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Document 32004A0207(01)

Dictamen de la Comisión de 5 de febrero de 2004 relativo al plan para la eliminación de residuos radioactivos procedentes de las modificaciones de las instalaciones Site-1 de Belgoprocess plc, de conformidad con el artículo 37 del Tratado Euratom

DO C 34 de 7.2.2004, p. 6–6 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

Legal status of the document In force

32004A0207(01)

Dictamen de la Comisión de 5 de febrero de 2004 relativo al plan para la eliminación de residuos radioactivos procedentes de las modificaciones de las instalaciones Site-1 de Belgoprocess plc, de conformidad con el artículo 37 del Tratado Euratom

Diario Oficial n° C 034 de 07/02/2004 p. 0006 - 0006


Dictamen de la Comisión

de 5 de febrero de 2004

relativo al plan para la eliminación de residuos radioactivos procedentes de las modificaciones de las instalaciones Site-1 de Belgoprocess plc, de conformidad con el artículo 37 del Tratado Euratom

(2004/C 34/05)

(El texto en lengua neerlandesa es el único auténtico)

El 30 de julio de 2003, la Comisión Europea recibió del Gobierno belga, de conformidad con el artículo 37 del Tratado Euratom, los datos generales relativos al plan para la eliminación de residuos radioactivos procedentes de las modificaciones de las instalaciones Site-1 de Belgoprocess plc.

Sobre la base de estos datos y de información adicional aportados por el Gobierno belga el 7 de noviembre de 2003, y tras consultar con el grupo de expertos, la Comisión emite el siguiente dictamen:

a) Las modificaciones previstas se refieren a la construcción de una nueva instalación de almacenamiento intermedio de residuos sólidos de baja actividad que ya está presente in situ. El funcionamiento de la nueva instalación de almacenamiento sólo originará efluentes gaseosos, para los cuales se prevén límites de descarga específicos. Estos límites de descarga no aumentan ostensiblemente los límites de descarga regularmente existentes.

b) La distancia entre la nueva instalación de almacenamiento y el Estado miembro vecino más próximo, en este caso los Países Bajos, es de 11 km.

c) En condiciones normales de funcionamiento, las descargas de efluentes gaseosos de la nueva instalación de almacenamiento no causarán una exposición de la población en otros Estados miembros que sea importante desde el punto de vista de la salud.

d) Los residuos radiactivos secundarios, líquidos y sólidos, resultantes del funcionamiento de la nueva instalación de almacenamiento serán tratados, acondicionados y almacenados in situ.

e) En caso de que se produjeran vertidos imprevistos de residuos radiactivos debido a un accidente del tipo e importancia considerados en los datos generales para la nueva instalación de almacenamiento, las dosis a las que pudiera estar expuesta la población de otros Estados miembros no serían significativas desde el punto de vista de la salud.

Por lo tanto, la Comisión considera que la aplicación del plan para la eliminación de residuos radiactivos, en cualquiera de sus formas, resultantes de las modificaciones de las instalaciones Site-1 de Belgoprocess plc en Bélgica, tanto en caso de funcionamiento normal como en caso de accidente del tipo e importancia considerados en los datos generales, no es susceptible de causar una contaminación radiactiva, importante desde el punto de vista de la salud, el agua, el suelo o el espacio aéreo de otro Estado miembro.

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