This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document 31986D0055
86/55/EEC: Commission Decision of 11 February 1986 amending Decision 83/421/EEC as regards the list of establishments in Norway approved for the purpose of importing fresh meat into the Community
86/55/CEE: Decisión de la Comisión de 11 de febrero de 1986 por la que se modifica la Decisión 83/421/CEE en lo que se refiere a la lista de establecimientos de Noruega autorizados para la importación en la Comunidad de carnes frescas
86/55/CEE: Decisión de la Comisión de 11 de febrero de 1986 por la que se modifica la Decisión 83/421/CEE en lo que se refiere a la lista de establecimientos de Noruega autorizados para la importación en la Comunidad de carnes frescas
DO L 68 de 11.3.1986, pp. 17–18
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT)
No longer in force, Date of end of validity: 25/03/1986; sustituido por 31986D0146
86/55/CEE: Decisión de la Comisión de 11 de febrero de 1986 por la que se modifica la Decisión 83/421/CEE en lo que se refiere a la lista de establecimientos de Noruega autorizados para la importación en la Comunidad de carnes frescas
Diario Oficial n° L 068 de 11/03/1986 p. 0017 - 0018
***** DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 11 de febrero de 1986 por la que se modifica la Decisión 83/421/CEE en lo que se refiere a la lista de establecimientos de Noruega autorizados para la importación en la Comunidad de carnes frescas (86/55/CEE) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea, Vista la Directiva 72/462/CEE del Consejo, de 12 de diciembre de 1972, referente a problemas sanitarios y de policía sanitaria en la importación de animales de las especies bovina y porcina y de carnes frescas procedentes de terceros países (1), cuya última modificación la constituye la Directiva 83/91/CEE (2), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 4 y el apartado 1 de su artículo 18, Vista la Directiva 77/96/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1976, relativa a la detección de triquinas en el momento de la importación, procedente de terceros países, de carnes frescas procedentes de animales domésticos de la especie porcina (3), cuya última modificación la constituye la Directiva 84/319/CEE (4), y, en particular, su artículo 4, Considerando que la lista de establecimientos de Noruega autorizados para la importación en la Comunidad de carnes frescas ha sido establecida inicialmente por la Decisión 83/421/CEE de la Comisión (5), cuya última modificación la constituye la Decisión 85/493/CEE (6); Considerando que una inspección de rutina efectuada en aplicación del artículo 5 de la Directiva 72/462/CEE y del apartado 1 del artículo 3 de la Decisión 83/196/CEE de la Comisión, de 8 de abril de 1983, relativa a los controles in situ efectuados en el marco del régimen aplicable a las importaciones de animales de las especies bovina y porcina así como de carnes frescas procedentes de terceros países (7), ha revelado que el nivel de higiene de un establecimiento ha experimentado cambios con relación a la inspección precedente; Considerando que esta misma inspección ha revelado que un nuevo establecimiento responde a las condiciones del artículo 2 de la Directiva 77/96/CEE; que, por consiguiente, se autoriza a dicho establecimiento a realizar la prueba para detectar la presencia de triquinas en las carnes frescas de porcino; Considerando que es necesario modificar en consecuencia la lista de establecimientos; Considerando que las medidas previstas en la presente Decisión se atienen al dictamen del Comité veterinario permanente, HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN: Artículo 1 Se sustituye el Anexo de la Decision 83/421/CEE por el Anexo de la presente Decisión. Artículo 2 Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros. Hecho en Bruselas, el 11 de febrero de 1986. Por la Comisión Frans ANDRIESSEN Vicepresidente (1) DO no L 302 de 31. 12. 1972, p. 28. (2) DO no L 59 de 5. 3. 1983, p. 34. (3) DO no L 26 de 31. 1. 1977, p. 67. (4) DO no L 167 de 27. 6. 1984, p. 34. (5) DO no L 238 de 27. 8. 1983, p. 35. (6) DO no L 296 de 8. 11. 1985, p. 52. (7) DO no L 108 de 26. 4. 1983, p. 18. ANEXO LISTA DE ESTABLECIMIENTOS 1.2.3 // // // // Número // Establecimiento // Dirección // // // // // // I. CARNE DE VACUNO Mataderos y salas de despiece 1.2.3 // // // // 13 // Agro Fellesslakteri // Egersund // 20 // Boendernes Salgslag // Trondheim // 21 // Boendernes Salgslag // Steinkjer // 22 // Boendernes Salgslag // Fosen // // // II. CARNE DE PORCINO (1) Mataderos y salas de despiece 1.2.3 // // // // 13 T // Agro Fellesslakteri // Egersund // 20 T // Boendernes Salgslag // Trondheim // 21 T // Boendernes Salgslag // Steinkjer // // // (1) Los establecimientos junto a los que figure la mención « T » están autorizados, con arreglo al artículo 4 de la Directiva 77/96/CEE, a realizar la prueba para la detección de triquinas prevista en el artículo 2 de la mencionada Directiva.