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Document 32003D0396

    2003/396/CE: Decisión del Consejo, de 19 de mayo de 2003, relativa a los principios, prioridades, objetivos intermedios y condiciones de la Asociación para la Adhesión de Bulgaria

    DO L 145 de 12.6.2003, p. 1–20 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

    Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (CS, ET, LV, LT, HU, MT, PL, SK, SL)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2003/396/oj

    32003D0396

    2003/396/CE: Decisión del Consejo, de 19 de mayo de 2003, relativa a los principios, prioridades, objetivos intermedios y condiciones de la Asociación para la Adhesión de Bulgaria

    Diario Oficial n° L 145 de 12/06/2003 p. 0001 - 0020


    Decisión del Consejo

    de 19 de mayo de 2003

    relativa a los principios, prioridades, objetivos intermedios y condiciones de la Asociación para la Adhesión de Bulgaria

    (2003/396/CE)

    EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

    Visto el Reglamento (CE) n° 622/98 del Consejo, de 16 de marzo de 1998, relativo a la asistencia en favor de los Estados candidatos en el marco de una estrategia de preadhesión y, en particular, de la creación de asociaciones para la adhesión(1), y en particular su artículo 2,

    Vista la propuesta de la Comisión,

    Considerando lo siguiente:

    (1) El Consejo Europeo de Luxemburgo declaró que la Asociación para la Adhesión es un nuevo instrumento que constituye el eje básico de la estrategia de preadhesión reforzada.

    (2) El Consejo Europeo de Copenhague declaró que, con arreglo a las conclusiones del Consejo Europeo de Bruselas y en función de los avances que se logren en el futuro respecto al cumplimiento de los criterios de adhesión, el objetivo es acoger a Bulgaria como miembro de la Unión Europea en 2007. Respaldó la Comunicación de la Comisión sobre el plan de trabajo para Bulgaria, incluidas las propuestas destinadas a aumentar significativamente la ayuda de preadhesión, y declaró que los cuantiosos fondos que se concederán deberán utilizarse de manera flexible, centrándose en las prioridades seleccionadas, en particular en ámbitos fundamentales como la justicia y los asuntos de interior. También declaró que las asociaciones para la adhesión revisadas que deberán presentarse el próximo año a dichos países facilitarán nuevas orientaciones por lo que respecta a sus labores de preadhesión.

    (3) El Reglamento (CE) n° 622/98 establece que el Consejo, a propuesta de la Comisión, decidirá por mayoría cualificada los principios, prioridades, objetivos intermedios y condiciones que figurarán en cada Asociación para la Adhesión en el momento de ser presentada a cada Estado candidato, así como las adaptaciones importantes que hayan de hacerse ulteriormente respecto de cada Asociación.

    (4) La asistencia comunitaria está supeditada al cumplimiento de determinados elementos esenciales, en particular a la observancia de los compromisos contenidos en los Acuerdos Europeos y los progresos alcanzados en el cumplimiento de los criterios de Copenhague. En ausencia de un elemento esencial, el Consejo podrá adoptar, por mayoría cualificada y a propuesta de la Comisión, las medidas que considere oportunas respecto de cualquier tipo de ayuda de preadhesión.

    (5) El Consejo Europeo de Luxemburgo decidió que el funcionamiento de la Asociación para la Adhesión y el progreso de la asimilación del acervo habrán de ser examinados por los órganos del Acuerdo Europeo.

    (6) El Informe periódico de la Comisión de 2002 presenta un análisis objetivo de los preparativos de Bulgaria para la adhesión e identifica una serie de ámbitos prioritarios en los que es preciso proseguir la labor.

    (7) Bulgaria debe garantizar que las oportunas estructuras jurídicas y administrativas necesarias para la programación, coordinación, gestión, control y evaluación de los fondos CE de preadhesión han sido instauradas.

    DECIDE:

    Artículo 1

    De conformidad con el artículo 2 del Reglamento (CE) n° 622/98, los principios, prioridades, objetivos intermedios y condiciones contenidos en la Asociación para la Adhesión de Bulgaria se exponen en el anexo, que forma parte integrante de la presente Decisión.

    Artículo 2

    El funcionamiento de la Asociación para la adhesión será examinado en los órganos del Acuerdo Europeo y por las instancias competentes del Consejo a la luz de los Informes periódicos presentados por la Comisión al Consejo.

    Artículo 3

    La presente Decisión entrará en vigor a los tres días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

    Hecho en Bruselas, el 19 de mayo de 2003.

    Por el Consejo

    El Presidente

    G. Papandreou

    (1) DO L 85 de 20.3.1998, p. 1.

    ANEXO

    1. INTRODUCCIÓN

    En su reunión de diciembre de 1997 celebrada en Luxemburgo, el Consejo Europeo decidió que la Asociación para la Adhesión constituiría el eje básico de la estrategia de preadhesión reforzada al movilizar todas las formas de asistencia a los países candidatos en un marco único. La Comunidad orienta así su ayuda hacia las necesidades específicas de cada país candidato con el fin de contribuir a superar las dificultades específicas con miras a la adhesión.

    La primera decisión relativa a la Asociación para la Adhesión de Bulgaria se aprobó en marzo de 1998. Conforme a lo dispuesto en artículo 2 del Reglamento (CE) n° 622/98, la Asociación para la Adhesión se actualizó inicialmente en diciembre de 1999 y posteriormente en enero de 2002(1), a fin de tener en cuenta la evolución de los acontecimientos en Bulgaria. En la Comunicación de la Comisión sobre el plan de trabajo para Bulgaria se anunció que la Comisión propondría asociaciones para la adhesión revisadas para dicho país a la luz de los resultados de los Informes periódicos y los planes de trabajo de 2002. También se indicó que las cuestiones a corto y medio plazo determinadas en los planes de trabajo se desarrollarían ulteriormente en la Asociación para la Adhesión revisada que estaba previsto presentar el año siguiente, y que la Asociación para la Adhesión continuaría siendo la base para la programación de la ayuda de preadhesión, pero que las prioridades de la ayuda se determinarían también a partir de los informes periódicos, el plan de trabajo y los planes de desarrollo nacional revisados elaborados por cada país conforme a los requisitos de los Fondos Estructurales. Se afirmó que la Asociación para la Adhesión complementaría el plan de trabajo y que ambos serían los principales instrumentos de guía de los preparativos para la adhesión de Bulgaria a la Unión Europea (UE).

    2. OBJETIVOS

    La finalidad de la Asociación para la Adhesión es integrar en un marco único las áreas prioritarias de la futura labor definidas en el Informe periódico de la Comisión de 2002 sobre los progresos realizados por Bulgaria en la vía de la adhesión a la Unión Europea y el plan de trabajo, los recursos financieros disponibles para ayudar a Bulgaria a realizar estas prioridades y las condiciones que se aplicarán a esta asistencia. La Asociación para la Adhesión constituye la base de aplicación de una serie de instrumentos políticos que servirán para ayudar a los Estados candidatos en sus preparativos para la adhesión. Entre ellos cabe mencionar, por un lado, el procedimiento de vigilancia fiscal de preadhesión, el programa económico de preadhesión y el pacto de preadhesión contra la delincuencia organizada, y, por otro, los planes nacionales de desarrollo, los planes de desarrollo rural, una estrategia nacional de empleo conforme a la estrategia europea de empleo y los planes sectoriales necesarios con miras a la participación en los Fondos Estructurales tras la adhesión y para la aplicación de los programas ISPA y Sapard con anterioridad a ésta. Cada uno de estos instrumentos es de distinta naturaleza y se elabora y aplica con arreglo a procedimientos específicos, pudiendo también recibir apoyo de la ayuda de preadhesión. Si bien no forman parte integrante de la presente Asociación, las prioridades en ellos establecidas serán compatibles con ella.

    3. PRINCIPIOS

    Los principales ámbitos prioritarios definidos para cada Estado candidato se refieren a su capacidad para asumir la obligación de cumplir los criterios de Copenhague, en los que se establece que la adhesión requiere:

    - que el Estado candidato haya alcanzado una estabilidad institucional que garantice la democracia, el Estado de Derecho, los derechos humanos y el respeto y la protección de las minorías,

    - la existencia de una economía de mercado en funcionamiento, así como la capacidad de hacer frente a la presión competitiva y a las fuerzas del mercado dentro de la Unión,

    - la capacidad de asumir las obligaciones de la adhesión, incluida la observancia de los fines de la unión política, económica y monetaria.

