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Document 32003D0318(01)

Decisión del Consejo de 6 de marzo de 2003 relativa a la renovación de los miembros del Consejo de Administración del Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional

DO C 64 de 18.3.2003, pp. 4–6 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 05/03/2006

32003D0318(01)

Decisión del Consejo de 6 de marzo de 2003 relativa a la renovación de los miembros del Consejo de Administración del Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional

Diario Oficial n° C 064 de 18/03/2003 p. 0004 - 0006


Decisión del Consejo

de 6 de marzo de 2003

relativa a la renovación de los miembros del Consejo de Administración del Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional

(2003/C 64/03)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Reglamento (CEE) n° 337/75 del Consejo, de 10 de febrero de 1975, por el que se crea un Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional, y en particular su artículo 4(1),

Vistas las listas de candidatos presentadas al Consejo por los Gobiernos de los Estados miembros para sus representantes, así como por la Comisión para los representantes de los trabajadores y de los empresarios,

Considerando lo siguiente:

(1) el Consejo, mediante su Decisión de 17 de diciembre de 1999(2), nombró a los miembros del Consejo de Administración del citado Centro para el período comprendido entre el 17 de diciembre de 1999 y el 16 de diciembre de 2002;

(2) debe procederse al nombramiento de los miembros del Consejo de Administración del Centro para un período de tres años,

DECIDE:

Artículo 1

Quedan nombrados miembros del Consejo de Administración del Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional para el período comprendido entre el 6 de marzo de 2003 y el 5 de marzo de 2006 incluidos:

I. REPRESENTANTES DE LOS GOBIERNOS

>SITIO PARA UN CUADRO>

II. REPRESENTANTES DE LAS ORGANIZACIONES DE TRABAJADORES

>SITIO PARA UN CUADRO>

III. REPRESENTANTES DE LAS ORGANIZACIONES DE EMPRESARIOS

>SITIO PARA UN CUADRO>

Artículo 2

El Consejo procederá al nombramiento de los miembros por designar de Bélgica, Italia, los Países Bajos y Portugal en ocasión ulterior.

Artículo 3

La presente Decisión se publicará con carácter informativo en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 6 de marzo de 2003.

Por el Consejo

El Presidente

D. Reppas

(1) DO L 39 de 13.2.1975, p. 1; Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 354/95 (DO L 41 de 23.2.1995, p. 1).

(2) DO C 4 de 7.1.2000, p. 4.

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