Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 22026D0958

Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 37/2026, de 6 de febrero de 2026, por la que se modifica el anexo IX (Servicios financieros) del Acuerdo EEE [2026/958]

DO L, 2026/958, 21.5.2026, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2026/958/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2026/958/oj

European flag

Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie L


2026/958

21.5.2026

DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE N.o 37/2026

de 6 de febrero de 2026

por la que se modifica el anexo IX (Servicios financieros) del Acuerdo EEE [2026/958]

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo («el Acuerdo EEE»), y en particular su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Reglamento Delegado (UE) 2025/296 de la Comisión, de 31 de octubre de 2024, por el que se completa el Reglamento (UE) 2023/1114 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación en las que se especifica el procedimiento para la aprobación de un libro blanco de criptoactivos (1), debe incorporarse al Acuerdo EEE.

(2)

El Reglamento Delegado (UE) 2025/297 de la Comisión, de 31 de octubre de 2024, por el que se completa el Reglamento (UE) 2023/1114 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación en las que se especifican las condiciones para la creación y el funcionamiento de los colegios consultivos de supervisión (2), debe incorporarse al Acuerdo EEE.

(3)

Procede, por tanto, modificar el anexo IX del Acuerdo EEE en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo IX del Acuerdo EEE se modifica como sigue:

1.

Después del punto 31rh [Reglamento Delegado (UE) 2025/294 de la Comisión], se inserta el texto siguiente:

«31ri.

32025 R 0296: Reglamento Delegado (UE) 2025/296 de la Comisión, de 31 de octubre de 2024, por el que se completa el Reglamento (UE) 2023/1114 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación en las que se especifica el procedimiento para la aprobación de un libro blanco de criptoactivos (DO L, 2025/296, 13.2.2025).

A efectos del presente Acuerdo, las disposiciones del Reglamento se entenderán con las adaptaciones siguientes:

a)

En el artículo 6, apartado 2, después del término “BCE”, se insertan los términos “y, según el caso, el Órgano de Vigilancia de la AELC”.

b)

En el artículo 7, después del término “BCE”, se insertan los términos “o, según el caso, el Órgano de Vigilancia de la AELC”.

c)

en el artículo 8, apartado 1, después del término “BCE”, se insertan los términos “o, según el caso, el Órgano de Vigilancia de la AELC”.

d)

en el artículo 9, apartado 1, después del término “BCE”, se insertan los términos “o, según el caso, el Órgano de Vigilancia de la AELC”.

31rj.

32025 R 0297: Reglamento Delegado (UE) 2025/297 de la Comisión, de 31 de octubre de 2024, por el que se completa el Reglamento (UE) 2023/1114 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación en las que se especifican las condiciones para la creación y el funcionamiento de los colegios consultivos de supervisión (DO L, 2025/297, 13.2.2025).

A efectos del presente Acuerdo, las disposiciones del Reglamento se entenderán con la adaptación siguiente:

En el artículo 9, apartado 1, después del término “ABE”, se insertan los términos “o, según el caso, el Órgano de Vigilancia de la AELC”.».

Artículo 2

Los textos de los Reglamentos Delegados (UE) 2025/296 y (UE) 2025/297 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 7 de febrero de 2026, siempre que se hayan efectuado todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1).

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 6 de febrero de 2026.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Nicolas VON LINGEN


(1)   DO L, 2025/296, 13.2.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_del/2025/296/oj.

(2)   DO L, 2025/297, 13.2.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_del/2025/297/oj.

(*1)  No se han indicado preceptos constitucionales.


ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2026/958/oj

ISSN 1977-0685 (electronic edition)


Top