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Document 22026D0967

Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 41/2026, de 6 de febrero de 2026, por la que se modifica el anexo XI (Comunicación electrónica, servicios audiovisuales y sociedad de la información) del Acuerdo EEE [2026/967]

DO L, 2026/967, 21.5.2026, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2026/967/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2026/967/oj

European flag

Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie L


2026/967

21.5.2026

DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE N.o 41/2026

de 6 de febrero de 2026

por la que se modifica el anexo XI (Comunicación electrónica, servicios audiovisuales y sociedad de la información) del Acuerdo EEE [2026/967]

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo («el Acuerdo EEE»), y en particular su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

La Decisión de Ejecución (UE) 2025/1382 de la Comisión, de 15 de julio de 2025, relativa a la adecuación del nivel de protección de los datos personales conferido por la Organización Europea de Patentes con arreglo al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo (1), debe incorporarse al Acuerdo EEE.

(2)

Procede, por tanto, modificar el anexo XI del Acuerdo EEE en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Después del punto 5ex [Decisión de Ejecución (UE) 2023/1795 de la Comisión] del anexo XI del Acuerdo EEE, se inserta el punto siguiente:

«5ey.

32025 D 1382: Decisión de Ejecución (UE) 2025/1382 de la Comisión, de 15 de julio de 2025, relativa a la adecuación del nivel de protección de los datos personales conferido por la Organización Europea de Patentes con arreglo al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L, 2025/1382, 18.7.2025).».

Artículo 2

El texto de la Decisión de Ejecución (UE) 2025/1382 en lenguas islandesa y noruega, que se publicará en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, es auténtico.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 7 de febrero de 2026, siempre que se hayan efectuado todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1).

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 6 de febrero de 2026.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Nicolas VON LINGEN


(1)   DO L, 2025/1382, 18.7.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec_impl/2025/1382/oj.

(*1)  No se han indicado preceptos constitucionales.


ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2026/967/oj

ISSN 1977-0685 (electronic edition)


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