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Document 22019D0209

Decisión del Comité Mixto del EEE n.° 97/2017, de 5 de mayo de 2017, por la que se modifica el anexo XIII (Transportes) del Acuerdo EEE [2019/209]

DO L 36 de 7.2.2019, pp. 57–58 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2019/209/oj

7.2.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 36/57


DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

N.o 97/2017

de 5 de mayo de 2017

por la que se modifica el anexo XIII (Transportes) del Acuerdo EEE [2019/209]

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo, «Acuerdo EEE», y en particular su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento (UE) 2016/2337 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2016, por el que se deroga el Reglamento (CEE) n.o 1192/69 del Consejo, relativo a las normas comunes para la normalización de las cuentas de las empresas ferroviarias (1).

(2)

El Reglamento (UE) 2016/2337 deroga el Reglamento (CEE) n.o 1192/69 del Consejo (2), a excepción de las disposiciones aplicables a la normalización de las cuentas de la categoría IV contempladas en el anexo IV del Reglamento (CEE) n.o 1192/69, que siguen siendo aplicables hasta el 31 de diciembre de 2017. El Reglamento (CEE) n.o 1192/69, incorporado al Acuerdo EEE, debe, en consecuencia, suprimirse del mismo con efecto a partir del 1 de enero de 2018.

(3)

A partir del 31 de diciembre de 2017, el Reglamento (UE) 2016/2337 queda obsoleto y, en consecuencia, debe suprimirse del Acuerdo EEE con efecto a partir del 1 de enero de 2018.

(4)

Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo XIII del Acuerdo EEE.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo XIII del Acuerdo EEE se modifica como sigue:

1)

Después del punto 39 [Reglamento (CEE) n.o 1192/69 del Consejo], se inserta el punto siguiente:

«39a.

32016 R 2337: Reglamento (UE) 2016/2337 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2016, por el que se deroga el Reglamento (CEE) n.o 1192/69 del Consejo, relativo a las normas comunes para la normalización de las cuentas de las empresas ferroviarias (DO L 354 de 23.12.2016, p. 20).».

2)

En el apartado II de las ADAPTACIONES SECTORIALES, los términos «Artículo 3 del Reglamento (CEE) n.o 1192/69,» se suprimirán con efecto a partir del 1 de enero de 2018.

3)

El texto de los puntos 39 [Reglamento (CEE) n.o 1192/69 del Consejo] y 39a [Reglamento (UE) 2016/2337 del Parlamento Europeo y del Consejo], se suprimirán con efecto a partir del 1 de enero de 2018.

Artículo 2

El texto del Reglamento (UE) 2016/2337 en lenguas islandesa y noruega, que se publicará en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, es auténtico.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 6 de mayo de 2017, siempre que se hayan transmitido todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1).

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 5 de mayo de 2017.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Claude MAERTEN


(1)   DO L 354 de 23.12.2016, p. 20.

(2)   DO L 156 de 28.6.1969, p. 8.

(*1)  No se han indicado preceptos constitucionales.


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