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Document 31998R1371

    Reglamento (CE) nº 1371/98 de la Comisión de 29 de junio de 1998 por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 1474/95 por el que se abren contingentes arancelarios en el sector de los huevos y la ovoalbúmina y se establece su método de gestión

    DO L 185 de 30.6.1998, p. 17–18 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

    Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 29/06/2000; derog. impl. por 399R1323

    ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/1998/1371/oj

    31998R1371

    Reglamento (CE) nº 1371/98 de la Comisión de 29 de junio de 1998 por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 1474/95 por el que se abren contingentes arancelarios en el sector de los huevos y la ovoalbúmina y se establece su método de gestión

    Diario Oficial n° L 185 de 30/06/1998 p. 0017 - 0018


    REGLAMENTO (CE) N° 1371/98 DE LA COMISIÓN de 29 de junio de 1998 por el que se modifica el Reglamento (CE) n° 1474/95 por el que se abren contingentes arancelarios en el sector de los huevos y la ovoalbúmina y se establece su método de gestión

    LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

    Visto el Reglamento (CE) n° 1095/96 del Consejo, de 18 de junio de 1996, relativo a la aplicación de las concesiones que figuran en la lista CXL elaborada a raíz de la conclusión de las negociaciones enmarcadas en el apartado 6 del artículo XXIV del GATT (1), y, en particular, su artículo 1,

    Considerando que, en el marco de la Organización Mundial del Comercio, la Comunidad se ha comprometido a abrir contingentes arancelarios para determinados productos en el sector de los huevos y la ovoalbúmina; que conviene por lo tanto establecer las normas de aplicación para estos contingentes para el período comprendido entre el 1 de julio de 1998 y el 30 de junio de 1999;

    Considerando que en el Reglamento (CE) n° 1474/95 de la Comisión (2), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1514/97 (3), se ha previsto la gestión de estos contingentes para el período comprendido entre el 1 de julio de 1997 y el 30 de junio de 1998; que es conveniente prever la gestión de los mismos para el período comprendido entre el 1 de julio de 1998 y el 30 de junio de 1999;

    Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la carne y de los huevos de aves de corral,

    HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

    Artículo 1

    El Reglamento (CE) n° 1474/95 quedará modificado como sigue:

    1) el artículo 1 se sustituirá por el texto siguiente:

    «Artículo 1

    Quedan abiertos, para el período comprendido entre el 1 de julio de 1998 y el 30 de junio de 1999, los contingentes arancelarios de importación que figuran en el anexo I para los grupos de productos y en las condiciones en él establecidas.»;

    2) el anexo I se sustituirá por el anexo del presente Reglamento.

    Artículo 2

    El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de julio de 1998.

    El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

    Hecho en Bruselas, el 29 de junio de 1998.

    Por la Comisión

    Franz FISCHLER

    Miembro de la Comisión

    (1) DO L 146 de 20. 6. 1996, p. 1.

    (2) DO L 145 de 29. 6. 1995, p. 19.

    (3) DO L 204 de 31. 7. 1997, p. 16.

    ANEXO

    «ANEXO I

    >SITIO PARA UN CUADRO>

    .

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