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Document 31998D0455

98/455/CE: Decisión de la Comisión de 3 de diciembre de 1997 en un procedimiento con arreglo al Reglamento (CEE) nº 4064/89 del Consejo (Caso IV/M.942 - VEBA/Degussa) [notificada con el número C(1997) 3833] (El texto en lengua alemana es el único auténtico) (Texto pertinente a los fines del EEE)

DO L 201 de 17.7.1998, p. 102–111 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/1998/455/oj

31998D0455

98/455/CE: Decisión de la Comisión de 3 de diciembre de 1997 en un procedimiento con arreglo al Reglamento (CEE) nº 4064/89 del Consejo (Caso IV/M.942 - VEBA/Degussa) [notificada con el número C(1997) 3833] (El texto en lengua alemana es el único auténtico) (Texto pertinente a los fines del EEE)

Diario Oficial n° L 201 de 17/07/1998 p. 0102 - 0111


DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 3 de diciembre de 1997 en un procedimiento con arreglo al Reglamento (CEE) n° 4064/89 del Consejo (Caso IV/M.942 - VEBA/Degussa) [notificada con el número C(1997) 3833] (El texto en lengua alemana es el único auténtico) (Texto pertinente a los fines del EEE) (98/455/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CEE) n° 4046/89 del Consejo, de 21 de diciembre de 1989, sobre el control de las operaciones de concentración entre empresas (1) y, en particular, el apartado 2 de su artículo 8,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y, en particular, su artículo 57,

Vista la Decisión de la Comisión, de 2 de septiembre de 1997, sobre la incoación del procedimiento,

Tras oír al Comité consultivo de control de operaciones de concentración de empresas (2),

Considerando lo siguiente:

(1) El 2 de julio de 1997 la Comisión recibió, en virtud del artículo 4 del Reglamento (CEE) n° 4064/89 del Consejo (en lo sucesivo denominado «el Reglamento de concentraciones»), la notificación sobre el proyecto de concentración con arreglo al cual la empresa VEBA AG (en lo sucesivo, «VEBA») tiene intención de adquirir el control de la empresa Degussa AG (en lo sucesivo, «Degussa»). Dado que la notificación no mencionaba que Hüls, filial de VEBA, ejerce su actividad a través de una empresa común en uno de los mercados afectados, a saber, el mercado de sílice pirógena, el 28 de julio de 1997 la notificación fue declarada incompleta. La notificación se completó el 31 de julio de 1997.

(2) Mediante decisión de 22 de julio de 1997 la Comisión ordenó la suspensión de la ejecución de la concentración notificada de conformidad con el apartado 2 del artículo 7 y con el apartado 2 del artículo 18 del Reglamento de concentraciones hasta que se adoptase una decisión definitiva al respecto.

(3) Mediante decisión de 2 de septiembre de 1997, la Comisión inició el procedimiento conforme a la letra c) del apartado 1 del artículo 6 del Reglamento de concentraciones.

I. LAS PARTES

(4) VEBA ejerce sus actividades básicamente en los ámbitos de la electricidad, la química, el petróleo, el comercio/tráfico/servicios y las telecomunicaciones. Sus actividades en el sector químico corren a cargo de su filial Hüls y las filiales de ésta, Röhm y Servo.

(5) Degussa ejerce su actividad en los ámbitos de la química, la salud y la alimentación, así como en el de metales preciosos y banca.

II. EL PROYECTO

(6) VEBA tiene intención de adquirir la totalidad de las acciones de la empresa GFC Gesellschaft für Chemiewerte GmbH (en lo sucesivo, «GFC»). Ésta es propietaria de 33 520 000 acciones de Degussa. El capital social de Degussa asciende a un total de 460 297 500 marcos alemanes y está repartido en 92 059 500 acciones, que gozan todas del mismo derecho de voto. Por consiguiente, GFC dispone del 36,41 % de las acciones de Degussa.

III. LA OPERACIÓN DE CONCENTRACIÓN

(7) El proyecto notificado constituye una concentración conforme a la letra b) del apartado 1 del artículo 3 del Reglamento de concentraciones, puesto que VEBA pretende adquirir el control total de Degussa.

(8) La presencia en la junta general de accionistas de Degussa se situó en los últimos cinco años por debajo del 68 % (1993: 67,38 %, 1994: 63,49 %, 1995: 67,95 %, 1996: 66,78 %, 1997: 67,84 %.). Dado que, en estas condiciones, la propiedad del 36,41 % de las acciones asegura la mayoría en la junta general de accionistas, en el pasado GFC ha venido ejerciendo su control sobre Degussa. Por consiguiente, la adquisición de GFC por parte de VEBA permitirá a ésta ejercer el control sobre Degussa.

(9) Con la mayoría simple de votos en la junta general de accionistas, VEBA puede elegir a los accionistas miembros del consejo de administración. El consejo de administración, a su vez, puede designar o revocar la junta directiva por mayoría simple. De este modo, quien posee la mayoría simple en la junta general de accionistas tiene asegurado el control de la dirección de Degussa.

