM4009079918 (1).

2)

El siguiente texto se añade a la parte A:

«Código ISO de país

Estado miembro

Zona B

Fecha hasta la que es aplicable el artículo 4, apartado 4, letra b), inciso iii)

Código

(si existe)

Nombre

UK

REINO UNIDO

 

 

12.3.2007

00154

00162

Partes de los condados de Norfolk y Suffolk situadas dentro de los siguientes límites:

 

A partir de la referencia cartográfica TM357400 (2), se sigue una carretera comarcal en dirección oeste hasta un cruce situado en la referencia cartográfica TM346400 (2). Se gira a la derecha para tomar la B1083 y se continúa hacia el norte a lo largo de la B1083 hasta la rotonda situada en la referencia cartográfica TM292500 (2). Se gira a la izquierda para tomar la autopista A1152 y se continúa hacia el oeste y después hacia el sur hasta la rotonda situada en la referencia cartográfica TM259493 (2).

 

Se gira a la derecha para tomar la B1079 y se continúa hacia el oeste y después hacia el noroeste hasta el cruce situado en la referencia cartográfica TM214538 (2). Se gira a la izquierda y se sigue la B1078 en dirección oeste hasta el cruce con la A140 (T) situado en la referencia cartográfica TM111548 (2). Se gira a la derecha y se continúa hacia el norte a lo largo de la A140 (T) hasta el cruce con la A47 (T) situado en la coordenada cartográfica TG219038 (2).

 

Se gira a la derecha y se continúa hacia el noreste y después al este a lo largo de la A47 (T) hasta la rotonda situada en la referencia cartográfica TG518084 (2).

 

Se gira para tomar la A149 y se continúa hacia el sudoeste hasta el cruce situado en la referencia cartográfica TG521080 (2). Se sigue la B1141 en dirección sudeste hasta un cruce con una carretera comarcal situado en la referencia cartográfica TG525078 (2).

 

Se gira a la izquierda para tomar la carretera comarcal y se continúa hacia el este hasta un cruce con otra carretera comarcal en la costa situado en la referencia cartográfica TG531079 (2) [el límite se extiende directamente en dirección este hasta la costa situada en la referencia cartográfica TG532078 (2) y sigue la costa hacia el sur hasta la referencia cartográfica TM357400 (2)].


(1)  Coordenadas cartográficas nacionales británicas.»

(2)  Coordenadas cartográficas nacionales británicas.»


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