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Document 22026D0953

Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 27/2026, de 6 de febrero de 2026, por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE [2026/953]

DO L, 2026/953, 21.5.2026, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2026/953/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2026/953/oj

European flag

Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie L


2026/953

21.5.2026

DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE N.o 27/2026

de 6 de febrero de 2026

por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE [2026/953]

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo («el Acuerdo EEE»), y en particular su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

La Decisión de Ejecución (UE) 2025/1808 de la Comisión, de 11 de septiembre de 2025, por la que se retrasa la fecha de expiración de la aprobación de Pythium oligandrum, cepa M1, para su uso en biocidas del tipo de producto 10, de conformidad con el Reglamento (UE) n.o 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo (1), debe incorporarse al Acuerdo EEE.

(2)

Procede, por tanto, modificar el anexo II del Acuerdo EEE en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Después del punto 12zzzzzzzzzzzzze [Decisión de Ejecución (UE) 2025/1262 de la Comisión] del capítulo XV del anexo II del Acuerdo EEE, se inserta el punto siguiente:

«12zzzzzzzzzzzzzf.

32025 D 1808: Decisión de Ejecución (UE) 2025/1808 de la Comisión, de 11 de septiembre de 2025, por la que se retrasa la fecha de expiración de la aprobación de Pythium oligandrum, cepa M1, para su uso en biocidas del tipo de producto 10, de conformidad con el Reglamento (UE) n.o 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L, 2025/1808, 12.9.2025).».

Artículo 2

El texto de la Decisión de Ejecución (UE) 2025/1808 en lenguas islandesa y noruega, que se publicará en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, es auténtico.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 7 de febrero de 2026, siempre que se hayan efectuado todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1).

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 6 de febrero de 2026.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Nicolas VON LINGEN


(1)   DO L, 2025/1808, 12.9.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec_impl/2025/1808/oj.

(*1)  No se han indicado preceptos constitucionales.


ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2026/953/oj

ISSN 1977-0685 (electronic edition)


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