    En la reunión celebrada en 1995 en Madrid, el Consejo Europeo subrayó la necesidad de que los Estados candidatos adaptasen sus estructuras administrativas para garantizar el funcionamiento armonioso de las políticas comunitarias tras la adhesión. En Luxemburgo, en 1997, se destacó que si bien la incorporación del acervo a la legislación es necesaria, no es en sí suficiente, ya que también es preciso garantizar su aplicación efectiva. Los Consejos Europeos de Feira y de Gotemburgo, celebrados respectivamente en 2000 y 2001, reafirmaron la enorme importancia que reviste la capacidad de los países candidatos para aplicar el acervo comunitario y velar efectivamente por su cumplimiento, y añadieron que lo anterior requería que los países candidatos realizaran una intensa labor de consolidación y reforma de sus estructuras administrativas y judiciales. El Consejo Europeo de Copenhague de 2002 subrayó de nuevo la importancia de la reforma judicial y administrativa, que contribuiría a impulsar la preparación general de Bulgaria para la adhesión.

    4. PRIORIDADES

    Los Informes periódicos de la Comisión han puesto de relieve, además de los progresos realizados, la labor que a los países candidatos les queda aún por hacer en determinados ámbitos con objeto de prepararse para la adhesión. Los Informes periódicos de 2002 concluyeron que Bulgaria sigue cumpliendo los criterios políticos y constituye una economía de mercado en funcionamiento. No obstante, todavía carece de la capacidad de hacer frente a la presión de la competencia y a las fuerzas del mercado en el interior de la Unión. Bulgaria aún no cumple totalmente los criterios relativos al acervo. A fin de culminar fructíferamente su preparación, Bulgaria debe proseguir su labor de incorporación, aplicación y cumplimiento del acervo. Asimismo, debe continuar la reforma de la administración pública y del poder judicial, de modo que disponga de la capacidad administrativa y judicial necesaria para ello.

    El plan de trabajo para Bulgaria, que abarca el período hasta la adhesión, indica las principales medidas que el país ha de adoptar con miras a culminar su preparación para la adhesión. Está basado en los compromisos asumidos durante las negociaciones y en la labor aún por realizar para cumplir los criterios de adhesión establecidos en Copenhague y Madrid. Se ha elaborado con el propósito de prestar apoyo a Bulgaria en su labor de cumplimiento de los criterios restantes para la adhesión, para lo que se determinan las tareas pendientes y se proporciona una mayor asistencia financiera. Se hace especial hincapié en la capacidad administrativa y judicial necesaria para aplicar el acervo y en la reforma económica. En lo que respecta a los capítulos sobre el acervo, en el plan de trabajo se establecen parámetros útiles para supervisar los avances de Bulgaria, referidos tanto a la adaptación de la legislación como al aumento de la capacidad administrativa.

    La presente Asociación para la Adhesión revisada complementa el plan de trabajo y constituye, con éste último, el instrumento principal que guía los preparativos para la adhesión a la UE de Bulgaria. La Asociación para la Adhesión desarrolla ulteriormente las cuestiones a corto y medio plazo determinadas en el plan de trabajo y define las prioridades que cabe esperar Bulgaria pueda satisfacer plenamente o en gran medida en el período 2003-2004. Las prioridades de la Asociación para la Adhesión se han establecido en colaboración con los países interesados; su consecución condicionará el nivel de ayuda concedido. En el marco de estas prioridades, se han subrayado las cuestiones que requieren la adopción de medidas especialmente urgentes.

    También es importante que Bulgaria respete los compromisos en materia de aproximación legislativa y aplicación del acervo comunitario asumidos en virtud del Acuerdo Europeo y en el marco del proceso de negociación. Es conveniente recordar que la incorporación del acervo comunitario a la legislación nacional no es en sí suficiente, sino que además será preciso garantizar su aplicación efectiva en la misma medida que en el seno de la Unión. En todos los ámbitos enumerados seguidamente se requiere la aplicación y el cumplimiento efectivos y creíbles del acervo.

    Sobre la base del análisis del plan de trabajo y del Informe periódico de 2002 de la Comisión, se han definido las siguientes prioridades y objetivos intermedios para Bulgaria, enumerados conforme a la estructura del Informe periódico(2).

    Criterios políticos

    Democracia y Estado de Derecho

    Administración pública

    - Elaborar una estrategia pormenorizada de reforma de la administración pública, incluido un plan de acción, en 2003. La estrategia deberá comprender un doble enfoque que combine, por un lado, la prosecución del apoyo otorgado al desarrollo institucional directamente vinculado al acervo y a la gestión de los fondos comunitarios y, por otro, una reforma horizontal destinada a mejorar la eficacia de la administración pública en general.

    - Adoptar medidas para asegurar la aplicación de procedimientos transparentes de contratación y promoción del personal y mejorar la gestión de los recursos humanos. Velar por que el personal disponga de la formación suficiente para asegurar la continuidad de las reformas. Aumentar el porcentaje de trabajadores con estatuto de funcionarios públicos. Proteger a los trabajadores, con independencia de su estatuto profesional, contra el despido improcedente.

    - Mejorar (mediante su simplificación y clarificación) el marco jurídico relativo al proceso decisorio y los procedimientos administrativos en aras de la seguridad jurídica. Tomar medidas adicionales para garantizar la responsabilización, apertura y transparencia de la función pública.

    - Consolidar las estructuras administrativas para que puedan utilizar con la máxima eficacia los fondos comunitarios y efectuar la rendición de cuentas correspondiente.

    - Reforzar la capacidad de planificación estratégica, análisis y evaluación de políticas del Gobierno central y los ministerios pertinentes.

    - Prestar mayor atención, en el proceso de transposición del acervo, a las modalidades de aplicación y cumplimiento del mismo, en particular en el sistema judicial, a nivel nacional, regional y local, teniendo en cuenta la situación en Bulgaria.

    - Mejorar la calidad de las consultas con las partes interesadas (por ejemplo, los interlocutores sociales y económicos, la sociedad civil y el sector privado) en la elaboración de nueva legislación.

    Sistema judicial

    - Adoptar medidas para proseguir la reforma del sistema judicial, inclusive con miras a garantizar la aplicación imparcial del Derecho.

    - Proseguir la aplicación de la estrategia nacional y el plan de acción para la reforma del sistema judicial búlgaro y adoptar la legislación de aplicación conforme a las prácticas de la UE.

    - Revisar la estructura del poder judicial conforme a las mejores prácticas de la UE, en particular la organización de la fase previa al juicio.

    - Revisar el grado de inmunidad penal de los miembros del poder judicial para que se ajuste a las mejores prácticas de la UE.

    - Adoptar medidas a fin de mejorar los procedimientos judiciales, en especial para reducir su duración excesiva y asegurar el respeto pleno de los derechos fundamentales en los asuntos penales, sobre todo por lo que se refiere a la asistencia letrada por turno de oficio.

    - Velar por que el presupuesto asignado al poder judicial sea suficiente, inclusive para la adecuada ejecución de las resoluciones judiciales.

    - Distinguir claramente las atribuciones del Consejo Judicial Supremo y del Ministerio de Justicia a fin de respetar la independencia del poder judicial.

    - Consolidar la capacidad administrativa del Consejo Judicial Supremo para asegurar su funcionamiento adecuado por lo que se refiere tanto a la toma de decisiones estratégicas como a la gestión de los tribunales.

    - Adoptar medidas para mejorar el funcionamiento de los tribunales mediante el incremento de la formación en materia de gestión proporcionada a los presidentes de tribunales, el desarrollo de un apoyo administrativo eficaz tanto a nivel central como local y la introducción de un sistema transparente de asignación de las causas.

    - Mejorar la seguridad y las condiciones de trabajo en los tribunales y las oficinas de la fiscalía.

    - Establecer un sistema más abierto, justo y transparente para el proceso de contratación, evaluación y promoción del personal, basado en el mérito.