(10) La concentración convierte a VEBA en el mayor accionista de Degussa con diferencia; el accionista siguiente en importancia dispone únicamente del 6,8 % aproximadamente del total de acciones, y la propiedad de las demás acciones está muy diseminada. VEBA es el único gran accionista industrial con conocimientos del mercado y del ramo. El siguiente accionista en importancia, propietario del 6,8 % de las acciones, es una familia americana que no posee experiencia en este mercado. Los numerosos accionistas restantes, cuyas participaciones son mínimas, no tienen la posibilidad de incidir individualmente en la dirección de Degussa y en el pasado tampoco han intentado hacerlo de forma colectiva.

(11) Habida cuenta de la mayoría asegurada en la junta general de accionistas y de las demás circunstancias, cabe concluir que VEBA adquiere de hecho el control de Degussa.

IV. DIMENSIÓN COMUNITARIA

(12) El volumen de negocios mundial conjunto de VEBA y Degussa es superior a 5 000 millones de ecus (VEBA 39 040 millones de ecus, Degussa 7 220 millones de ecus). Ambas empresas realizan un volumen de negocios comunitario de más de 250 millones de ecus (VEBA 32 150 millones de ecus, Degussa 3 590 millones de ecus). VEBA realiza más de dos tercios de su volumen de negocios comunitario en Alemania. Degussa no supera los dos tercios de su volumen de negocios comunitario en ningún Estado miembro. Por consiguiente, el proyecto tiene una dimensión comunitaria.

V. VALORACIÓN CONFORME AL ARTÍCULO 2 DEL REGLAMENTO DE CONCENTRACIONES

(13) Las actividades de VEBA y Degussa se solapan en parte en el ámbito de los productos químicos. Concretamente, es preciso analizar con mayor detenimiento los aspectos relacionados con el metacrilato de metilo, el ácido metacrílico, las materias plásticas transparentes, los productos auxiliares de la elaboración del PVC a base de acrilato, los organosilanos, el tetracloruro de silicio, la sílice pirógena, las diaminas/poliaminas y los reactivos para la fabricación de almidón catiónico. En todos los demás ámbitos y en las otras actividades empresariales no hay solapamientos, por lo cual, a falta de otros indicios, las posiciones de mercado existentes no pueden verse reforzadas por la concentración.

A. Mercados de productos de referencia

1. Métacrilato de metilo

(14) El metacrilato de metilo (en lo sucesivo denominado: «MMA») es un llamado monómero básico que constituye la base para gran parte de los demás productos de la química del metacrilato. El MMA suele fabricarse siguiendo el procedimiento denominado ACH a partir de ácido cianhídrico, metanol y acetona. El MMA es un líquido sin aplicación inmediata como producto terminado. Por regla general, el MMA es objeto de transformación por vía de polimerización, por ejemplo en polimetacrilato de metilo, una materia plástica transparente. Según información de clientes y fabricantes, el MMA no puede sustituirse por otros productos. Por esta razón, la Comisión ha llegado a la conclusión de que el MMA constituye un mercado de productos de referencia independiente.

2. Ácido metacrílico

(15) El ácido metacrílico (en lo sucesivo denominado: «MAS») es otro monómero básico, estrechamente emparentado con el MMA. También el MAS suele fabricarse siguiendo el procedimiento ACH y con las mismas substancias básicas, aunque sin adición de metanol. Tampoco el MAS tiene aplicaciones como producto terminado sino que se transforma en otros productos metacrílicos. Uno de sus principales ámbitos de utilización son las resinas para lacas y barnices y las dispersiones empleadas en la fabricación de pinturas y diferentes tipos de lacas y barnices. El MAS y el MMA confieren propiedades diferentes a los productos en que se emplean, por lo que no resultan intercambiables para el usuario. Tanto las partes como los competidores y los clientes confirman este extremo. Por consiguiente, el MAS constituye por sí solo un mercado de productos de referencia.

3. Materias plásticas transparentes

(16) Las materias plásticas transparentes son productos químicos moldeables y transparentes que por su transparencia recuerdan el vidrio pero que son más ligeras, más conformables y generalmente menos frágiles que el vidrio. Las materias plásticas transparentes tienen gran número de aplicaciones, entre otras cosas como cubrelámparas, accesorios de automóvil, en publicidad, vallas de protección acústica en autopistas, estuches de discos compactos y otros embalajes.

(17) Las principales materias plásticas transparentes son el polimetacrilato de metilo o vidrio acrílico (en lo sucesivo, «PMMA»), el policarbonato (en lo sucesivo, «PC»), los polímeros de estireno-acrilonitrilo (en lo sucesivo, «SAN») y el poliestireno (en lo sucesivo, «PS»). Estas materias plásticas se diferencian en sus propiedades y en su precio. El PMMA, por ejemplo, se caracteriza por su especial resistencia a la intemperie y por su elevada transparencia, mientras que el PC es particularmente resistente a impactos y a temperaturas elevadas. El PS es algo menos translúcido que el PMMA y el PC, pero en cambio es más barato. El PMMA se fabrica mediante polimerización del MMA. Las demás materias plásticas transparentes también se fabrican mediante polimerización, pero a partir de otras materias básicas.

