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Document 31991R1742

REGLAMENTO (CEE) No 1742/91 DEL CONSEJO de 13 de junio de 1991 por el que se fija, para la campaña de comercialización de 1992, el precio de base, el nivel director y la estacionalización del precio de base y del nivel director en el sector de la carne de ovino

DO L 163 de 26.6.1991, pp. 42–43 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT)

Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 31/12/1992

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/1991/1742/oj

31991R1742

REGLAMENTO (CEE) No 1742/91 DEL CONSEJO de 13 de junio de 1991 por el que se fija, para la campaña de comercialización de 1992, el precio de base, el nivel director y la estacionalización del precio de base y del nivel director en el sector de la carne de ovino -

Diario Oficial n° L 163 de 26/06/1991 p. 0042 - 0043


REGLAMENTO (CEE) No 1742/91 DEL CONSEJO de 13 de junio de 1991 por el que se fija, para la campaña de comercialización de 1992, el precio de base, el nivel director y la estacionalización del precio de base y del nivel director en el sector de la carne de ovino

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 3013/89 del Consejo, de 25 de septiembre de 1989, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de las carnes de ovino y caprino (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 1741/91 (2), y, en particular, los apartados 1 y 2 de su artículo 3,

Vista la propuesta de la Comisión (3),

Visto el dictamen del Parlamento Europeo (4),

Visto el dictamen del Comité Economico y Social (5),

Considerando que el precio de base deberá fijarse según los criterios determinados en el apartado 2 del artículo 3 del Reglamento (CEE) no 3013/89;

Considerando que, con motivo de la fijación del precio de base para las canales de ovinos, es conveniente tener en cuenta los objetivos de la política agraria común; que la política agraria común tiene como principales objetivos garantizar un nivel de vida equitativo a la población agraria, garantizar la seguridad de los abastecimientos y asegurar al consumidor suministros a precios razonables; que estos elementos conducen a fijar el precio de la campaña 1992 en el nivel establecido en el presente Reglamento;

Considerando que conviene fijar los importes semanales estacionalizados aplicables al precio de base teniendo en cuenta la experiencia adquirida durante la campaña de 1990;

Considerando que el artículo 24 del Reglamento (CEE) no 3013/89 dispone que el Reino Unido podrá conceder, en Gran Bretaña, una prima por sacrificio de ganado ovino cuando los precios registrados en los mercados representativos de dicha región se sitúen por debajo de un nivel director correspondiente al 85 % del precio de base; que el nivel director se estacionaliza de la misma forma que el precio de base; que, así pues, conviene fijar también la estacionalización del nivel director para la campaña de 1992,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Para la campaña de comercialización de 1992 en el sector de la carne de ovino, el precio de base se fija en 422,95 ecus por 100 kilogramos, peso de la canal.

Artículo 2

El precio de base contemplado en el artículo 1 y el nivel director a que se refiere el artículo 24 del Reglamento (CEE) no 3013/89 se estacionalizan con arreglo a lo indicado en el cuadro que figura en el Anexo del presente Reglamento.

Artículo 3

El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será aplicable a partir del comienzo de la campaña de comercialización de 1992.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Luxemburgo, el 13 de junio de 1991.

Por el Consejo

El Presidente

A. BODRY

(1) DO no L 289 de 7. 10. 1989, p. 1.(2) Véase la página 41 del presente Diario Oficial.(3) DO no C 104 de 19. 4. 1991, p. 65.(4) DO no C 158 de 17. 6. 1991.(5) DO no C 159 de 17. 6. 1991.

ANEXO

Campaña de 1992

(ecus por 100 kilogramos-peso de la canal)

Semana que comienza el

Semana

Precio de base

Nivel director

6 de enero de1992

1

432,17

367,34

13 de enero de1992

2

440,48

374,41

20 de enero de1992

3

450,39

382,83

27 de enero de1992

4

456,99

388,44

3 de febrero de1992

5

465,32

395,52

10 de febrero de1992

6

471,82

401,05

17 de febrero de1992

7

475,47

404,15

24 de febrero de1992

8

478,08

406,37

2 de marzo de1992

9

480,94

408,80

9 de marzo de1992

10

483,34

410,84

16 de marzo de1992

11

484,81

412,09

23 de marzo de1992

12

484,81

412,09

30 de marzo de1992

13

483,89

411,31

6 de abril de1992

14

483,29

410,80

13 de abril de1992

15

482,78

410,36

20 de abril de1992

16

480,55

408,47

27 de abril de1992

17

480,17

408,14

4 de mayo de1992

18

473,33

402,33

11 de mayo de1992

19

469,39

398,98

18 de mayo de1992

20

463,02

393,57

25 de mayo de1992

21

456,66

388,16

1 de junio de1992

22

444,39

377,73

8 de junio de1992

23

433,00

368,05

15 de junio de1992

24

421,83

358,56

22 de junio de1992

25

410,55

348,97

29 de junio de1992

26

399,27

339,38

6 de julio de1992

27

389,70

331,25

13 de julio de1992

28

380,45

323,38

20 de julio de1992

29

376,63

320,14

27 de julio de1992

30

374,79

318,57

3 de agosto de1992

31

374,10

317,99

10 de agosto de1992

32

374,10

317,99

17 de agosto de1992

33

374,10

317,99

24 de agosto de1992

34

374,10

317,99

31 de agosto de1992

35

374,10

317,99

7 de septiembre de1992

36

374,10

317,99

14 de septiembre de1992

37

374,10

317,99

21 de septiembre de1992

38

374,10

317,99

28 de septiembre de1992

39

374,61

318,42

5 de octubre de1992

40

374,61

318,42

12 de octubre de1992

41

374,91

318,67

19 de octubre de1992

42

375,38

319,07

26 de octubre de1992

43

377,32

320,72

2 de noviembre de1992

44

380,23

323,20

9 de noviembre de1992

45

383,18

325,70

16 de noviembre de1992

46

388,70

330,40

23 de noviembre de1992

47

394,21

335,08

30 de noviembre de1992

48

399,74

339,78

7 de diciembre de1992

49

406,09

345,18

14 de diciembre de1992

50

414,43

352,27

21 de diciembre de1992

51

422,75

359,34

28 de diciembre de1992

52

429,13

364,76

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