    - Aumentar la profesionalidad del poder judicial asignando al Instituto Nacional para la Judicatura la financiación pública necesaria para que pueda organizar cursos de alta calidad para los jueces, los fiscales y el personal administrativo.

    - Modernizar los métodos de gestión de la fiscalía para mejorar la transparencia y la eficiencia de la gestión las causas.

    Medidas anticorrupción

    - Proseguir la aplicación de la estrategia nacional de lucha contra la corrupción y del plan de acción.

    - Adoptar medidas destinadas a garantizar la aplicación y la observancia del marco jurídico elaborado para atajar la corrupción. Introducir en Bulgaria la noción de sanciones penales o administrativas contra las personas jurídicas. Ratificar el Convenio de Derecho Civil del Consejo de Europa contra la Corrupción.

    Derechos humanos y protección de las minorías

    - Adoptar y comenzar a aplicar eficazmente una amplia serie de normas de lucha contra la discriminación que incorporen a la legislación búlgara el acervo comunitario correspondiente(3).

    - Completar la reorganización y la modernización de la policía, proseguir los esfuerzos realizados para que los policías respeten los derechos humanos básicos en todas las circunstancias; extender la utilización de planteamientos basados en la policía de proximidad, los cuales mejoran las relaciones con los ciudadanos, en especial las minorías.

    - Proseguir la labor de lucha contra la trata de seres humanos, incluidas las medidas de prevención y reinserción social.

    - Adoptar medidas adicionales para que en todas las instalaciones de detención preventiva, en particular las comisarías de policía, se respeten los requisitos básicos definidos en el informe del Comité para la prevención de la tortura del Consejo de Europa.

    - Garantizar la aplicación de la normativa y recursos presupuestarios suficientes para asegurar el acceso a la justicia y la asistencia letrada por turno de oficio.

    - Impulsar una reforma del sistema de asistencia infantil que reduzca sistemáticamente el número de niños acogidos en instituciones asistenciales, en particular a través de la creación de servicios sociales alternativos destinados a los niños y las familias. Garantizar la plena aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño de la ONU.

    - Prioridades especialmente urgentes: Establecer un marco jurídico que asegure las salvaguardias necesarias contra la arbitrariedad de las detenciones y mejore las condiciones de vida en los centros psiquiátricos. Adoptar y aplicar una estrategia y un plan de reforma en profundidad del sistema de atención psiquiátrica, dotados de un marco financiero adecuado.

    - Adoptar medidas concretas para aplicar el programa marco relativo a la población romaní, con especial atención al suministro de la ayuda financiera necesaria, al refuerzo significativo del organismo gubernamental responsable de las cuestiones relacionadas con las minorías y a la garantía de la igualdad de acceso a la sanidad, la educación y la seguridad social. Elaborar un plan de acción específico y un marco financiero para el programa marco relativo a la población romaní, a fin de mejorar su puesta en práctica.

    Criterios económicos

    Deberá mantenerse el elevado nivel de estabilidad macroeconómica alcanzado durante los últimos años y proseguir la aplicación del programa de reforma para eliminar las dificultades pendientes.

    Proseguir los esfuerzos en los ámbitos siguientes:

    - el programa de privatización.

    - el desarrollo de pequeñas y medianas empresas, sobre todo del número de empresas incipientes.

    - la aplicación del programa de reducción y simplificación de los procedimientos de concesión de licencias.

    - la reforma de las administraciones aduanera y tributaria con miras igualmente a la disminución de la economía no oficial.

    - la eficacia de los procedimientos de quiebra.

    - el desarrollo y la mejora de la intermediación financiera y del sector financiero no bancario.

    - la observancia de los derechos de propiedad.

    - el número de transacciones y los precios de las tierras agrícolas.

    - el volumen y la calidad de las inversiones públicas, en particular en el sector de las infraestructuras, la enseñanza, el medio ambiente y la sanidad.

    - la reducción de las ayudas públicas, en especial en los sectores de la energía y los transportes.

    Capacidad para asumir las obligaciones de la adhesión

    Libre circulación de mercancías

    - Adoptar las medidas horizontales y procesales necesarias.

    - Transponer el 80 % de las normas europeas, incluida la transposición íntegra de las normas armonizadas europeas en el ámbito de las Directivas del nuevo enfoque.

    - Aumentar las capacidades administrativas en el ámbito de la normalización y fomentar el desarrollo de organismos y laboratorios de evaluación de la conformidad.

    - Completar la transposición de todas las Directivas del nuevo y del antiguo enfoque y velar por que los textos se ajusten plenamente a la legislación comunitaria.

    - Desarrollar las capacidades administrativas en los ámbitos de las sustancias químicas y los vehículos de motor.

    - Transponer el acervo en materia de sustancias químicas, vehículos de motor, madera, control de armas y devolución de bienes culturales.

    - Lograr el cumplimiento íntegro del acervo relativo a los productos farmacéuticos para uso humano y las medicinas de uso veterinario, sin olvidar las autorizaciones de comercialización.

    - Modificar la Ley sobre salud pública, en particular a fin de que tanto los permisos sanitarios para la importación de productos alimenticios como los certificados sanitarios para las exportaciones sean plenamente compatibles con el acervo.

    - Proseguir la labor en el ámbito de la seguridad alimentaria y los productos alimenticios.

    - Aproximar progresivamente la legislación al acervo sobre productos alimenticios.

    - Desarrollar las capacidades administrativas, crear un sistema de formación nacional de los inspectores y los operadores alimentarios, asegurar la aplicación apropiada del análisis de peligros y puntos de control crítico (APPCC), y acreditar y reformar los laboratorios.

    - Lograr avances en los ámbitos no armonizados. Integrar el principio de reconocimiento mutuo en la legislación pertinente sobre mercancías.

    - Completar la adecuación de la legislación en el ámbito no armonizado para verificar la conformidad con los artículos 28 a 30 del Tratado CE y eliminar las disposiciones que no los respeten.

    - Proseguir la labor de armonización de la legislación relativa a la contratación pública y velar por su cumplimiento efectivo.

    - Establecer un organismo estatal de contratación pública.

    - Determinar las modificaciones constitucionales necesarias para incorporar las disposiciones del sistema de recursos.

    - Modificar la Ley sobre contratación pública, lo que incluye eliminar la preferencia nacional, el establecimiento de procedimientos transparentes y de recursos eficaces, inclusive en relación con las licitaciones públicas, para garantizar la plena compatibilidad con el acervo.

    Libre circulación de personas

    - Proseguir la labor legislativa en el ámbito del reconocimiento mutuo de las cualificaciones profesionales y las titulaciones y velar por el establecimiento de estructuras administrativas.

    - Hacer preparativos para revisar la Constitución búlgara a fin de garantizar su conformidad con el acervo por lo que se refiere al derecho de voto, en particular la legislación especial aplicable a las elecciones del Parlamento Europeo.

    - Proseguir la armonización de la legislación con las normas comunitarias relativas a la los requisitos relacionados con la nacionalidad, la residencia y el idioma, así como la igualdad de trato para los trabajadores migrantes.

    - Proseguir los preparativos para participar en la red EURES.

    - Realizar los preparativos necesarios para satisfacer las obligaciones financieras y administrativas que se derivarán de la aplicación de las normas sobre la coordinación de la seguridad social.

    Libre prestación de servicios

    - Fomentar el derecho de establecimiento y la libre prestación de servicios.

    - Proseguir la modificación de la Ley de extranjería con el fin de eliminar las incompatibilidades con el acervo.

    - Modificar la Ley de la abogacía, la Ley sobre juegos de azar y la Ley relativa a las armas y las mercancías de doble uso.

    - Aproximar toda la legislación sobre servicios financieros al acervo, en particular a las nuevas Directivas o Reglamentos aprobados en el marco del plan de acción sobre servicios financieros. Impulsar la consolidación y la independencia de los organismos de supervisión financiera.

    - Proseguir la transposición del acervo en el ámbito de los servicios de seguros, en particular comenzar a aproximar las compensaciones a los niveles mínimos establecidos en la UE por lo que se refiere al seguro automovilístico de responsabilidad por daños a terceros.

    - Culminar la armonización con el acervo de la Ley sobre protección de datos y desarrollar las capacidades administrativas necesarias para aplicarla.

