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Document 22018P0315(04)

Resolución de la Asamblea Parlamentaria Euronest sobre el fomento de la cooperación energética en el marco de la Asociación Oriental con miras a la aplicación del Acuerdo de París sobre el cambio climático de 2015

DO C 99 de 15.3.2018, pp. 7–11 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

15.3.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 99/7


RESOLUCIÓN

de la Asamblea Parlamentaria Euronest sobre el fomento de la cooperación energética en el marco de la Asociación Oriental con miras a la aplicación del Acuerdo de París sobre el cambio climático de 2015

(2018/C 99/04)

LA ASAMBLEA PARLAMENTARIA EURONEST,

Visto el Acto constitutivo de la Asamblea Parlamentaria Euronest, de 3 de mayo de 2011,

Vista la Declaración Conjunta de la Cumbre de la Asociación Oriental, celebrada en Riga los días 21 y 22 de mayo de 2015,

Vistos la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) y su Protocolo de Kioto,

Vistos el Acuerdo de París y la Decisión 1/CP.21 de la Conferencia de las Partes, celebrada en París del 30 de noviembre al 11 de diciembre de 2015,

Vista la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, adoptada por la Cumbre de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible el 25 de septiembre de 2015 y, en particular, los objetivos de Desarrollo Sostenible para 2030 de las Naciones Unidas números 7, «Energía asequible y no contaminante», y 13, «Acción por el clima»,

Vista la resolución de la Asamblea Parlamentaria Euronest, de 22 de marzo de 2016, sobre el desarrollo de políticas en materia de gas no convencional y sobre los posibles efectos en el mercado energético de la UE y de los países socios de Europa Oriental,

Vistos los acuerdos de asociación entre la UE, por una parte, y Georgia, Moldavia y Ucrania, por otra, y en particular las disposiciones relativas a la cooperación en materia de energía,

Visto el Acuerdo (Acuerdo Global de Colaboración Reforzada; CEPA, por sus siglas en inglés) rubricado el 21 de marzo de 2017 entre la UE, por una parte, y Armenia, por otra, y en particular sus disposiciones sobre cooperación energética,

Vista la Declaración Conjunta de los ministros de Asuntos Exteriores del Grupo de Visegrado sobre la Asociación Oriental, en que se plasman los resultados de su reunión de 12 de abril de 2017 en Varsovia, ofreciendo perspectivas de adhesión a la UE a los países de la Asociación Oriental interesados,

Vista la resolución del Parlamento Europeo, de 6 de octubre de 2016, sobre la aplicación del Acuerdo de París y de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático que tuvo lugar en 2016 en Marrakech (1),

Vista la declaración ministerial de los Estados miembros de la UE y los socios de Europa Oriental, de 18 de octubre de 2016, sobre el medio ambiente y el cambio climático en la Asociación Oriental,

Visto el paquete legislativo de la Comisión, de 30 de noviembre de 2016, sobre «Energía limpia para todos los europeos»,

Visto el documento de trabajo conjunto de la Comisión y el Servicio Europeo de Acción Exterior, de 15 de diciembre de 2016, titulado «Asociación Oriental: Centrando la atención en las prioridades y los resultados clave» [SWD(2016) 467],

A.

Considerando que en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, celebrada en París en diciembre de 2015, 193 países firmantes alcanzaron un acuerdo mundial en el que se fijaron objetivos y mecanismos para responder al cambio climático y se establecieron obligaciones vinculantes; que la UE se comprometió en París a alcanzar antes de 2030 una reducción interna de las emisiones de gases de efecto invernadero de al menos un 40 % en comparación con los niveles de 1990; que el 4 de noviembre de 2016 entró en vigor el Acuerdo de París;

B.

Considerando que para lograr una reducción drástica de las emisiones, las Partes del Acuerdo de París tienen que reducir la intensidad de emisiones de CO2 de sus sistemas energéticos y poner en marcha estrategias ambiciosas a fin de promover una transición hacia mercados con bajas emisiones de carbono en una economía global;

C.