(18) A juicio de las partes, el conjunto de las materias plásticas transparentes constituye un mercado de productos de referencia uniforme. Lo justifican con el hecho de que en muchos campos de aplicación existe un amplio margen de sustitución; así, por ejemplo, en el mercado se puede optar entre lámparas de PMMA o de PC. Afirman que las posibles diferencias en sus propiedades se pueden paliar mediante manipulaciones en el proceso de fabricación de las materias plásticas correspondientes o mediante adición de otras substancias, o bien compensar en el precio. Teniendo en cuenta la vida útil, las propiedades y el precio, las distintas materias plásticas transparentes no presentan, según las partes, diferencias de importancia.

(19) Las investigaciones de la Comisión han puesto de manifiesto que, si bien en determinados ámbitos existen relaciones de sustitución, su importancia varía mucho de un campo de aplicación a otro (a este respecto, véase también la Decisión de la Comisión de 28 de julio de 1992 en el caso IV/M. 160 - Elf Atochem/Rohm & Haas). Tanto los competidores como los clientes han confirmado que las materias plásticas transparentes no son intercambiables en todos los ámbitos de aplicación. Esto se debe sobre todo a las propiedades diferentes de las distintas materias plásticas transparentes, que las hacen especialmente apropiadas o inapropiadas para el uso que se les quiera dar en cada caso. No obstante, puede dejarse abierta la pregunta de si cada materia plástica transparente constituye un mercado de productos de referencia independiente, ya que incluso partiendo de la presunción de mercados diversos no se plantean objeciones desde el punto de vista de la competencia.

(20) En este caso, sólo constituiría un mercado afectado el PMMA. Aunque tanto VEBA/Hüls como Degussa ejercen también una actividad en el sector PC, no alcanzan en conjunto cuotas de mercado superiores al 15 %. En el caso del PS, sólo VEBA tiene una actividad a través de Hüls (cuota de mercado inferior al 15 %), y ninguno de los notificantes opera en el sector SAN.

(21) Por otra parte, las materias plásticas transparentes se comercializan en formas diferentes, a saber, como «masa de conformación» y en placas extrusionadas o coladas. La masa de conformación es un granulado que se transforma y moldea mediante calentamiento o extrusión o mediante procedimientos de otro tipo. En este sentido, la masa de conformación supone también una fase intermedia en la fabricación de placas extrusionadas. Las placas coladas, en cambio, se vacían en molde directamente, inmediatamente después o durante la polimerización.

(22) A juicio de las partes, la masa de conformación y las placas extrusionadas y coladas constituyen un mercado uniforme. Lo justifican por el hecho de que el procedimiento de extrusión o de moldeo por inyección ya no entraña ninguna modificación química substancial. Arguyen asimismo que las placas extrusionadas y coladas tampoco presentan diferencias, por ejemplo en cuanto a su precio y sus propiedades, y que éstas son completamente intercambiables.

(23) Las averiguaciones de la Comisión muestran que las placas son considerablemente más caras que la masa de conformación y que sus compradores no son los mismos. No obstante, puede dejarse abierta la pregunta de si se trata de un solo o de varios mercados, dado que las condiciones de competencia de la masa de conformación y de las placas no presentan diferencias fundamentales (a este respecto, véase también la citada Decisión de la Comisión en el caso IV/M. 160 - Elf Atochem/Rohm & Haas).

4. Productos auxiliares de la elaboración del PVC a base de acrilato

(24) Se trata de productos que hacen posible la elaboración del PVC. En la conformación del PVC, estos productos pulverulentos evitan el deterioro del PVC en su paso por el husillo de la extrusionadora y mejoran la estructura superficial del producto final. Estos productos auxiliares se emplean en la elaboración tanto del PVC rígido como del PVC blando, sobre todo en la fabricación de láminas, botellas y perfiles. Los productos auxiliares de la elaboración del PVC a base de acrilato no pueden sustituirse en su función por otros materiales, y constituyen un mercado de productos de referencia propio.

5. Organosilanos

(25) Los organosilanos sirven básicamente como agentes de unión y reticulantes en los ámbitos de aplicación más variados, por ejemplo en tejidos de fibra de vidrio, pastas adhesivas y selladoras, neumáticos, pinturas, lacas y barnices y revestimientos para la protección de edificios. En los organosilanos se distinguen tres mercados diferentes.

(26) Los silanos organofuncionales sirven como agente de unión entre materiales anorgánicos (como vidrio, minerales, metal) y polímeros orgánicos (por ejemplo, termoplásticos), como agente modificador de superficies de materiales anorgánicos y orgánicos y como reticulante para polímeros. Los silanos organofuncionales se dividen a su vez en silanos organofuncionales para aplicaciones «caucho» (por ejemplo, fabricación de neumáticos) y aquellos para aplicaciones «no caucho». Los silanos para aplicaciones «caucho» y «no caucho» también se fabrican en instalaciones de producción diferentes y siguiendo procedimientos diferentes. Las averiguaciones de la Comisión han confirmado que los silanos organofuncionales para aplicaciones «caucho» no pueden sustituirse por silanos organofuncionales para aplicaciones «no caucho». Se trata, pues, de mercados diferentes.

(27) El tercer grupo de organosilanos está formado por los silanos de alquilo, que gracias a sus propiedades hidrófugas se emplean sobre todo en la protección de edificios. Los silanos de alquilo se fabrican en instalaciones de producción diferentes a las de los silanos organofuncionales. En razón de estas propiedades, constituyen asimismo un mercado independiente.