    - Incorporar íntegramente el acervo en materia de acceso condicionado y normas técnicas.

    Libre circulación de capitales

    - Culminar la armonización de la legislación sobre circulación de capitales, excepto en los casos en que se hayan concedido períodos transitorios.

    - Aprobar todas las enmiendas necesarias de la Ley sobre divisas extranjeras y, posteriormente, las disposiciones de aplicación correspondientes.

    - Elaborar programas en las instituciones financieras contra el blanqueo de capitales.

    - Todas las profesiones pertinentes, en particular todos los establecimientos de crédito y las instituciones financieras, deberán cooperar plenamente con las autoridades responsables de la lucha contra el blanqueo de capitales de conformidad con la Directiva correspondiente (91/308/CEE) mucho antes de la adhesión.

    - Reforzar las capacidades administrativas de la Oficina de Información Financiera.

    - Adoptar medidas adicionales para completar la armonización de la legislación sobre sistemas de pago.

    - Adoptar medidas adicionales para completar la armonización de la legislación sobre blanqueo de capitales.

    Derecho de sociedades

    - Armonizar íntegramente la legislación relativa a los derechos de propiedad intelectual e industrial y mejorar su cumplimiento. Intensificar las medidas destinadas a combatir la piratería y las falsificaciones, en especial a través del refuerzo de los controles fronterizos, la mejora de la coordinación entre las aduanas, la policía y el poder judicial en cuanto al respeto de tales derechos, y el suministro de formación adecuada a las instancias responsables de garantizar el cumplimiento de las normas, incluidos jueces y fiscales.

    - Lograr nuevos avances en la aproximación de la legislación búlgara al acervo en materia de contabilidad y Derecho de sociedades e impulsar la mejora de las capacidades administrativas en este ámbito, en particular por lo que respecta a la ejecución de la legislación.

    Política de competencia

    - Completar el marco jurídico antimonopolio, proseguir los esfuerzos de formación y seguir aplicando y haciendo respetar con eficacia las normas antimonopolio.

    - Velar por que la legislación antimonopolio se ajuste plenamente al acervo, incluidas las exenciones por categorías más recientes.

    - Establecer una política de sanciones más disuasoria y dar énfasis a la prevención de las distorsiones graves de la competencia.

    - Aumentar el conocimiento de las normas, en particular por parte de la comunidad empresarial y el poder judicial.

    - Completar el marco legislativo en el ámbito de las ayudas estatales

    - Introducir nuevas modificaciones en las normas de aplicación fundamentales.

    - En el marco de los mecanismos del Acuerdo Europeo, adoptar conjuntamente con la Comunidad un mapa de ayudas regionales conforme al acervo.

    - Mejorar los conocimientos técnicos y la calidad de las decisiones sobre ayudas públicas, así como la transparencia en la concesión de las mismas.

    - Proseguir el desarrollo (por ejemplo, formación y recursos) de las capacidades administrativas, lo que incluye la intensificación de la cooperación entre la Comisión de Defensa de la Competencia y el departamento de ayudas estatales del Ministerio de Hacienda.

    - Mejorar la transparencia de las ayudas estatales, asegurándose de que los inventarios y los informes anuales incluyan todas las medidas de ayuda.

    - Aumentar el conocimiento de las normas, en particular entre todos los operadores del mercado y los donantes de ayuda, en particular en el entorno empresarial así como con el poder judicial.

    - Mejorar los resultados obtenidos por lo que respecta al cumplimiento de la legislación relativa a las ayudas estatales, en particular mediante la evaluación de los regímenes de concesión de ayudas estatales vigentes en Bulgaria, incluidas las ayudas y subvenciones directas y cruzadas con el fin de aproximarlos al acervo y garantizar, mediante un control previo, la plena conformidad con el mismo de todas las nuevas medidas de ayuda.

    - Preparar un plan global de reestructuración y planes específicos para el sector siderúrgico, de conformidad con el Protocolo n° 2 del Acuerdo Europeo sobre productos CECA.

    Agricultura

    - Proseguir la modernización de las capacidades necesarias para aplicar los mecanismos de gestión de la PAC, en particular el Organismo Liquidador y el Sistema Integrado de Gestión y Control.

    - Seguir mejorando la eficiencia de la aplicación de Sapard.

    - Por lo que respecta a las cuestiones horizontales, proseguir la modernización de las estructuras administrativas en ámbitos tales como la política de calidad, la agricultura ecológica y la Red de Información Contable Agrícola (RICA).

    - Proseguir la aplicación de organizaciones comunes de mercado para todos los productos pertinentes, lo que incluye el establecimiento de un registro de viñedos y la creación de destilerías autorizadas, la ampliación de las capacidades de los organismos de intervención y el establecimiento de organizaciones interprofesionales.

    - Modernizar las estructuras administrativas encargadas de la concepción, aplicación, gestión, supervisión, control y evaluación de los programas de desarrollo rural financiados por la CE y la estrategia de la CE para el sector forestal.

    - Proseguir la elaboración de un catastro nacional y de un registro de la propiedad para mejorar la situación del mercado de predios rústicos.

    - Completar la aproximación al acervo de la legislación veterinaria y fitosanitaria para que los sistemas de control del mercado interior y de las importaciones procedentes de terceros países se apliquen íntegramente y de manera eficaz; proseguir la aplicación de la legislación en los ámbitos veterinario, fitosanitario y de la seguridad alimentaria, incluidas medidas de control de las enfermedades de los animales.

    - Proseguir la labor de establecimiento de la base de datos nacional sobre bovinos para hacerla plenamente operativa antes de finales de 2003.

    - Continuar la modernización de los centros de transformación de alimentos, incluida la renovación de los antiguos mataderos.

    - Dotar de los recursos necesarios al Servicio Veterinario Nacional y establecer en éste un programa para que los centros cumplan íntegramente los requisitos de la UE antes de finales de 2004.

    - Proseguir el proceso de establecimiento o modernización de todos los puestos fronterizos permanentes de inspección veterinaria propuestos, lo que incluye formar al personal correspondiente sobre todos los procedimientos requeridos para cumplir la legislación comunitaria.

    - Continuar la formación ofrecida a los veterinarios oficiales.

    - Proseguir la puesta en práctica de los requisitos de la legislación comunitaria por lo que respecta a los desplazamientos de los animales, con miras a un sistema que se ajuste plenamente al acervo en materia de identificación y registro de los animales.

    - Impulsar la transposición y la aplicación del acervo en materia de desperdicios de animales.

    Pesca

    - Completar el establecimiento de una organización adecuada, recursos y equipos institucionales apropiados relacionados con la inspección y los controles y la política de mercado y estructural a nivel central y regional.

    - Completar el registro de pesca con arreglo a todos los requisitos de la CE.

    - Establecer un sistema fiable de recopilación de estadísticas sobre pesca.

    - Aplicar la legislación aprobada recientemente que rige el funcionamiento de las principales estructuras administrativas.

    - Aumentar los recursos humanos a disposición del Departamento de Pesca en el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Silvicultura.

    - Reforzar las actividades de control haciendo mayor hincapié en la formación de los inspectores de pesca, suministrando el equipo adecuado y aumentando el número de inspectores encargados de controlar la pesca marina.

    - Adoptar los preparativos necesarios para aplicar los reglamentos relativos a la gestión y el control de los recursos.

    Política de transportes

    - Proseguir la armonización y la aplicación de la legislación en el ámbito del transporte por carretera, en especial por lo que respecta a la adaptación del parque de vehículos a los requisitos técnicos y de seguridad (tacógrafos y dispositivos de limitación de velocidad), la legislación social, la introducción y el aumento gradual de las exigencias relativas a la capacidad financiera necesaria para poder acceder a la profesión, el transporte de mercancías peligrosas y la adaptación del sistema de impuestos sobre los vehículos y tasas de circulación por carretera.

    - Reforzar las capacidades administrativas en lo tocante al transporte por carretera, especialmente por lo que respecta al transporte de mercancías peligrosas, la legislación social (tiempos de conducción y períodos de descanso), el acceso al mercado, el acceso a la profesión y los controles efectuados al borde de las carreteras.