Considerando que los participantes en la Cumbre de la Asociación Oriental celebrada en Riga en 2015 reiteraron su intención de profundizar aún más la cooperación bilateral y multilateral en la esfera del cambio climático y la energía; que, en consonancia con la revisión de la política europea de vecindad, efectuada en noviembre de 2015, la UE y los socios de Europa Oriental han prestado una mayor atención a la seguridad energética y a la acción por el clima;

D.

Considerando que, en virtud del Instrumento Europeo de Vecindad y de su segunda fase de programación plurianual hasta 2020, la UE señala prioridades clave para la cooperación energética en el marco de la Asociación Oriental, de conformidad con las prioridades fijadas en Riga y los veinte objetivos para 2020 propuestos en el documento de trabajo conjunto, de 15 de diciembre de 2016, de la Comisión y el SEAE;

E.

Considerando que la UE ha sentado las bases para una Unión de la Energía a escala de la UE, como un instrumento mediante el cual lograr una energía segura, sostenible y competitiva para todos los europeos; que los objetivos de la Unión de la Energía son unificar el sector energético europeo, hacer frente al problema de la fragmentación de los mercados energéticos mediante una coordinación más eficaz de las políticas energéticas, permitir la libre circulación transfronteriza de la energía, fomentar las inversiones en nueva capacidad e infraestructuras al objeto de diversificar el suministro energético, así como reducir las facturas de los hogares, fomentar la creación de empleo y el crecimiento; que, con esos fines, la Unión de la Energía apoya el cumplimiento de los compromisos asumidos por la UE con arreglo al Acuerdo de París y establece vías coherentes para alcanzar los objetivos de la política energética y climática a fin de garantizar una transición integral a nivel mundial hacia una economía competitiva y con bajas emisiones de carbono;

F.

Considerando que los socios de Europa Oriental afrontan una demanda de energía que aumenta a una velocidad superior a la media de la UE; que sus economías tienen un consumo energético mucho más elevado que la media de los Estados miembros de la UE y que esta ineficiencia energética obstaculiza sus esfuerzos por frenar el cambio climático;

G.

Considerando que los socios de Europa Oriental se encuentran en una fase temprana del proceso de transición hacia un mercado libre y unos sectores energéticos cuyos precios vengan marcados por el mercado; que la ausencia de reformas en los marcos reguladores y de inversiones del sector privado dificultan la transición hacia un mercado energético liberal;

H.

Considerando que para hacer realidad las perspectivas de adhesión a la UE de aquellos países de la Asociación Oriental interesados se necesita tanto apoyo político como la promoción de proyectos que plasmen las políticas y las mejores prácticas de la UE, incluida la aplicación del Acuerdo de París,

Lograr los objetivos políticos comunes y estar a la altura de los compromisos

1.

Conviene con las Partes en el Acuerdo de París sobre el cambio climático en que este fenómeno constituye una amenaza para la paz y la estabilidad, la prosperidad económica mundial, la reducción de la pobreza y el desarrollo sostenible; acoge con satisfacción el compromiso de las Partes de poner en marcha iniciativas conjuntas para limitar el aumento de la temperatura media mundial muy por debajo de 2 °C con respecto a los niveles preindustriales y para evitar efectos climáticos adversos importantes.

2.

Expresa su satisfacción por el compromiso asumido por todos los Estados miembros de la UE y los socios de Europa Oriental en el Acuerdo de París, y pide a las autoridades de los países que todavía no lo hayan hecho que finalicen con diligencia el proceso de ratificación; toma nota de las contribuciones previstas determinadas a nivel nacional (CPDN) presentadas por los Estados miembros de la UE y los socios a fin de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero; insta a los Gobiernos de los Estados miembros de la UE y de los socios a que actualicen sus CPDN conforme al Acuerdo de París y los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas para 2030; señala la importancia que revisten los planes nacionales en materia de energía y cambio climático para la programación y para velar por el cumplimiento de las contribuciones nacionales previstas actualizadas para la aplicación de los compromisos del Acuerdo de París; subraya la obligación que tienen las Partes de seguir, notificar y verificar los niveles de las emisiones de gases de efecto invernadero de manera transparente.