6. Tetracloruro de silicio

(28) El tetracloruro de silicio es una substancia química que se utiliza como base para la fabricación de sílice pirógena, ésteres de sílice, fibras ópticas, cuarzo sintético y otros productos. El tetracloruro de silicio se produce junto con el tricolorosilano (substancia de base de los organosilanos) en la hidrocloración de silicio metálico.

(29) La fabricación y la venta de tetracloruro de silicio son actividades estrechamente vinculadas a la siguiente fase de mercado. Según indican los notificadores, el tetracloruro de silicio se fabrica en las propias empresas que operan en la siguiente fase de mercado o bien es objeto de transformación en las factorías en que resulta como subproducto de la hidrocloración de silicio metálico. La transformación del tetracloruro de silicio en sílice pirógena da lugar a grandes cantidades de ácido clorhídrico, que a su vez se necesitan para la hidrocloración de silicio metálico (el producto de partida) y se devuelven al fabricante de tetracloruro de silicio. Esta forma de explotación integrada da lugar a un circuito cerrado. En razón de su peligrosidad, el transporte de tetracloruro de silicio sólo puede efectuarse de forma restringida.

7. Sílice pirógena

(30) La sílice pirógena se fabrica a partir de la reacción de tetracloruro de silicio con oxígeno e hidrógeno. El producto se emplea como substancia auxiliar en una serie de productos diversos. Sus principales ámbitos de aplicación son los elastómeros (mejora de las propiedades mecánicas del caucho silicónico, por ejemplo, en pastas de sellado), duroplásticos (mejora de las propiedades del poliéster insaturado, resinas epoxi y acrilatos), pinturas y lacas y barnices. La sílice pirógena no puede sustituirse en su función por otros materiales y constituye un mercado de productos de referencia propio.

8. Diaminas/poliaminas

(31) Según indican los notificadores, las diaminas/poliaminas se utilizan principalmente como endurecedores de compuestos de resinas epoxi. Los compuestos de resinas epoxi entran en la fabricación de lacas y barnices, revestimientos de acero y de hormigón en la construcción de buques, cisternas y edificios, así como en pegamentos. Las diaminas se fabrican a partir de diferentes substancias químicas. Las partes, que disponen de isoforón, fabrican diaminas de isoforón, mientras que otras empresas químicas fabrican, por ejemplo, diaminas de etileno o de anilina.

(32) Según indican las partes, todas las diaminas/poliaminas cumplen una idéntica función de base, esto es, la reticulación de cadenas de resinas epoxi. Existen algunas diferencias en las propiedades de las distintas diaminas pero, al decir de las partes, las diaminas casi siempre se utilizan en mezclas, lo que permite alcanzar propiedades idénticas mezclando de modo apropiado las diferentes diaminas. Dado que las operaciones de mezcla son realizadas por los clientes y éstos disponen de amplios conocimientos técnicos en la materia, están perfectamente capacitados para efectuar los cambios necesarios en las mezclas diamínicas en breve tiempo y sin costes significativos. Por esta razón, a juicio de las partes las diaminas/poliaminas constituyen un mercado de referencia uniforme. Las averiguaciones de la Comisión y los datos aportados por los clientes y competidores confirman básicamente este punto de vista.

(33) Según ha podido saber la Comisión, las diaminas de isoforón tampoco constituyen un mercado de referencia propio, sino que forman parte del mercado total de diaminas. Las diaminas de isoforón suponen aproximadamente el 25 % del volumen y el 30 % del valor del mercado total de diaminas. Es cierto que algunos usuarios indican que las diaminas de isoforón no pueden intercambiarse a voluntad en todos los ámbitos de aplicación. Explican que las diaminas utilizadas determinan las propiedades del producto final (compuestos de resinas epoxi) y que sólo pueden sustituirse en los productos ya existentes tras realizar nuevos ensayos; que en ciertos casos la composición del producto final está sujeta a autorización por organismos oficiales (por ejemplo, productos empleados en el sector de la construcción) o al consentimiento del comprador del producto final. Arguyen que en estos casos la sustitución de las diaminas de isoforón sólo es posible después de determinado lapso de tiempo (hasta dos años) y entraña cierto gasto por la necesidad de poner a punto nuevas mezclas y someterlas a nuevos exámenes. Sin embargo, esto sólo es así respecto de las mezclas ya existentes, y no de las mezclas de nuevo desarrollo, ya que en este caso los usuarios tienen libertad a la hora de elegir las diaminas. Actualmente las diaminas de isoforón pueden sustituirse en breve plazo por otras diaminas en los principales ámbitos de utilización. Sólo un 20 % de las diaminas de isoforón utilizadas en la actualidad tienen unas posibilidades de sustitución limitadas. Esta circunstancia no basta para aceptar un mercado independiente para las diaminas de isoforón. Por esta razón, la Comisión entiende que las diaminas en su conjunto constituyen un mercado de referencia único.

9. Reactivos para la fabricación de almidón catiónico

(34) La fécula nativa obtenida a partir de la patata, del maíz y del trigo se transforma en almidón catiónico con ayuda de reactivos. El almidón catiónico tiene aplicaciones en la industria papelera para el encolado en la masa y en la superficie de papel fino, papel de embalaje y cartón ondulado.