    - Proseguir la armonización de la legislación y su aplicación, así como el desarrollo de las capacidades administrativas en el sector ferroviario, en particular el refuerzo del organismo regulador, el organismo notificado, la independencia del gestor de infraestructuras ferroviarias, el sistema de tarificación para las infraestructuras ferroviarias y la estabilización financiera del operador principal, con objeto de aplicar el acervo revisado en este ámbito; completar la transposición y la puesta en práctica de la legislación de la UE relativa a la interoperabilidad.

    - Garantizar las capacidades administrativas requeridas para la realización de las considerables inversiones necesarias en las infraestructuras viarias y ferroviarias, en previsión de poder recibir Fondos Estructurales de la UE; respetar el calendario de realización de las inversiones necesarias para modernizar y reparar la red de carreteras hasta satisfacer las normas comunitarias en materia de carga por eje, teniendo en cuenta la legislación de protección del medio ambiente.

    - Completar la adhesión plena a las Autoridades Aeronáuticas Conjuntas y proseguir la armonización legislativa y la aplicación de la legislación secundaria afín sobre los requisitos conjuntos de aviación; introducir progresivamente los reglamentos que constituyen la "tercera batería de medidas aéreas" y armonizar gradualmente las exigencias y los procedimientos administrativos en el ámbito de la aviación civil; mejorar la cualificación del personal administrativo del sector de la aviación.

    - Completar la armonización de la legislación marítima búlgara con el acervo comunitario relativo a las cuestiones de seguridad y de otra índole; mejorar la seguridad marítima, en especial el funcionamiento de las instancias administrativas competentes en ese ámbito, en primer lugar como país de abanderamiento y posteriormente como Estado portuario, y garantizar su independencia; reforzar la administración marítima búlgara; proseguir la aproximación al acervo en el ámbito de la seguridad marítima a través del Código de la Marina Mercante y las disposiciones de aplicación. Seguir mejorando el nivel de seguridad marítima de la flota búlgara conforme al Memorándum de París mediante la adopción y aplicación de todas las medidas necesarias.

    Fiscalidad

    - Proseguir la armonización de la legislación fiscal en materia de IVA e impuestos sobre consumos específicos.

    - Garantizar que la futura legislación sea conforme con los principios del Código de conducta sobre la fiscalidad de las empresas y modificar las disposiciones perjudiciales existentes.

    - Reforzar la capacidad administrativa y los procedimientos de control, incluidas la cooperación administrativa y la ayuda mutua entre diferentes partes de las Administraciones de Hacienda y de Aduanas, con el fin de aumentar el pago de impuestos y de mejorar la recaudación de ingresos y la gestión de las devoluciones del IVA; desarrollar sistemas TI a fin de posibilitar el intercambio electrónico de datos con la Comunidad y sus Estados miembros.

    Estadísticas

    - Reforzar las capacidades administrativas, prestando especial atención a la mejora de la formación del personal encargado de la administración de las estadísticas y a los equipos informáticos, sobre todo en las oficinas regionales.

    - Proseguir la mejora de las estadísticas regionales para que se ajusten a los requisitos comunitarios, al igual que las bases de datos regionales y el registro de asentamientos.

    - Proseguir la mejora de la calidad y el alcance de los informes nacionales, las estadísticas coyunturales y el registro de empresas.

    - Efectuar un censo agrícola en 2003 de conformidad con la metodología de Eurostat.

    - Comenzar los preparativos para el sistema Intrastat.

    Política social y empleo

    - Proseguir la armonización con el acervo en el ámbito del Derecho del trabajo, en especial a través de la modificación del Código Laboral, la Ley de Fomento del Trabajo y las disposiciones respectivas. Reforzar las estructuras administrativas y de aplicación conexas, incluidas las inspecciones de trabajo, e instaurar un fondo de garantía independiente para los empleados en caso de insolvencia del empresario.

    - Transponer y aplicar la legislación de la UE en el ámbito de la igualdad de trato para hombres y mujeres y asegurar su aplicación apropiada.

    - Adoptar la legislación necesaria para transponer el acervo en materia de lucha contra la discriminación. Establecer un organismo que fomente la igualdad de trato para todas las personas, sin discriminación por motivos de raza u origen étnico.

    - Completar la transposición del acervo en materia de salud y seguridad en el trabajo y desarrollar las capacidades de aplicación, en especial de la Inspección General de trabajo. Proceder a una evaluación de las repercusiones financieras de la aplicación de las Directivas referentes a la salud y la seguridad. Suprimir el sistema de compensación por malas condiciones de trabajo.

    - Aplicar el plan de acción nacional adoptado en favor del empleo, teniendo en cuenta las orientaciones europeas revisadas y las prioridades, los compromisos y las recomendaciones que figuran en la Evaluación conjunta de las prioridades de la política de empleo. Desarrollar las capacidades del Instituto Nacional de Empleo para aplicar medidas activas en el mercado laboral y programas de empleo, y reforzar sus estructuras regionales y locales.

    - Continuar la armonización del marco legislativo y desarrollar las capacidades de aplicación del acervo en materia de salud pública, en particular por lo que respecta a la lucha contra el tabaquismo. Proseguir el establecimiento de un sistema de vigilancia y control de las enfermedades contagiosas conforme a las exigencias comunitarias, y de vigilancia de la salud e información sanitaria en consonancia con las normas de la UE.

    - Proseguir la labor de refuerzo de las capacidades para garantizar el acceso a la asistencia sanitaria y la calidad de la misma, a fin de optimizar las inversiones en el ámbito de la sanidad necesarias para mejorar el estado de salud de la población.

    - Continuar apoyando la labor de los interlocutores sociales en materia de desarrollo de capacidades, sobre todo con vistas a su futura participación en la elaboración y aplicación de la política social y de empleo de la UE, incluido el Fondo Social Europeo. Promover el diálogo social autónomo, en particular a nivel empresarial y sectorial, con el fin de ampliar su alcance.

    - Elaborar una estrategia nacional de fomento de la inclusión social y lucha contra la pobreza que prevea asimismo la recopilación de datos, con miras a la participación futura en la estrategia europea de inclusión social.

    Energía

    - Respetar los compromisos asumidos por lo que respecta a la constitución progresiva de las reservas de petróleo que prevé el acervo; reforzar el organismo público responsable de la gestión de estas reservas y dotarle del equipo necesario; conceder la financiación necesaria para constituir dichas reservas.

    - Aplicar la nueva estrategia energética prestando especial atención a la necesidad de desarrollar una política dinámica y coordinada que reduzca la intensidad energética de la economía búlgara en todas las fases del ciclo energético, con objeto de aumentar rápidamente el apoyo otorgado a la mejora del rendimiento energético, fomentar el ahorro de energía e incrementar la utilización de fuentes de energía renovables; transponer el acervo en materia de rendimiento energético (etiquetado de los aparatos y normas mínimas de eficiencia).

    - Adoptar una nueva legislación marco y comenzar la aplicación de un programa de establecimiento de las condiciones que permitan la plena aplicación del mercado interior de la UE para la electricidad y el gas y la apertura progresiva de los mercados del gas y la electricidad, analizar los contratos de larga duración y los acuerdos de adquisición de energía teniendo en cuenta los "costes de transición" que puedan existir con arreglo al acervo actual; eliminar las distorsiones de precios aún existentes en el sector de la energía, en especial por lo que respecta a los precios de la electricidad y la calefacción domésticas. Continuar reforzando el papel y las capacidades administrativas de la Comisión Nacional de Regulación de la Energía en cuanto a la aplicación de estas normas, especialmente su independencia financiera. Adoptar las medidas necesarias para la prosecución de la apertura y liberalización del mercado con arreglo al nuevo acervo comunitario relativo al mercado interior.

    - Continuar aplicando los planes de reestructuración (en particular, privatización) en el sector de la energía, incluido el plan de acción para la reestructuración del sector de los combustibles sólidos.

    - Proseguir la aplicación de las recomendaciones incluidas en el informe sobre "La seguridad nuclear en el contexto de la ampliación" elaborado por el Consejo en 2001 y en el posterior informe de junio de 2002 sobre la evaluación inter-pares, teniendo debidamente en cuenta las prioridades definidas en los informes.

