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Document 31988L0659
Council Directive 88/659/EEC of 19 December 1988 amending Directives 73/132/EEC, 76/630/EEC and 82/177/EEC on the statistical surveys to be carried out on Community livestock following the introduction of the combined nomenclature
DIRECTIVA DEL CONSEJO de 19 de diciembre de 1988 por la que se modifican las Directivas 73/132/CEE, 76/630/CEE y 82/177/CEE relativas a las encuestas estadísticas sobre el ganado comunitario, como consecuencia del establecimiento de la nomenclatura combinada (88/659/CEE)
DIRECTIVA DEL CONSEJO de 19 de diciembre de 1988 por la que se modifican las Directivas 73/132/CEE, 76/630/CEE y 82/177/CEE relativas a las encuestas estadísticas sobre el ganado comunitario, como consecuencia del establecimiento de la nomenclatura combinada (88/659/CEE)
DO L 382 de 31.12.1988, p. 34–34
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT)
No longer in force, Date of end of validity: 01/01/1994
DIRECTIVA DEL CONSEJO de 19 de diciembre de 1988 por la que se modifican las Directivas 73/132/CEE, 76/630/CEE y 82/177/CEE relativas a las encuestas estadísticas sobre el ganado comunitario, como consecuencia del establecimiento de la nomenclatura combinada (88/659/CEE) - -
Diario Oficial n° L 382 de 31/12/1988 p. 0034 - 0034
DIRECTIVA del Consejo de 19 de diciembre de 1988 por la que se modifican las Directivas 73/132/CEE, 76/630/CEE y 82/177/CEE relativas a las encuestas estadísticas sobre el ganado comunitario, como consecuencia del establecimiento de la nomenclatura combinada (88/659/CEE) EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y,en particular, su artículo 43, Vista el Acta de adhesión de España y de Portugal, Vista la propuesta de la Comisión, Visto el dictamen del Parlamento Europeo (1), Considerando que las Directivas 73/132/CEE (2), 76/ 630/CEE (3) y 82/177/CEE (4), modificadas en último lugar por las Directivas 86/80/CEE (5), 86/83/CEE (6) y 86/82/CEE (7) respectivamente, hacen referencia al arancel aduanero común, el cual ha sido derogado e integrado en la nomenclatura combinada establecida por el Reglamento (CEE) nº 2658/87 (8) y que es preciso, por tanto, adaptar consecuentemente las referencias, HA ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA: Artículo 1 La Directiva 73/132/CEE quedará modificada como sigue: 1. En el apartado I del artículo 2, los términos «de la partida no 01.02 A del arancel aduanero común» serán sustituidos por los términos «del código NG 0102, con exclusión del código NG 0102 90 90». 2. En el artículo 8, los términos «al Comité de la Nimexe, de acuerdo con el procedimiento previsto en el artículo 5 del Reglamento (CEE) nº 1445/72 (9)» serán sustituidos por los términos «al Comité de la nomenclatura, de acuerdo con el procedimiento previsto en el artículo 10 del Reglamento (CEE) nº 2658/87 (10)». La nota a pie de página será sustituida por la nota siguiente: « Artículo 2 En el artículo 2 de la Directiva 76/630/CEE los términos «la subpartida 01.03 A del arancel aduanero común» se sustituirán por los términos «el código NG 0103, con exclusión de los códigos NG 0103 9190 y 0103 92 90». Artículo 3 La Directiva 82/177/CEE quedará modificada como sigue: 1. En el apartado I del artículo 2 los términos «las subpartidas 01.04 A I y 01.04 B I del arancel aduanero común» se sustituirán por los términos «el código NG 0104 10» y los términos «las subpartidas 01.04 A II y 01.04 B II del citado arancel» se sustituirán por los términos «el código NG 0104 20». 2. En el artículo 8, los términos «al Comité del Nimexe, de acuerdo con el procedimiento previsto en el artículo 5 del Reglamento (CEE) nº 1445/72 (11)» se sustituirán por los términos «del Comité de la nomenclatura, de acuerdo con el procedimiento previsto en el artículo 10 del Reglamento (CEE) nº 2658/87 del Consejo (12)» La nota a pie de página será sustituida por la nota siguiente: Artículo 4 Los destinatarios de la presente Directiva son los Estados miembros. Hecho en Bruselas, el 19 de diciembre de 1988. (1) DO nº L 256 de 7. 9. 1987, p. 1.». (2) Dictamen emitido el 16 de diciembre de 1988 (no publicado aún en el Diario Oficial). (3) DO nº L 153 de 9. 6. 1973, p. 25. (4) DO nº L 223 de 16. 8. 1976, p. 4. (5) DO nº L 81 de 27. 3. 1982, p. 35. (6) DO nº L 77 de 22. 3. 1986, p. 27. (7) DO nº L 77 de 22. 3. 1986, p. 31. (8) DO nº L 77 de 22. 3. 1986, p. 30. (9) DO nº L 256 de 7. 9. 1987, p. 1.(10) DO nº L 156 de 7. 9. 1987, p. 1.