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Document 31998R1371
Commission Regulation (EC) No 1371/98 of 29 June 1998 amending Regulation (EC) No 1474/95 opening and providing for the administration of the tariff quotas in the egg sector and for egg albumin
Reglamento (CE) nº 1371/98 de la Comisión de 29 de junio de 1998 por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 1474/95 por el que se abren contingentes arancelarios en el sector de los huevos y la ovoalbúmina y se establece su método de gestión
Reglamento (CE) nº 1371/98 de la Comisión de 29 de junio de 1998 por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 1474/95 por el que se abren contingentes arancelarios en el sector de los huevos y la ovoalbúmina y se establece su método de gestión
DO L 185 de 30.6.1998, p. 17–18
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)
No longer in force, Date of end of validity: 29/06/2000; derog. impl. por 399R1323
Reglamento (CE) nº 1371/98 de la Comisión de 29 de junio de 1998 por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 1474/95 por el que se abren contingentes arancelarios en el sector de los huevos y la ovoalbúmina y se establece su método de gestión
Diario Oficial n° L 185 de 30/06/1998 p. 0017 - 0018
REGLAMENTO (CE) N° 1371/98 DE LA COMISIÓN de 29 de junio de 1998 por el que se modifica el Reglamento (CE) n° 1474/95 por el que se abren contingentes arancelarios en el sector de los huevos y la ovoalbúmina y se establece su método de gestión LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el Reglamento (CE) n° 1095/96 del Consejo, de 18 de junio de 1996, relativo a la aplicación de las concesiones que figuran en la lista CXL elaborada a raíz de la conclusión de las negociaciones enmarcadas en el apartado 6 del artículo XXIV del GATT (1), y, en particular, su artículo 1, Considerando que, en el marco de la Organización Mundial del Comercio, la Comunidad se ha comprometido a abrir contingentes arancelarios para determinados productos en el sector de los huevos y la ovoalbúmina; que conviene por lo tanto establecer las normas de aplicación para estos contingentes para el período comprendido entre el 1 de julio de 1998 y el 30 de junio de 1999; Considerando que en el Reglamento (CE) n° 1474/95 de la Comisión (2), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1514/97 (3), se ha previsto la gestión de estos contingentes para el período comprendido entre el 1 de julio de 1997 y el 30 de junio de 1998; que es conveniente prever la gestión de los mismos para el período comprendido entre el 1 de julio de 1998 y el 30 de junio de 1999; Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la carne y de los huevos de aves de corral, HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO: Artículo 1 El Reglamento (CE) n° 1474/95 quedará modificado como sigue: 1) el artículo 1 se sustituirá por el texto siguiente: «Artículo 1 Quedan abiertos, para el período comprendido entre el 1 de julio de 1998 y el 30 de junio de 1999, los contingentes arancelarios de importación que figuran en el anexo I para los grupos de productos y en las condiciones en él establecidas.»; 2) el anexo I se sustituirá por el anexo del presente Reglamento. Artículo 2 El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de julio de 1998. El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. Hecho en Bruselas, el 29 de junio de 1998. Por la Comisión Franz FISCHLER Miembro de la Comisión (1) DO L 146 de 20. 6. 1996, p. 1. (2) DO L 145 de 29. 6. 1995, p. 19. (3) DO L 204 de 31. 7. 1997, p. 16. ANEXO «ANEXO I >SITIO PARA UN CUADRO> .