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Document 31996D0183

96/183/CE: Decisión de la Comisión, de 21 de febrero de 1996, que modifica la Decisión 94/14/CE de la Comisión por la que se establece la lista de establecimientos de la Comunidad a los que se conceden excepciones temporales y limitadas respecto de las normas sanitarias comunitarias específicas aplicables a la producción y comercialización de carne fresca (Texto pertinente a los fines del EEE)

DO L 57 de 7.3.1996, pp. 18–32 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 31/12/1997

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/1996/183/oj

31996D0183

96/183/CE: Decisión de la Comisión, de 21 de febrero de 1996, que modifica la Decisión 94/14/CE de la Comisión por la que se establece la lista de establecimientos de la Comunidad a los que se conceden excepciones temporales y limitadas respecto de las normas sanitarias comunitarias específicas aplicables a la producción y comercialización de carne fresca (Texto pertinente a los fines del EEE)

Diario Oficial n° L 057 de 07/03/1996 p. 0018 - 0032


DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 21 de febrero de 1996 que modifica la Decisión 94/14/CE de la Comisión por la que se establece la lista de establecimientos de la Comunidad a los que se conceden excepciones temporales y limitadas respecto de las normas sanitarias comunitarias específicas aplicables a la producción y comercialización de carne fresca (Texto pertinente a los fines del EEE) (96/183/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 91/498/CEE del Consejo, de 29 de julio de 1991, relativa a las condiciones de concesión de excepciones temporales y limitadas respecto de las normas comunitarias sanitarias específicas aplicables a la producción y comercialización de carnes frescas (1), cuya última modificación la constituye el Acta de adhesión de Austria, de Finlandia y de Suecia y, en particular, el apartado 2 de su artículo 2,

Considerando que los Estados miembros han presentado a la Comisión la lista de los establecimientos a los que se proyecta conceder una excepción a determinadas disposiciones de la Directiva 64/433/CEE del Consejo (2), relativa a las condiciones sanitarias de producción y comercialización de carnes frescas, tal como ha sido modificada y codificada mediante la Directiva 95/23/CE (3);

Considerando que la citada lista ha sido adoptada mediante la Decisión 94/14/CE de la Comisión (4), modificada por la Decisión 95/31/CE (5);

Considerando la adhesión a la Comunidad de Austria, Finlandia y Suecia; que esos nuevos Estados miembros han presentado a su vez a la Comisión la lista de los establecimientos a los que es posible conceder una excepción a determinadas disposiciones de la Directiva 64/433/CEE;

Considerando que es necesario añadir esos establecimientos a la lista antes citada;

Considerando que las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Los establecimientos que figuran en el Anexo se añadirán a la lista adoptada mediante la Decisión 94/14/CE.

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 21 de febrero de 1996.

Por la Comisión

Franz FISCHLER

Miembro de la Comisión

(1) DO n° L 268 de 24. 9. 1991, p. 105.

(2) DO n° 121 de 29. 7. 1964, p. 2012/64.

(3) DO n° L 243 de 11. 10. 1995, p. 7.

(4) DO n° L 14 de 17. 1. 1994, p. 1.

(5) DO n° L 42 de 24. 2. 1995, p. 44.

ANEXO

Lista de los establecimientos de la Comunidad que se benefician de una excepción temporal limitada - Directiva 91/498/CEE del Consejo

>SITIO PARA UN CUADRO>

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