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Document 31998R1960
Commission Regulation (EC) No 1960/98 of 15 September 1998 amending Regulation (EC) No 3175/94 laying down detailed rules of application for the specific arrangements for the supply of cereal products to the smaller Aegean islands and establishing the forecast supply balance
Reglamento (CE) nº 1960/98 de la Comisión de 15 de septiembre de 1998 por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 3175/94 por el que se establecen disposiciones de aplicación del régimen especial de abastecimiento de productos del sector de los cereales a las islas menores del mar Egeo y se establece el plan de previsiones de abastecimiento
Reglamento (CE) nº 1960/98 de la Comisión de 15 de septiembre de 1998 por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 3175/94 por el que se establecen disposiciones de aplicación del régimen especial de abastecimiento de productos del sector de los cereales a las islas menores del mar Egeo y se establece el plan de previsiones de abastecimiento
DO L 254 de 16.9.1998, p. 13–14
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)
No longer in force, Date of end of validity: 31/12/1998
Reglamento (CE) nº 1960/98 de la Comisión de 15 de septiembre de 1998 por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 3175/94 por el que se establecen disposiciones de aplicación del régimen especial de abastecimiento de productos del sector de los cereales a las islas menores del mar Egeo y se establece el plan de previsiones de abastecimiento
Diario Oficial n° L 254 de 16/09/1998 p. 0013 - 0014
REGLAMENTO (CE) N° 1960/98 DE LA COMISIÓN de 15 de septiembre de 1998 por el que se modifica el Reglamento (CE) n° 3175/94 por el que se establecen disposiciones de aplicación del régimen especial de abastecimiento de productos del sector de los cereales a las islas menores del mar Egeo y se establece el plan de previsiones de abastecimiento LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el Reglamento (CEE) n° 2019/93 del Consejo, de 19 de julio de 1993, por el que se establecen medidas especiales en favor de las islas menores del mar Egeo relativas a determinados productos agrícolas (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 2417/95 de la Comisión (2), y, en particular, su artículo 4, Considerando que las disposiciones comunes de aplicación del régimen de abastecimiento especial de determinados productos agrícolas a las islas menores del mar Egeo han sido establecidas por el Reglamento (CEE) n° 2958/93 de la Comisión (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1802/95 (4); Considerando que, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 2 del Reglamento (CEE) n° 2019/93, el Reglamento (CE) n° 3175/94 de la Comisión (5), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 2498/97 (6), ha establecido el plan de previsiones de abastecimiento de productos del sector de los cereales para 1998; que, para satisfacer las necesidades de esta región, es preciso modificar el citado plan de previsiones de abastecimiento; que, por consiguiente es conveniente modificar el Reglamento (CE) n° 3175/94; Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de los cereales, HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO: Artículo 1 Se sustituirá el anexo del Reglamento (CE) n° 3175/94 por el anexo del presente Reglamento. Artículo 2 El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas. Será aplicable a partir del 1 de enero de 1998. El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. Hecho en Bruselas, el 15 de septiembre de 1998. Por la Comisión Franz FISCHLER Miembro de la Comisión (1) DO L 184 de 27. 7. 1993, p. 1. (2) DO L 248 de 14. 10. 1995, p. 39. (3) DO L 267 de 28. 10. 1993, p. 4. (4) DO L 174 de 26. 7. 1995, p. 27. (5) DO L 335 de 23. 12. 1994, p. 54. (6) DO L 345 de 16. 12. 1997, p. 13. ANEXO «ANEXO >SITIO PARA UN CUADRO> La composición de los grupos A y B figura en los anexos I y II del Reglamento (CEE) n° 2958/93.».