    - Prepararse para respetar los compromisos asumidos por lo que se refiere al cierre anticipado de las unidades 3 y 4 a más tardar en 2006; impulsar los preparativos para atajar las consecuencias económicas, sociales, financieras, técnicas y medioambientales de dicho cierre anticipado y, si procede, comenzar a aplicar las medidas correspondientes.

    - Poner el acento en el refuerzo de la independencia, los medios y las capacidades de la autoridad nacional reguladora de la seguridad nuclear.

    - Continuar garantizando un elevado nivel de seguridad nuclear en las unidades 5 y 6 de la central nuclear de Kozloduy y en todas las etapas del cierre definitivo de las unidades 1 a 4.

    - Mejorar la gestión de los residuos radiactivos y adoptar un plan estratégico sobre la seguridad y la gestión eficaz del ciclo del combustible nuclear.

    Pequeñas y medianas empresas

    - Aplicar la Carta europea de la pequeña empresa.

    Investigación y ciencia

    - Reforzar las capacidades administrativas y las infraestructuras relacionadas con la investigación a fin de aumentar los beneficios de la asociación a los programas marco comunitarios pertinentes, incluido el sexto programa marco (2002-2006).

    Educación y formación

    - Adoptar los preparativos necesarios para la aplicación íntegra de la Directiva relativa a la educación de los hijos de trabajadores migrantes en la fecha de la adhesión.

    Telecomunicaciones y tecnologías de la información

    - Completar la transposición del acervo en el ámbito de las telecomunicaciones y aplicarlo de manera efectiva, especialmente por lo que respecta al fomento de la competencia y los aspectos de la legislación que atañen a los operadores con un peso significativo en el mercado.

    - Aumentar las capacidades del organismo regulador de las telecomunicaciones, especialmente por lo que respecta a la capacidad de hacer cumplir el acervo. Aumentar su independencia financiera.

    - En previsión de la apertura total del mercado de las telecomunicaciones, reforzar, inter alia, el aspecto comercial del planteamiento adoptado por el operador preexistente.

    - Adoptar los preparativos necesarios para la transposición y aplicación del nuevo acervo antes de la adhesión; reforzar las capacidades del organismo regulador para que pueda desempeñar sus nuevas responsabilidades.

    - Reforzar el marco reglamentario de los servicios postales. Adoptar y aplicar nuevas disposiciones para que la normativa búlgara sea totalmente compatible con el acervo (incluida la segunda Directiva aprobada recientemente y, en particular, para asegurar la prestación económicamente viable de un servicio universal de calidad satisfactoria). Proseguir la labor correspondiente a los mecanismos adecuados de concesión de licencias y autorización.

    - Elaborar un régimen transparente de fijación de las tarifas postales para su aplicación después de que se haya completado la desregulación del mercado correspondiente en 2003.

    Cultura y política audiovisual

    - Reforzar las capacidades administrativas del organismo regulador nacional en el ámbito de la radiodifusión.

    - Establecer las condiciones para una aplicación previsible, transparente y efectiva del nuevo marco reglamentario en el ámbito de la política audiovisual.

    Política regional y coordinación de los instrumentos estructurales

    - Progresar en la aplicación de la estrategia nacional búlgara de preparación relativa a los Fondos Estructurales y el Fondo de Cohesión. Proseguir la adopción de la legislación marco necesaria para la puesta en práctica del acervo en este capítulo.

    - Desarrollar las disposiciones dirigidas a garantizar la coordinación interministerial y la definición de las tareas que deben ser realizadas por los organismos que participan en la preparación y aplicación de los Fondos Estructurales y del Fondo de Cohesión a nivel nacional y regional.

    - Adoptar nuevos textos legislativos para garantizar que las operaciones financiadas por los Fondos Estructurales y el Fondo de Cohesión sean compatibles con las políticas y la legislación comunitarias, en particular por lo que respecta a la competencia, la adjudicación de contratos públicos, la protección del medio ambiente, la eliminación de desigualdades y el fomento de la igualdad entre hombres y mujeres.

    - Elaborar un marco legislativo que permita una programación presupuestaria plurianual con objeto de suministrar la cofinanciación nacional correspondiente a la ayuda de los Fondos Estructurales y de Cohesión e incluya un margen de flexibilidad que permita efectuar ajustes financieros.

    - Desarrollar las capacidades administrativas de los servicios de los ministerios designados o por designar como futuras autoridades de gestión o de pago hasta el nivel requerido para una utilización eficaz y correcta de la ayuda de los Fondos Estructurales (contratación de personal, perfiles profesionales y formación).

    - Intensificar la labor de mejora de la calidad del plan del desarrollo nacional (PDN). Bulgaria habrá de invertir esfuerzos considerables en el refuerzo de sus capacidades estratégicas y operativas para mejorar y aplicar el plan de desarrollo nacional, a fin de transformarlo en un instrumento global de planificación a escala nacional (mayor integración del PDN en el proceso presupuestario y decisorio nacional).

    - Proseguir el desarrollo de las capacidades de análisis, preparación y selección de las prioridades y los proyectos de desarrollo a nivel nacional y regional que serán financiados por los diferentes fondos estructurales, FEDER, FSE y FEOGA.

    - Concluir los preparativos relativos a la descentralización ampliada (EDIS).

    - Avanzar en lo tocante al cumplimiento de las exigencias del acervo en cuanto al control y la evaluación de los Fondos Estructurales, en particular en lo que se refiere a la evaluación previa y a la recogida de los datos estadísticos y de los indicadores pertinentes.

    - Elaborar un marco jurídico e institucional general para el control y la auditoría financiera.

    - Progresar en la elaboración de sistemas y procedimientos de gestión y control financieros adecuados, en particular relativos a la estructura de las autoridades de gestión y pago, para satisfacer los requisitos específicos de los reglamentos sobre los Fondos Estructurales. Se prestará especial atención a la adecuada separación de las funciones dentro de la estructura de ejecución.

    Medio ambiente

    - Actualizar la evaluación general de la situación en el sector del medio ambiente, en particular por lo que respecta a la transposición del acervo comunitario, a fin de determinar las lagunas que es preciso colmar.

    - Proseguir la transposición del acervo, incluida la legislación de desarrollo, con especial hincapié en la evaluación del impacto ambiental, el acceso a la información, la gestión de los residuos, la contaminación industrial y la gestión de los riesgos, la protección de la naturaleza, las sustancias químicas y los organismos genéticamente modificados, la seguridad nuclear y la protección contra la radiación. Garantizar que todas las partes interesadas (otros ministerios, agentes económicos y ONG) sean consultadas.

    - Elaborar planes de aplicación acompañados de estrategias del financiación, que establezcan los pasos necesarios para conseguir la aplicación integral del acervo a medio y largo plazo; estos planes deberán tener en cuenta todos los recursos y la formación institucional disponibles, y elaborar otros mecanismos que permitan supervisar la puesta en práctica efectiva, con especial énfasis en la calidad del aire, la gestión de residuos, la calidad del agua, la contaminación industrial y la gestión de riesgos. Hacer hincapié en la planificación, definición y puesta a disposición de recursos financieros, en previsión de las cuantiosas inversiones necesarias para la aplicación del acervo. Garantizar la participación de las partes interesadas en la fase de planificación de la aplicación.

    - Proseguir la aplicación del acervo, con especial énfasis en el acceso a la información, la calidad del aire, la gestión de residuos, la calidad del agua, la protección de la naturaleza, el control de la contaminación industrial y la gestión de riesgos, y la seguridad nuclear y la protección contra la radiación. Garantizar que el acervo medioambiental, en particular la Directiva sobre evaluación del impacto ambiental, se aplica correctamente en la fase de preparación de los proyectos de infraestructura de gran envergadura.

    - Asegurar y reforzar las estructuras administrativas necesarias para la aplicación integral, la supervisión y el cumplimiento del acervo, en especial a través de la consolidación de las inspecciones regionales, los municipios y otros organismos públicos a nivel local, haciendo hincapié en la calidad del agua, la contaminación industrial, la gestión de riesgos y la gestión de residuos. Incrementar el personal del Ministerio y de otros organismos públicos. Garantizar que el personal disponga de formación y planes de desarrollo adecuados.

