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Document 31994R1415
Commission Regulation (EC) No 1415/94 of 21 June 1994 on the issuing of import licences for certain processed mushroom products originating in China
REGLAMENTO (CE) Nº 1415/94 DE LA COMISIÓN de 21 de junio de 1994 sobre la expedición de certificados de importación de determinados productos de transformación a base de setas originarias de China
REGLAMENTO (CE) Nº 1415/94 DE LA COMISIÓN de 21 de junio de 1994 sobre la expedición de certificados de importación de determinados productos de transformación a base de setas originarias de China
DO L 155 de 22.6.1994, p. 1–1
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT)
No longer in force, Date of end of validity: 12/10/1994; derogado por 394R2429
REGLAMENTO (CE) Nº 1415/94 DE LA COMISIÓN de 21 de junio de 1994 sobre la expedición de certificados de importación de determinados productos de transformación a base de setas originarias de China
Diario Oficial n° L 155 de 22/06/1994 p. 0001 - 0001
REGLAMENTO (CE) No 1415/94 DE LA COMISIÓN de 21 de junio de 1994 sobre la expedición de certificados de importación de determinados productos de transformación a base de setas originarias de China LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el Reglamento (CEE) no 1707/90 de la Comisión, de 22 de junio de 1990, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) no 1796/81 en lo relativo a la importación de setas originarias de terceros países (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 3453/93 (2), y, en particular, el apartado 8 de su artículo 5, Considerando que, para las setas originarias de China las cantidades para las que los certificados han sido expedidos alcanzan el volumen anual concedido a ese país; que, por lo tanto, procede suspender la expedición de certificados que puedan beneficiarse de la exoneración del importe suplementario establecido en el artículo 2 del Reglamento (CEE) no 1796/81 del Consejo, de 30 de junio de 1981, relativo a las medidas aplicables en la importación de setas de la especie Agaricus spp. de los códigos NC 0711 90 40, NC 2003 10 20 y NC 2003 10 30 (3), modificado por el Reglamento (CEE) no 1122/92 (4), HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO: Artículo 1 En lo que respecta a las setas de la especie Agaricus spp. de los códigos NC 0711 90 40, 2003 10 20 y 2003 10 30 originarias de China la expedición de certificados que podrán beneficiarse de la exoneración del importe suplementario establecido en el artículo 2 del Reglamento (CEE) no 1796/81 se suspenderá. Artículo 2 El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas. El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. Hecho en Bruselas, el 21 de junio de 1994. Por la Comisión René STEICHEN Miembro de la Comisión (1) DO no L 158 de 23. 6. 1990, p. 34. (2) DO no L 316 de 17. 12. 1993, p. 11. (3) DO no L 183 de 4. 7. 1981, p. 1. (4) DO no L 117 de 1. 5. 1992, p. 98.