3.

Cree que para lograr los objetivos establecidos en el Acuerdo de París será necesario introducir grandes cambios estructurales en las economías y en los sistemas energéticos de las Partes, incluidos un cambio progresivo hacia una combinación energética más diversificada, el fomento de fuentes de energía sostenibles y la mejora de la eficiencia energética en todos los sectores, incluidos los sectores del transporte y la construcción.

4.

Destaca la importancia fundamental de desarrollar las energías renovables y mejorar la eficiencia energética a fin de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero en todos los sectores energéticos y contribuir con ello a cumplir los compromisos individuales contraídos por las Partes del Acuerdo de París; cree que las políticas en favor de las energías renovables y de la eficiencia energética son vectores de crecimiento económico y empleo; pide a la Comisión Europea, a las autoridades de los Estados miembros de la UE y a los socios de Europa Oriental que impulsen un sistema integrado de medidas para promover un mayor consumo de energías renovables y mejorar la eficiencia energética, que incluya nuevos incentivos para el ahorro de energía en todos los sectores económicos, en especial la construcción y el transporte; pide también que las políticas en pro de la energía renovable y la eficiencia energética se integren en todos los ámbitos relacionados con la producción, el transporte, la distribución y el almacenamiento de la energía.

5.

Subraya que para poder integrar grandes cantidades de electricidad procedente de fuentes de energía renovables, lo que implica descentralizar gradualmente la producción de electricidad de esas fuentes y de combustibles alternativos y permitir la participación del consumidor en, por ejemplo, la respuesta a la demanda, es imprescindible mejorar las redes, incluida la cooperación regional y transfronteriza que garantizaría su interoperabilidad; pide a la Comisión y a las autoridades de los socios de Europa Oriental que faciliten el desarrollo de la interconexión de infraestructuras y redes inteligentes.

6.

Apoya las políticas energéticas de mercado, basadas en una competencia leal y abierta entre los proveedores de energía y en la transparencia del mercado; subraya que la Unión de la Energía de la UE implica la creación de un mercado paneuropeo de la energía en el que los socios de Europa Oriental tengan un importante papel; insta a la Comisión y a las autoridades de los socios de Europa Oriental a que revisen sistemáticamente las normas del mercado y propongan las adaptaciones necesarias para lograr un medio más propicio a las inversiones en energías renovables, como respuesta a las deficiencias del mercado y a los proyectos de eficiencia energética; destaca la importancia de crear incentivos para las energías renovables que garanticen unas condiciones equitativas para las energías renovables y los combustibles fósiles y, a largo plazo, eliminar las subvenciones a las fuentes de producción energética más arraigadas, que distorsionan los mercados energéticos.

7.

Hace hincapié en la necesidad de fomentar un clima empresarial atractivo y un marco regulador adecuado que incentiven la inversión del sector privado en energías renovables, en sus infraestructuras de transporte de energía y en el comercio transfronterizo de la electricidad procedente de energías renovables.

8.

Pide a las autoridades de los socios de la UE que agilicen el proceso de adaptación de su legislación a la legislación de la UE relativa al cambio climático y la energía, aspectos estipulados en los acuerdos de asociación; en este sentido, subraya que es importante cooperar con la Comunidad de la Energía, la Comisión Europea y los Estados miembros de la UE con miras a crear el marco jurídico, institucional, financiero, económico y tecnológico adecuado que posibilitará una transición gradual a un desarrollo hipocarbónico; acoge con satisfacción la reciente ampliación de la Comunidad de la Energía con la adhesión de Georgia, al tiempo que recalca que es necesario que se cumplan en su totalidad las correspondientes disposiciones de adhesión; acoge con agrado la solicitud de Bielorrusia para obtener el estatuto de observador de dicha organización.