    - Proseguir la integración de las exigencias vinculadas a la protección del medio ambiente en la definición y ejecución de todas las demás políticas sectoriales, de modo que se favorezca el desarrollo sostenible, en particular en el sector energético. Mejorar la coordinación interministerial en temas medioambientales.

    Protección de la salud y los consumidores

    - Proseguir la armonización de la legislación, en particular en ámbitos como la venta de bienes de consumo y las garantías correspondientes, las medidas cautelares de protección de los intereses de los consumidores, los derechos de aprovechamiento por turno, el crédito al consumidor, los contratos a distancia, la publicidad comparativa, la seguridad general de los productos y la responsabilidad relativa a los productos.

    - Asegurar la aplicación efectiva de la legislación, en especial a través de un mecanismo eficiente de vigilancia del mercado.

    - Fomentar en mayor medida la capacidad de las organizaciones de consumidores para desempeñar un papel activo en el ámbito de la protección de los consumidores.

    - Mejorar la integración de los intereses de los consumidores en otros ámbitos políticos.

    Cooperación en el ámbito de la justicia y los asuntos de interior

    - Adoptar y aplicar la nueva Ley sobre seguridad fronteriza así como una estrategia de gestión aduanera integrada que abarque todas las fronteras de Bulgaria. Se deberá prestar especial atención a la modernización gradual de las infraestructuras y los equipos fronterizos, a la formación necesaria para aumentar la profesionalidad de los guardias fronterizos y los agentes de aduanas, especialmente por lo que respecta a la utilización de métodos de análisis de riesgos y al refuerzo de sus funciones de suministro de información, además de fomentar la coordinación y la cooperación práctica entre autoridades. Desarrollar un sistema integrado de vigilancia marítima.

    - Seguir aplicando y actualizando periódicamente el plan de acción de Schengen; proseguir los preparativos para la participación plena en el SIS II y, a tal efecto, desarrollar registros y bases de datos nacionales.

    - Proseguir la aproximación de la normativa búlgara a las listas de visado comunitarias, positivas y negativas; seguir modernizando las capacidades administrativas del centro de visados y dotando a todas las oficinas diplomáticas y consulares del equipo técnico necesario para detectar los documentos alterados y fraudulentos.

    - Armonizar la Ley relativa al derecho de asilo y los refugiados con el acervo de la UE, especialmente por lo que se refiere a sus artículos 13 y 16; aumentar la capacidad de los centros de acogida de refugiados y solicitantes de asilo; mejorar las capacidades administrativas de la Agencia para los Refugiados; acelerar los procedimientos de selección y mejorar las condiciones de integración de los refugiados, y preparar la infraestructura para garantizar la aplicación plena de los reglamentos relativos a "Eurodac" y "Dublín II" en el momento de la adhesión.

    - Proseguir la labor realizada para combatir eficazmente la inmigración clandestina que sale de Bulgaria o atraviesa ese país, prestando especial atención a las organizaciones criminales que facilitan la entrada clandestina en los Estados miembros de la UE (en particular de mujeres y niños); proporcionar asistencia a las víctimas de tal tráfico; adoptar nueva legislación sobre migración conforme al actual acervo de la UE; establecer un organismo de coordinación nacional.

    - Intensificar la lucha contra la corrupción en los organismos responsables de garantizar el cumplimiento de la ley a través de las medidas siguientes: i) adopción y aplicación de un código deontológico para los magistrados, ii) elaboración de un programa de prevención de las prácticas corruptas y de un código deontológico para los funcionarios del Ministerio de Interior, en particular la policía de tráfico y de fronteras, iii) suministro de formación especializada y material (incluido un sistema de información) a los funcionarios que participan directamente en la lucha contra la corrupción.

    - Proseguir la labor de armonización de la legislación búlgara con el acervo comunitario en el ámbito de la protección penal de los intereses financieros de las Comunidades (convenio PIF y protocolos correspondientes); velar por que no existan solapamientos entre las actividades del organismo de control interno de las finanzas públicas y de la estructura antifraude que se creará en el Ministerio del Interior.

    - Armonizar plenamente la legislación búlgara con el acervo comunitario relativo a la protección prevista en el Derecho penal contra la falsificación de moneda (euro).

    - Adoptar y aplicar la estrategia de lucha contra la delincuencia, haciendo hincapié en las distintas formas que adopta la delincuencia transnacional organizada, como el tráfico de estupefacientes, la trata de seres humanos, etc., y en la coordinación y cooperación práctica entre los organismos públicos encargados de velar por el cumplimiento de las leyes.

    - Adoptar un plan de acción para la aplicación de la estrategia nacional en materia de estupefacientes, que prevea en particular un presupuesto realista. Reforzar las capacidades administrativas y de coordinación del Consejo Nacional de Estupefacientes. i) Crear un Centro Nacional de Coordinación. ii) Proseguir la elaboración de un sistema de información sobre las drogas. iii) Adoptar el marco jurídico necesario para el funcionamiento de la Unidad Nacional de Información sobre Estupefacientes. iv) Aumentar el nivel de cooperación con los Estados miembros de la UE enviando funcionarios de enlace a dichos Estados y a otros países estratégicos en la lucha contra las drogas.

    - Mejorar la capacidad de la Oficina de Información Financiera para hacer aplicar la legislación actual e intensificar su cooperación con los demás organismos públicos encargados de velar por el cumplimiento de las leyes en el ámbito de la lucha contra el blanqueo de capitales.

    - Prepararse para adoptar medidas adicionales con objeto de garantizar la aplicación de los instrumentos comunitarios en el campo de la cooperación judicial en asuntos civiles, especialmente por lo que respecta al reconocimiento mutuo y la ejecución de las decisiones judiciales.

    - Prepararse para efectuar las modificaciones legislativas necesarias a fin de sumarse al Convenio Europeo sobre Asistencia Mutua en Materia Penal y poder aplicarlo en el momento de la adhesión, y realizar los preparativos necesarios para la aplicación íntegra, en la fecha de la adhesión, del instrumento que aplica el principio de reconocimiento mutuo y la Decisión sobre la ejecución de las decisiones de embargo preventivo y aseguramiento de pruebas.

    Unión aduanera(4)

    - Proseguir la armonización de la legislación con el acervo comunitario en materia de aduanas.

    - Efectuar nuevas modificaciones en la legislación aduanera, en particular armonizar la legislación sobre zonas francas y adoptar las normas sobre las suspensiones de derechos y las cuotas arancelarias.

    - Adoptar las medidas necesarias para la aplicación del TARIC (arancel integrado comunitario) e incluir en el mismo las medidas relacionadas con la protección de los derechos de la propiedad intelectual.

    - Armonizar completamente la legislación búlgara con el acervo sobre el control de los bienes culturales.

    - Consolidar las capacidades operativas y administrativas de la administración aduanera, particularmente por lo que se refiere al equipo informático y la política de recursos humanos.

    - Mejorar la gestión de los recursos humanos y la estabilidad y conducta profesional del personal y la dirección de aduanas, e incrementar el número de inspectores aduaneros a los que se concede el estatuto de funcionarios públicos.

    - Desarrollar y aplicar la primera fase del sistema búlgaro de gestión del tránsito como el módulo nacional del nuevo sistema informatizado de tránsito; proseguir los preparativos para la red común de comunicaciones/interfaz común de sistemas, más segura.

    - Modernizar los laboratorios y la infraestructura y el equipo de los centros de despacho de aduana.

    - Mejorar la aplicación del método de análisis de riesgos y de control tras el despacho de aduanas.

    - Seguir estrechando la cooperación con las autoridades aduaneras de los Estados vecinos y de otros países.

    - Aplicar la estrategia de racionalización de las operaciones fronterizas.

    - Adoptar los preparativos necesarios para la aplicación, en el momento de la adhesión, de las medidas y disposiciones aduaneras que no se incorporarán hasta entonces.

    Relaciones exteriores

    - Efectuar un análisis de todos los tratados y acuerdos internacionales a fin de garantizar que se realizan los preparativos necesarios para que sean cancelados o renegociados en el momento oportuno aquellos que son incompatibles con el acervo.

    Control financiero

    - Aplicar la legislación sobre el control financiero público interno y efectuar nuevas modificaciones para aplicar el documento de estrategia y el plan operativo del organismo de control financiero público interno.

