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Document 22026D1240

Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 92/2026, de 20 de marzo de 2026, por la que se modifica el anexo IX (Servicios financieros) del Acuerdo EEE [2026/1240]

DO L, 2026/1240, 25.6.2026, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2026/1240/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2026/1240/oj

European flag

Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie L


2026/1240

25.6.2026

DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE N.o 92/2026

de 20 de marzo de 2026

por la que se modifica el anexo IX (Servicios financieros) del Acuerdo EEE [2026/1240]

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo («el Acuerdo EEE»), y en particular su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Reglamento Delegado (UE) 2025/789 de la Comisión, de 23 de abril de 2025, por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación en las que se especifican las condiciones y los indicadores que la ABE debe utilizar para determinar si se han producido circunstancias extraordinarias en el sentido del artículo 325 bis septvicies, apartado 5, y el artículo 325 ter septies, apartado 6, de dicho Reglamento (1), debe incorporarse al Acuerdo EEE.

(2)

Procede, por tanto, modificar el anexo IX del Acuerdo EEE en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Después del punto 14azzu [Reglamento Delegado (UE) 2024/3172 de la Comisión] del anexo IX del Acuerdo EEE, se inserta el punto siguiente:

«14azzv.

32025 R 0789: Reglamento Delegado (UE) 2025/789 de la Comisión, de 23 de abril de 2025, por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación en las que se especifican las condiciones y los indicadores que la ABE debe utilizar para determinar si se han producido circunstancias extraordinarias en el sentido del artículo 325 bis septvicies, apartado 5, y el artículo 325 ter septies, apartado 6, de dicho Reglamento (DO L, 2025/789, 1.8.2025).».

Artículo 2

El texto del Reglamento Delegado (UE) 2025/789 en lenguas islandesa y noruega, que se publicará en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, es auténtico.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 21 de marzo de 2026, siempre que se hayan efectuado todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1).

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 20 de marzo de 2026.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Nicolas VON LINGEN


(1)   DO L, 2025/789, 1.8.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_del/2025/789/oj.

(*1)  No se han indicado preceptos constitucionales.


ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2026/1240/oj

ISSN 1977-0685 (electronic edition)


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