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Document 31995R0843
Commission Regulation (EC) No 843/95 of 18 April 1995 amending Commission Regulation (EEC) No 2210/93 on the communication of information for the purposes of the common organization of the market in fishery and aquaculture products
Reglamento (CE) n° 843/95 de la Comisión de 18 de abril de 1995 por el que se modifica el Reglamento (CEE) n° 2210/93 relativo a las comunicaciones relacionadas con la organización común de mercados en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura
Reglamento (CE) n° 843/95 de la Comisión de 18 de abril de 1995 por el que se modifica el Reglamento (CEE) n° 2210/93 relativo a las comunicaciones relacionadas con la organización común de mercados en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura
DO L 85 de 19.4.1995, pp. 13–19
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)
No longer in force, Date of end of validity: 31/05/2001: This act has been changed. Current consolidated version:
26/04/1995
Reglamento (CE) n° 843/95 de la Comisión de 18 de abril de 1995 por el que se modifica el Reglamento (CEE) n° 2210/93 relativo a las comunicaciones relacionadas con la organización común de mercados en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura
Diario Oficial n° L 085 de 19/04/1995 p. 0013 - 0019
REGLAMENTO (CE) N° 843/95 DE LA COMISIÓN de 18 de abril de 1995 por el que se modifica el Reglamento (CEE) n° 2210/93 relativo a las comunicaciones relacionadas con la organización común de mercados en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el Reglamento (CEE) n° 3759/92 del Consejo, de 17 de diciembre de 1992, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura (1) y, cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 3318/94 (2) en particular, el apartado 3 de su artículo 10 y el apartado 4 de su artículo 17, Considerando que los regímenes comunitarios de intervención previstos en el Reglamento (CEE) n° 3759/92 suponen la necesidad de disponer de las cotizaciones registradas en los mercados mayoristas y en los puertos representativos de la Comunidad; Considerando que es conveniente modificar la lista de los mercados y puertos de los Estados miembros que deban considerarse representativos con relación a un producto determinado; Considerando que el artículo 29 del Acta de adhesión de Austria, Finlandia y Suecia y, en particular, la Parte X del Anexo I disponen la adaptación de la lista de los mercados y puertos representativos correspondientes a ciertos productos; Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de los productos de la pesca, HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO: Artículo 1 El Anexo I del Reglamento (CEE) n° 2210/93 de la Comisión (3) quedará sustituido por el Anexo del presente Reglamento. Artículo 2 El presente Reglamento entrará en vigor el séptimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas. El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. Hecho en Bruselas, el 18 de abril de 1995. Por la Comisión Emma BONINO Miembro de la Comisión (1) DO n° L 388 de 31. 12. 1992, p. 1. (2) DO n° L 350 de 31. 12. 1994, p. 15. (3) DO n° L 197 de 6. 8. 1993, p. 8. ANEXO « ANEXO I MERCADOS MAYORISTAS Y PUERTOS REPRESENTATIVOS DEL SECTOR PESQUERO I. Productos de la letra A del Anexo I del Reglamento (CEE) n° 3759/92 >SITIO PARA UN CUADRO> II. Productos de la letra D del Anexo I del Reglamento (CEE) n° 3759/92 >SITIO PARA UN CUADRO> III. Productos de la letra E del Anexo I del Reglamento (CEE) n° 3759/92 >SITIO PARA UN CUADRO> IV. Productos de la letra A del Anexo II del Reglamento (CEE) n° 3759/92 >SITIO PARA UN CUADRO> V. Productos de la letra B del Anexo II del Reglamento (CEE) n° 3759/92 >SITIO PARA UN CUADRO> VI. Productos de la letra C del Anexo II del Reglamento (CEE) n° 3759/92 >SITIO PARA UN CUADRO> VII. Productos del Anexo III del Reglamento (CEE) n° 3759/92 >SITIO PARA UN CUADRO> VIII. Productos de la letra A del Anexo IV del Reglamento (CEE) n° 3759/92 >SITIO PARA UN CUADRO>