(35) La fabricación de reactivos para almidones se realiza, según indican las partes, en dos etapas: primero se fabrica un reactivo que por sí solo todavía no es capaz de iniciar el proceso de cationización. Aún hay que convertir este «prerreactivo» en «reactivo terminado» mediante una reacción con sosa cáustica. La mayoría de fabricantes sólo ofrecen el «prerreactivo», que, a diferencia del «reactivo terminado», se puede almacenar y transportar sin problemas. Por consiguiente, el prerreactivo y el reactivo terminado constituyen mercados de referencia diferentes.

B. Mercados geográficos

(36) Con excepción del tetracloruro de silicio, todos los mercados de producto arriba mencionados tienen una dimensión que se extiende como mínimo al Espacio Económico Europeo (EEE). Las investigaciones de la Comisión no han aportado indicios de mercados geográficos más reducidos. En el caso del tetracloruro de silicio debe tenerse en cuenta la particularidad descrita en el considerando 29 sobre la necesidad de que fabricante y usuario estén situados a proximidad. En lo que respecta a la sílice pirógena, la Comisión parte del supuesto de un mercado cuya dimensión se extiende al EEE. Puesto que la sílice pirógena es un material voluminoso, su transporte resulta caro (hasta un 8 %). Las importaciones de fabricantes extraeuropeos son insignificantes (menos del 1 %). Los clientes interrogados declararon unánimemente que sólo compran a proveedores europeos, movidos también por el criterio de garantía de la calidad. Incluso en el supuesto de un aumento de precios limitado pero apreciable no se plantearían el cambio a un proveedor extraeuropeo.

C. Valoración desde el punto de vista de la competencia

1. MMA

(37) Básicamente, los fabricantes producen MMA para su transformación en las instalaciones propias. Por esta razón, en el EEE el mercado libre de MMA no es muy grande. El volumen de mercado en el EEE averiguado por la Comisión se situó en 1996 en torno a las 85 000-90 000 t. Partiendo de las cifras de ventas comunicadas por las partes y por sus competidores, la distribución de las cuotas de mercado resultante es la siguiente (3).

>SITIO PARA UN CUADRO>

(38) El líder de mercado de MMA es ICI, y hay otros competidores fuertes además de VEBA/Degussa. Por consiguiente, la concentración no da lugar a una posición dominante en el mercado.

2. MAS

(39) También el MAS se produce esencialmente para uso propio de los fabricantes. La Comisión ha averiguado que el mercado libre del MAS en el EEE tiene un volumen de unas 20 000 t únicamente. Partiendo de las cifras de ventas comunicadas por las partes y por sus competidores, la distribución de las cuotas de mercado resultante es la siguiente:

>SITIO PARA UN CUADRO>

(40) El líder de mercado de MAS es ICI, y hay otros competidores fuertes además de VEBA/Degussa. Por consiguiente, la concentración no da lugar a una posición dominante en el mercado.

3. Materias plásticas transparentes

(41) La información de las partes sobre el mercado total de «materias plásticas transparentes» indica un volumen de mercado de unas 330 000 t (1 000 millones de ecus) en la Comunidad. Por consiguiente, las cuotas de mercado de VEBA/Röhm se situarían en torno al [15-25 %] (por volumen y valor) y las de Degussa en torno al [5-15 %], de manera que la cuota de mercado conjunta ascendería al [20-35 %] aproximadamente. Las investigaciones de la Comisión confirman estos datos. Los competidores más importantes son BASF (cuota de mercado de aproximadamente 15-25 %), Dow (aproximadamente 10-15 %) y Elf Atochem (aproximadamente 10-15 %).

(42) Si el PMMA constituyera un mercado independiente, su volumen de mercado comunitario sería de unas 220 000 t o 600-650 millones de ecus. En este caso las cuotas de mercado se distribuirían de la manera siguiente:

>SITIO PARA UN CUADRO>

(43) Si bien la concentración convertiría a VEBA/Degussa en líder del mercado de PMMA en la Comunidad, hay junto a las partes varios competidores que le son comparables en lo que respecta a la integración de las fases previas del ciclo productivo y a la solidez económica. El hasta ahora líder del mercado, AtoHaas, posee una cuota de mercado no muy inferior a la de las partes. Por otra parte, el PMMA sigue siendo sustituible por otras materias plásticas transparentes al menos en algunos ámbitos parciales, lo que supone cierta presión competitiva. Así pues, la concentración no daría lugar a una posición dominante en el mercado incluso aceptando la existencia de un mercado independiente para el PMMA.

(44) La concentración tampoco daría lugar a la creación de un oligopolio dominante de VEBA/Degussa y de AtoHaas en el mercado de PMMA. Aunque después de la concentración VEBA/Degussa y AtoHaas sumarán cuotas de mercado superiores al 55 %, el mercado es poco transparente. El PMMA se fabrica y vende en una gran diversidad de formas y calidades. La Comisión ha podido averiguar que para muchos clientes la calidad del producto y el servicio son como mínimo igual de importantes que el precio. Los obstáculos para el acceso al mercado son escasos, como demuestra el éxito de los fabricantes de Europa oriental (en particular Agrobiochim, Bulgaria) y de Asia oriental (en particular Chimei Corp., Taiwan, y Lucky, Corea del Sur) que han hecho su entrada en los últimos cinco años. Por ello no cabe esperar que la concentración dé lugar a un oligopolio dominante en el mercado de PMMA.

