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Document 32003R0508
Commission Regulation (EC) No 508/2003 of 20 March 2003 determining the extent to which applications lodged in March 2003 for import licences for certain pigmeat products under the regime provided for by the Agreement concluded by the Community with Slovenia can be accepted
Reglamento (CE) n° 508/2003 de la Comisión, de 20 de marzo de 2003, por el que se determina la proporción en que se satisfarán las solicitudes de certificados de importación de algunos productos del sector de la carne de porcino presentadas en el mes de marzo de 2003 al amparo del régimen previsto en el Acuerdo celebrado entre la Comunidad y Eslovenia
Reglamento (CE) n° 508/2003 de la Comisión, de 20 de marzo de 2003, por el que se determina la proporción en que se satisfarán las solicitudes de certificados de importación de algunos productos del sector de la carne de porcino presentadas en el mes de marzo de 2003 al amparo del régimen previsto en el Acuerdo celebrado entre la Comunidad y Eslovenia
DO L 75 de 21.3.2003, pp. 9–10
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)
Reglamento (CE) n° 508/2003 de la Comisión, de 20 de marzo de 2003, por el que se determina la proporción en que se satisfarán las solicitudes de certificados de importación de algunos productos del sector de la carne de porcino presentadas en el mes de marzo de 2003 al amparo del régimen previsto en el Acuerdo celebrado entre la Comunidad y Eslovenia
Diario Oficial n° L 075 de 21/03/2003 p. 0009 - 0010
Reglamento (CE) no 508/2003 de la Comisión de 20 de marzo de 2003 por el que se determina la proporción en que se satisfarán las solicitudes de certificados de importación de algunos productos del sector de la carne de porcino presentadas en el mes de marzo de 2003 al amparo del régimen previsto en el Acuerdo celebrado entre la Comunidad y Eslovenia LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el Reglamento (CE) n° 571/97 de la Comisión, de 26 de marzo de 1997, por el que se establecen las disposiciones de aplicación en el sector de la carne de porcino del régimen previsto en el Acuerdo interino de asociación celebrado entre la Comunidad, por una parte, y Eslovenia, por otra(1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1006/2001(2), y, en particular, el apartado 4 de su artículo 4, Considerando lo siguiente: (1) Las solicitudes de certificados de importación presentadas para el segundo trimestre de 2003 son inferiores a las cantidades disponibles, por lo que pueden ser atendidas en su totalidad. (2) Conviene determinar el excedente que se añade a la cantidad disponible en el período siguiente. (3) Es oportuno hacer saber a los operadores que los certificados sólo pueden utilizarse para los productos que cumplan todas las disposiciones veterinarias actualmente vigentes en la Comunidad. HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO: Artículo 1 1. Las solicitudes de certificados de importación para el período comprendido entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2003 presentadas al amparo del Reglamento (CE) n° 571/97 se satisfarán como se indica en el anexo I. 2. Para el período comprendido entre el 1 de julio y el 30 de septiembre de 2003 se podrán presentar, al amparo del Reglamento (CE) n° 571/97, las solicitudes de certificados de importación por la cantidad total que figura en el anexo II. 3. Los certificados sólo podrán utilizarse para los productos que cumplan todas las disposiciones veterinarias actualmente vigentes en la Comunidad. Artículo 2 El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de abril de 2003. El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. Hecho en Bruselas, el 20 de marzo de 2003. Por la Comisión J. M. Silva Rodríguez Director General de Agricultura (1) DO L 85 de 27.3.1997, p. 56. (2) DO L 140 de 24.5.2001, p. 13. ANEXO I >SITIO PARA UN CUADRO> ANEXO II >SITIO PARA UN CUADRO>