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Document 32005R0453
Commission Regulation (EC) No 453/2005 of 18 March 2005 determining the extent to which applications lodged in March 2005 for import licences for certain pigmeat sector products under the regime provided for by Council Regulation (EC) No 774/94 opening and providing for the administration of certain Community tariff quotas for pigmeat and certain other agricultural products can be accepted
Reglamento (CE) n° 453/2005 de la Comisión, de 18 de marzo de 2005, por el que se determina la proporción en que se satisfarán las solicitudes de certificados de importación de algunos productos del sector de la carne de porcino presentadas en marzo de 2005 al amparo del régimen previsto en el Reglamento (CE) n° 774/94 del Consejo, relativo a la apertura y modo de gestión de determinados contingentes arancelarios comunitarios de carne de porcino y determinados productos agrícolas
Reglamento (CE) n° 453/2005 de la Comisión, de 18 de marzo de 2005, por el que se determina la proporción en que se satisfarán las solicitudes de certificados de importación de algunos productos del sector de la carne de porcino presentadas en marzo de 2005 al amparo del régimen previsto en el Reglamento (CE) n° 774/94 del Consejo, relativo a la apertura y modo de gestión de determinados contingentes arancelarios comunitarios de carne de porcino y determinados productos agrícolas
DO L 74 de 19.3.2005, pp. 36–37
(ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)
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19.3.2005 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 74/36 |
REGLAMENTO (CE) N o 453/2005 DE LA COMISIÓN
de 18 de marzo de 2005
por el que se determina la proporción en que se satisfarán las solicitudes de certificados de importación de algunos productos del sector de la carne de porcino presentadas en marzo de 2005 al amparo del régimen previsto en el Reglamento (CE) no 774/94 del Consejo, relativo a la apertura y modo de gestión de determinados contingentes arancelarios comunitarios de carne de porcino y determinados productos agrícolas
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 1432/94 de la Comisión, de 22 de junio de 1994, por el que se establecen las disposiciones de aplicación en el sector de la carne de porcino del régimen de importación establecido en el Reglamento (CE) no 774/94 del Consejo relativo a la apertura y modo de gestión de determinados contingentes arancelarios comunitarios de carne de porcino y determinados productos agrícolas (1), y, en particular, su artículo 4, apartado 4,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
Las solicitudes de certificados de importación presentadas para el segundo trimestre de 2005 son inferiores a las cantidades disponibles, por lo que pueden ser atendidas en su totalidad. |
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(2) |
Conviene determinar la cantidad disponible en el período siguiente. |
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(3) |
Es oportuno hacer saber a los operadores que los certificados sólo pueden utilizarse para los productos que cumplan todas las disposiciones veterinarias actualmente vigentes en la Comunidad. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
1. Las solicitudes de certificados de importación para el período comprendido entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2005 presentadas al amparo del Reglamento (CE) no 1432/94 se satisfarán como se indica en el anexo I.
2. Para el período comprendido entre el 1 de julio y el 30 de septiembre de 2005, se podrá presentar, al amparo del Reglamento (CE) no 1432/94, las solicitudes de licencias de importación por la cantidad total que figura en el anexo II.
3. Los certificados sólo podrán utilizarse para los productos que cumplan todas las disposiciones veterinarias actualmente vigentes en la Comunidad.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de abril de 2005.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 18 de marzo de 2005.
Por la Comisión
J. M. SILVA RODRÍGUEZ
Director General de Agricultura y de Desarrollo Rural
(1) DO L 156 de 23.6.1994, p. 14. Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 332/2004 (DO L 60 de 27.2.2004, p. 10).
ANEXO I
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Número de grupo |
Porcentaje en que se satisfarán las solicitudes de certificados de importación presentadas en el período comprendido entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2005 |
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1 |
100,00 |
ANEXO II
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(t) |
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Número de grupo |
Cantidad total disponible para el período comprendido entre el 1 de julio y el 30 de septiembre de 2005 |
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1 |
5 250,0 |