4. Productos auxiliares de la elaboración del PVC a base de acrilato

(45) El mercado de los productos auxiliares de la elaboración del PVC a base de acrilato tiene en el EEE un volumen de sólo 30 000 t aproximadamente, con un valor muy por debajo de 100 millones de ecus. Según la investigación de la Comisión, con la concentración las partes alcanzarán conjuntamente una cuota de mercado de [15-30 %] aproximadamente (VEBA [0-10 %], Degussa aproximadamente [15-25%]). El líder indiscutible del mercado es Rohm & Haas, con una cuota de mercado del [55-70] %. El único competidor con una cuota de mercado superior al 10 % es Kaneka (aproximadamente [10-15] %). Por consiguiente, la concentración no da lugar a una posición dominante de las partes en el mercado. Dado que la concentración apenas modificará la estructura del mercado, tampoco cabe esperar que la concentración origine o refuerce una posición dominante conjunta entre las partes y Rohm & Haas.

5. Organosilanos

(46) En los silanos organofuncionales, Hüls sólo ejerce una actividad en el ámbito de las aplicaciones «no caucho», donde alcanza cuotas de mercado comunitarias del [40-50] %, mientras que Degussa prácticamente no opera en este mercado (cuota inferior al 1 %).

(47) Degussa, en cambio, ocupa una posición fuerte en las aplicaciones «caucho». Hasta 1990 Degussa tenía la patente de los silanos sulfofuncionales utilizados en este ámbito, donde sigue teniendo una cuota de mercado del [> 75] %. Hüls no ejerce ninguna actividad en este ámbito. Según indicaciones de las partes, confirmadas por los compradores interrogados, el principal competidor en el ámbito de las aplicaciones «caucho» es Witco/Osi (cuota de mercado de aproximadamente 18 %). Witco sólo ofrece silanos sulfofuncionales desde 1996.

(48) Puesto que en cada caso las partes operan en un solo mercado, la concentración no da lugar a la acumulación de cuotas de mercado. Teniendo en cuenta que sus clientelas son diferentes, tampoco puede hablarse de un «efecto cartera».

(49) Por lo que respecta al mercado de silanos de alquilo, las cuotas de mercado combinadas no alcanzan el 15 %. El líder claro del mercado (cuota de mercado aprox. 50-60 %) es Wacker. Así pues, la concentración no da lugar a la creación de una posición dominante en el mercado.

6. Tetracloruro de silicio

(50) Degussa emplea la totalidad de su producción de tetracloruro de silicio en Amberes como material de partida para la fabricación de sílice pirógena. VEBA/Hüls provee básicamente a Cabot-Hüls y a Degussa en el marco de sistemas de explotación integrada en la fabricación de sílice pirógena. Otros fabricantes de tetracloruro de silicio son Wacker para la transformación en sílice pirógena y Dow en el marco de un sistema de explotación integrada en la fabricación de sílice pirógena. Dado que el mercado geográfico se encuentra limitado al lugar de fabricación por lo problemático que resulta el transporte, la concentración no da lugar a la acumulación de cuotas de mercado.

7. Sílice pirógená

(51) La sílice pirógena suele fabricarse en un circuito cerrado en el que el proveedor del material de partida (tetracloruro de silicio o tricolorsilano) se vuelve a quedar con el ácido clorhídrico que se produce en la fabricación de sílice pirógena. El proveedor previo necesita el ácido clorhídrico para la fabricación de los materiales de partida (la hidrocloración de silicio metálico). Esta circunstancia exige ya sea una colaboración estrecha con otra empresa o la integración en la etapa anterior.

(52) Tanto en el EEE como en el resto del mundo el mercado de la sílice pirógena está muy concentrado. En Europa existen tres fabricantes, Degussa, Cabot y Wacker. En Estados Unidos la fabrican Cabot y Degussa, en Japón Tokuyama Soda y Nippon Aerosil (una empresa en participación de Degussa y Mitsubishi). Otros fabricantes como, por ejemplo, Oriana en Ucrania no alcanzan una gran importancia. El volumen de mercado de la sílice pirógena en el EEE se sitúa en torno a los 160 millones de ecus. Según ha podido averiguar la Comisión, Degussa posee en el mercado común una cuota del [50-60] %, Wacker del [15-25] % y Cabot del [25-35] % aproximadamente.

(53) Degussa posee instalaciones de producción en Rheinfelden y en Amberes. Por lo que respecta a los productos de partida, Degussa está integrada en Amberes y, tras la adquisición por parte de Hüls, también lo estará en Rheinfelden. Wacker posee instalaciones de producción en Burghausen y en Kempten y está integrada por lo que respecta los productos de partida. Cabot tiene una instalación de producción en Barry (Gales), donde los productos de partida son suministrados por Dow Corning.