    - Destinar auditores internos a los restantes ministerios.

    - Elaborar nuevos manuales relativos al control financiero público interno y normas de fiscalización.

    - Seguir reforzando las capacidades administrativas de las entidades a cargo de dicho control.

    - Garantizar los criterios profesionales y la independencia funcional de los directivos del organismo de control financiero público interno conforme a los compromisos asumidos.

    - Modernizar las funciones de auditoría externa, en particular por lo que se refiere a las auditorías de sistemas y de resultados, e intensificar la labor de formación.

    - Adoptar y aplicar las normas relativas a la gestión financiera y al control del Tribunal de Cuentas, así como a sus relaciones con el Parlamento.

    - Adoptar y aplicar las normas de auditoría relativas a los fondos y programas de la UE, un código deontológico y las normas generales modificadas.

    - Acabar el manual de auditoría.

    - Seguir reforzando las capacidades del fondo nacional, de la unidad central de financiación y adjudicación de contratos y de los restantes organismos que se ocupan de los fondos de preadhesión en previsión de la descentralización ampliada de la aplicación de Phare e ISPA.

    - Velar por la aplicación correcta de las disposiciones relativas al tratamiento de las irregularidades en el marco de Phare, Sapard e ISPA.

    - Establecer un Servicio de Coordinación Antifraude bien organizado e independiente en el desempeño de su labor de coordinación de todas las actividades legislativas, administrativas y operativas relacionadas con la protección de los intereses económicos de las Comunidades.

    - Desarrollar una cooperación eficaz con la OLAF a través de dicho Servicio.

    - Adoptar los preparativos necesarios para la aplicación del acervo relativo a la protección del euro frente a la falsificación de moneda.

    Disposiciones financieras y presupuestarias(5)

    - Seguir poniendo a punto la cuenta única del Tesoro, el sistema de información sobre gestión financiera y el sistema de pagos presupuestarios informatizados, y proseguir la consolidación del proceso de elaboración del presupuesto anual del Estado.

    - Poner en práctica un sistema de tesorería.

    - Establecer un sistema de información sobre la gestión financiera.

    - Elaborar normas e instrucciones para la aplicación del plan contable.

    - Mejorar el régimen aplicable a las cuentas bancarias.

    - Proseguir la instauración del órgano de coordinación en el ámbito de los recursos propios, dotándolo del personal y equipo adecuados.

    - Continuar los esfuerzos dirigidos a aproximar los principios y normas presupuestarios a las normas de aplicación general en la Comunidad.

    - Recopilar datos sobre el PNB con arreglo a la legislación de la UE.

    - Adoptar nuevas medidas para reducir el número de fondos extrapresupuestarios.

    - Prestar especial atención a la preparación de presupuestos plurianuales.

    - Mejorar las previsiones macroeconómicas.

    - Elaborar procedimientos efectivos de evaluación y supervisión para proyectos y programas.

    - Ajustar en mayor medida las estadísticas de la contabilidad nacional a la norma SEC 95 y hacerlas más exhaustivas.

    - Comenzar a reforzar las capacidades técnicas y administrativas para la gestión operativa de los recursos propios y para la recaudación y transferencia de todos los futuros recursos propios de la CE dentro de los plazos establecidos. Lograr avances por lo que respecta a las cuentas correspondientes a los recursos propios tradicionales de modo que estén establecidas en la fecha de la adhesión.

    - Adoptar los preparativos necesarios para el cumplimiento, en el momento de la adhesión, de los compromisos asumidos en el ámbito de la recaudación y el control de los recursos propios de la Comunidad y para la gestión de los aspectos vinculados a la política agrícola común (control de las restituciones por exportación).

    - Emprender la labor relativa a los aspectos organizativos y las capacidades administrativas conexas en lo tocante a los gravámenes sobre el azúcar.

    - Intensificar los esfuerzos de creación de instrumentos efectivos para combatir el fraude en el ámbito del IVA y los derechos de aduana.

    5. PROGRAMACIÓN

    - En el período 2000-2006, además de Phare, la asistencia financiera a Bulgaria incluirá también apoyo a las medidas de preadhesión destinadas a la agricultura y el desarrollo rural en el marco del instrumento de preadhesión Sapard [Reglamento (CE) n° 1268/1999 del Consejo; DO L 161 de 26.6.1999, p. 87]; y apoyo a los proyectos de infraestructura en materia de medio ambiente y de transporte, en el marco del instrumento de política estructural ISPA [Reglamento (CE) n° 1267/1999 del Consejo; DO L 161 de 26.6.1999, p. 73], que, durante el período de preadhesión, otorga prioridad a medidas similares a las correspondientes al fondo de cohesión. Con cargo a esta asignación nacional, Bulgaria podrá asimismo financiar parcialmente su participación en diversos programas comunitarios, como los programas marco de investigación y desarrollo tecnológico y los programas en los ámbitos de la educación y las empresas. Durante el mismo período, Bulgaria recibirá una considerable ayuda financiera de la CE en el ámbito del cierre definitivo de las plantas nucleares y la seguridad nuclear. Además, Bulgaria tendrá acceso a financiación con cargo a programas plurinacionales y horizontales relacionados directamente con el acervo comunitario. Los países candidatos están obligados a participar sistemáticamente en la financiación de todos los proyectos de inversión. Desde 1998, la Comisión colabora con el Banco Europeo de Inversiones y las instituciones financieras internacionales, en particular el Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo y el Banco Mundial, con vistas a facilitar la cofinanciación de proyectos relacionados con las prioridades de preadhesión.

    6. CONDICIONALIDAD

    - La asistencia comunitaria a la financiación de proyectos con cargo a los tres instrumentos de preadhesión Phare, ISPA y Sapard está condicionada al cumplimiento de los compromisos contraídos por Bulgaria en virtud del Acuerdo Europeo, a la consecución de avances en lo tocante al cumplimiento de los criterios de Copenhague y, en particular, a los progresos realizados en relación con la consecución de las prioridades específicas de la presente Asociación para la Adhesión revisada así como un uso coordinado de los tres instrumentos de preadhesión. En caso de que no se respeten estas condiciones generales, el Consejo podrá decidir la suspensión de la asistencia financiera en virtud de lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) n° 622/98.

    7. VERIFICACIÓN

    - La aplicación de la Asociación para la Adhesión y el plan de trabajo se supervisará en el marco del Acuerdo Europeo. Como subrayó el Consejo Europeo de Luxemburgo, es importante que los órganos del Acuerdo Europeo sigan constituyendo el marco en el que se examine la adopción y la aplicación del acervo comunitario. Los subcomités del Acuerdo Europeo ofrecen la posibilidad de revisar la realización de las prioridades de la Asociación para la Adhesión y los avances en cuanto a la adaptación, la aplicación y el cumplimiento de la legislación. El Comité de asociación examinará la evolución general, los progresos y los problemas surgidos en la consecución de las prioridades de la Asociación para la Adhesión, así como otras cuestiones específicas que le sean comunicadas por los subcomités.

    El Comité de gestión de Phare velará por que las medidas financiadas en el marco de los tres instrumentos de preadhesión Phare, ISPA y Sapard sean compatibles entre sí y conformes con los términos de las asociaciones para la adhesión establecidos en el Reglamento de coordinación [Reglamento (CE) n° 1266/1999 del Consejo; DO L 161 de 26.6.1999, p. 68]. La Asociación para la Adhesión continuará siendo objeto de adaptaciones, según sea necesario, de conformidad con el artículo 2 del Reglamento (CE) n° 622/98.

    (1) Decisión 2002/83/CE del Consejo, de 28 de enero de 2002, relativa a los principios, prioridades, objetivos intermedios y condiciones de la Asociación para la Adhesión de Bulgaria (DO L 44 de 14.2.2002, p. 1).

    (2) El orden de aparición coincide con el utilizado en el plan de trabajo y en el Informe periódico de 2002.

    (3) Véase también el capítulo "Empleo y política social".

    (4) Véase también el capítulo "Disposiciones financieras y presupuestarias" en lo tocante a la recaudación de recursos propios.

    (5) Determinadas acciones acordadas en las negociaciones en el marco del capítulo 29 se solapan con las previstas en otros capítulos, por lo que se han omitido.

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