(54) En Rheinfelden Cabot fabrica sílice pirógena en una empresa común con Hüls, la Cabot-Hüls GmbH. Los productos de partida son suministrados por Hüls, y la misma Hüls se vuelve a quedar en esa empresa con el ácido clorhídrico que se genera en la producción. Por otra parte, Hüls se hace cargo de una serie de prestaciones adicionales como eliminación de residuos, servicio de seguridad y de extinción de incendios en el centro de producción. Con arreglo al joint venture agreement Cabot y Hüls tienen los mismos derechos de voto. La junta de accionistas decide por unanimidad sobre los contratos inmobiliarios, los contratos de arrendamiento de largo plazo, la cooperación con otras empresas, los acuerdos sobre la protección de derechos industriales, el presupuesto y la apelación al crédito, así como sobre acuerdos relativos al suministro o a la venta de los productos fabricados por Cabot-Hüls. Hüls y Cabot nombran cada una a un gerente responsable de ámbitos de negocio distintos, y el gerente nombrado por Hüls informa al gerente de Cabot. Las pérdidas y ganancias de la empresa común se reparten a partes iguales entre Hüls y Cabot. En virtud de un contrato de suministro concluido entre Cabot-Hüls y Cabot, Cabot-Hüls está obligada a suministrar a Cabot cantidades mínimas de sílice pirógena, con lo cual en la práctica vende a Cabot la totalidad de su producción. El precio de la sílice pirógena suministrada por la empresa común depende del precio de venta total conseguido por Cabot para ese producto.

(55) Dado que VEBA, gracias a su participación en la empresa común Cabot-Hüls, participa en uno de los dos centros de producción del competidor principal de Degussa en Europa, la adquisición de Degussa por parte de VEBA a raíz de la concentración daría lugar a una posición dominante de VEBA/Degussa en el mercado de sílice pirógena. Degussa es claramente el líder del mercado europeo, con una cuota del 50-60 %. Como consecuencia de la empresa común dirigida por Cabot y VEBA, habría entre ellas una unión estructural que debilitaría notablemente la posición de Cabot como competidor independiente. En razón de las relaciones contractuales entre VEBA y Cabot-Hüls, VEBA/Degussa dispondría de información exacta sobre la política de precios de Cabot en el mercado de sílice pirógena y podría adaptar sus propios precios en consecuencia. La transparencia del mercado, que ya viene dada por la homogeneidad del producto, aumentaría considerablemente con la concentración. También se opondría a la competencia de precios entre Cabot y VEBA/Degussa la circunstancia de que VEBA se beneficie de manera directa del nivel de precios más elevado de Cabot gracias al régimen de transferencia de ganancias de la empresa común Cabot-Hüls. La posición de mercado del competidor restante, Wacker, ya no bastaría para generar una presión competitiva eficaz y evitar que VEBA/Degussa pueda moverse en el mercado con independencia de clientes y competidores. Por esta razón, los compradores de sílice pirógena han emitido en su mayoría juicios críticos acerca de la concentración de VEBA y Degussa mientras VEBA siga vinculada a un competidor importante en una empresa común. Por otra parte, se plantean obstáculos notables a la entrada de nuevos competidores en el mercado, dado que la instalación de una planta de fabricación de sílice pirógena supone inversiones muy elevadas y las especificidades de la producción exigen garantizar el abastecimiento de materias primas y la eliminación del ácido clorhídrico. Durante los cinco últimos años no ha entrado en el mercado ningún nuevo competidor.

(56) A fin de despejar las dudas de la Comisión, VEBA se ha comprometido a vender su participación en Cabot/Hüls GmbH antes del [ . . . ] a una empresa no perteneciente al grupo VEBA ni al grupo Degussa, en la que VEBA o Degussa no tenga participación de capital y con la que no existan vinculaciones personales relevantes. En caso de no efectuarse la enajenación hasta esa fecha, VEBA deberá transmitir la totalidad de sus derechos de voto y de gestión a un administrador fiduciario neutral e independiente. La designación del administrador fiduciario deberá contar con la aprobación de la Comisión. El administrador fiduciario recibirá la misión irrevocable de enajenar las participaciones correspondientes a VEBA antes del [ . . . ] a un comprador que sea una empresa no perteneciente al grupo VEBA ni al grupo Degussa, en la que VEBA o Degussa no tenga participación de capital y con la que no existan vinculaciones personales relevantes.

(57) La Comisión considera que el compromiso de la separación societaria de VEBA y la empresa común Cabot/Hüls evitará la creación de una posición dominante de VEBA/Degussa. De este modo, Cabot se mantiene como competidor independiente de VEBA/Degussa. Este punto de vista es compartido también por los clientes que habían manifestado sus recelos frente a la concentración.

(58) El hecho de que Hüls siga abasteciendo a Cabot con materias primas (tetracloruro de silicio y triclorosilano) mientras ésta le proporciona el ácido clorhídrico que se genera en la producción no permite suponer que las empresas no operarían en el mercado como competidores. El abastecimiento mutuo es consecuencia del circuito cerrado que imponen las características de la producción, según han descrito las partes. Así pues, la Comisión parte del supuesto de que Hüls seguirá abasteciendo a Cabot de materias primas en el futuro. La Comisión está informada de que se firmará un acuerdo de suministro que permitirá mantener la competitividad de las instalaciones de producción. Según ha averiguado la Comisión, el hecho de que ya en el pasado Hüls haya suministrado materias primas tanto a la empresa común Cabot/Hüls como a Degussa no impidió una actividad independiente de Cabot y de Degussa en el mercado. Por otra parte, Cabot no depende unilateralmente de Hüls, dado que Hüls depende al mismo tiempo del abastecimiento de ácido clorhídrico por parte de Cabot. Además, gracias a su segunda factoría en Barry/Gales, Cabot no depende de los suministros de Hüls.

(59) Para permitirle a la Comisión supervisar el cumplimiento del compromiso, se impone a VEBA la obligación de informar a la Comisión, al principio de cada mes, de las medidas adoptadas a tal fin.

8. Diaminas/poliaminas

(60) El volumen total del mercado de diaminas/poliaminas en la Comunidad asciende, según indican las partes, a 31 800 t o 116 millones de ecus aproximadamente. Las cuotas de mercado se reparten más o menos del modo siguiente:

>SITIO PARA UN CUADRO>

(61) En el mercado de diaminas/poliaminas la concentración no da lugar a una posición dominante. Junto a los otros competidores fuertes, BASF y Bayer, todavía existe una serie de proveedores pequeños. No hay indicios de un oligopolio dominante entre las partes y BASF/Bayer. Las diaminas no son productos homogéneos; más bien ocurre que cada uno de los fabricantes importantes ofrece una gama de productos distinta, basada en productos químicos de partida diferentes. También varían los precios de los diversos tipos de este producto.

9. Reactivos para la fabricación de almidón catiónico

(62) Se trata de un mercado reducido (volumen de mercado en el EEE: con captive use y reactivo terminado, 25 000-30 000 t; sin captive use y reactivo terminado, aproximadamente 10 000-15 000 t). Las cuotas de mercado se reparten más o menos de la manera siguiente:

>SITIO PARA UN CUADRO>

(63) Existen asimismo otros proveedores más pequeños de reactivos de almidón. Dos fabricantes (Raisio y Roquette) producen reactivos para la fabricación de almidón catiónico sobre todo o exclusivamente para uso propio. Pero cabe imaginar que podrían aumentar o iniciar la producción para la venta a terceros si las condiciones de mercado resultan suficientemente atractivas. Por otra parte, en 1995 hizo su entrada en el mercado la empresa americana Dow (de momento con una cuota de mercado pequeña pero en proceso de expansión). Así pues, la concentración no da lugar a la creación de una posición de dominio monopolístico ni oligopolístico en el mercado.

(64) Por lo que respecta al reactivo terminado, la concentración no da lugar a la acumulación de cuotas de mercado y, por tanto, tampoco al fortalecimiento de la posición de Degussa en el mercado, dado que Hüls/Servo no ejerce ninguna actividad en este ámbito.

VI. CONCLUSIÓN

(65) Habida cuenta de las consideraciones expuestas, la concentración propuesta no creará ni reforzará una posición dominante que pueda obstaculizar significativamente la competencia efectiva en una parte substancial de la Comunidad a condición de que VEBA cumpla el compromiso contraído, que se reproduce en el considerando 56. A fin de permitir a la Comisión supervisar el cumplimiento de la condición, es necesario imponerle a VEBA la obligación de informar sobre el cumplimiento de la condición. En consecuencia, de conformidad con el apartado 2 del artículo 2 del Reglamento de concentraciones y con el artículo 57 del Acuerdo EEE, la operación de concentración debe declararse compatible con el mercado común y con el Acuerdo EEE,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo I

La concentración entre VEBA AG y Degussa AG se declara compatible con el mercado común y con el Acuerdo EEE con la condición impuesta en el artículo 2.

Artículo 2

La presente Decisión se vincula a la condición de que VEBA AG cumpla los compromisos siguientes:

a) venta de la participación de VEBA AG en CABOT/Hüls antes del [ . . . ] a un comprador que sea una empresa no perteneciente al grupo VEBA AG ni al grupo Degussa AG, en la que VEBA AG y/o Degussa AG no tengan participación de capital y con la que no existan vinculaciones personales relevantes;

b) en caso de no haberse efectuado la venta hasta la fecha indicada en la letra a), VEBA AG deberá transmitir la totalidad de sus derechos de voto y de gestión a un administrador fiduciario neutral e independiente. La designación del administrador fiduciario deberá contar con la aprobación de la Comisión;

c) el administrador fiduciario recibirá la misión irrevocable de vender las participaciones correspondientes a VEBA AG antes del [ . . . ] a un comprador que sea una empresa no perteneciente al grupo VEBA AG ni al grupo Degussa AG, en la que VEBA AG y/o Degussa AG no tengan participación de capital y con la que no existan vinculaciones personales relevantes.

Artículo 3

VEBA AG deberá presentar a la Comisión, al principio de cada mes, un informe sobre las medidas adoptadas para dar cumplimiento a la condición impuesta en el artículo 2.

Artículo 4

El destinatario de la presente Decisión será:

VEBA AG

Bennigsenplatz 1

D-40474 Düsseldorf.

Hecho en Bruselas, el 3 de diciembre de 1997.

Por la Comisión

Karel VAN MIERT

Miembro de la Comisión

(1) DO L 395 de 30. 12. 1989, p. 1 (rectificación en el DO L 257 de 21. 9. 1990, p. 13).

(2) DO C 224 de 17. 7. 1998.

(3) En la versión de la presente Decisión destinada a la publicación, determinadas informaciones se han suprimido o sustituido por márgenes amplios u otras menciones, con arreglo al apartado 2 del artículo 17 del Reglamento de concentraciones, relativo a la no divulgación de secretos comerciales.

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