9.

Pide a la Comisión que incremente el apoyo y la asistencia que brinda a la creación de capacidad de aquellos socios de Europa Oriental que estén aplicando medidas para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero.

10.

Pide a la Comisión Europea y a las autoridades de los Estado miembros de la EU que ayuden a los socios de Europa Oriental interesados en la perspectiva de la adhesión a la UE a elaborar planes nacionales en materia de energía y cambio climático para 2021-2030 y a determinar sus fuentes de financiación y facilitar su aplicación.

11.

Subraya el papel clave que desempeña el gas en la transición a sistemas energéticos con bajas emisiones de carbono en Europa y su complementariedad con las energías renovables; a este respecto, considera fundamental diversificar las fuentes de energía y las rutas de suministro, incluida la inversión de las rutas de flujo de gas, para la seguridad energética de los Estados miembros de la UE y los socios de Europa Oriental y para su capacidad de cumplir los compromisos contraídos en materia de políticas para el cambio climático; subraya la importancia de un suministro energético nacional descentralizado; acoge con satisfacción la apertura o el desarrollo de interconexiones y de flujos inversos de gasoductos, el Corredor Meridional de Gas y las nuevas instalaciones que posibilitan las exportaciones e importaciones de gas natural licuado, incluida la extracción de gas natural de fuentes convencionales y no convencionales; observa que las nuevas rutas no deberían provocar una mayor dependencia respecto de los proveedores de gas dominantes, ni ir en detrimento de la seguridad energética regional o de la Estrategia de la Unión de la Energía de la UE; resalta que todos los nuevos tramos marinos y terrestres que componen la infraestructura de los gasoductos deben respetar las normas medioambientales y los principios fundamentales consagrados en la legislación pertinente de la UE; destaca que la construcción del gasoducto submarino Nord Stream 2 tendrá un efecto perjudicial en el mercado regional del gas y, en especial, repercutirá negativamente en el sistema ucraniano de transporte de gas; pide a la UE y a los socios de Europa Oriental que sigan estudiando sus posibilidades como región de tránsito y que se abstengan de participar en proyectos contrarios a los compromisos asumidos en virtud del Tratado de la Comunidad de la Energía y de los acuerdos de asociación de la UE con Georgia, Moldavia y Ucrania.

12.

Opina que todo Estado tiene soberanía para adoptar decisiones con respecto a su propia combinación energética; no obstante, reitera su llamamiento a las autoridades bielorrusas a que detengan la construcción de la central nuclear de Astravets y los avances en el campo de carbonato de calcio de Jatsislau hasta que se haya efectuado una evaluación del impacto ambiental de su desarrollo y funcionamiento de manera abierta y transparente, que cumpla las más estrictas normas a nivel internacional en materia de seguridad nuclear y medioambiental; pide asimismo que todas las partes interesadas participen en el proceso de evaluación, de manera que se garantice que no se realicen comprometen la protección medioambiental y la seguridad nuclear; pide a los Estados miembros de la UE y a los socios de Europa Oriental implicados que continúen respetando las medidas de seguridad de sus centrales nucleares y sus equipos, de conformidad con las normas internacionales, en especial aplicando los informes del Organismo Internacional de Energía Atómica, y pide que impulsen sistemas de seguridad adecuados para las capacidades de energía nuclear.

Fortalecer la cooperación para la elaboración de políticas energéticas y ampliación de los programas que han sido un éxito

13.

Acoge con satisfacción el compromiso asumido conjuntamente por la UE y los socios de Europa Oriental para intensificar la cooperación en la lucha contra los desafíos medioambientales y el cambio climático y promover al mismo tiempo un desarrollo económico sostenible e integrador, como se reiteró en la declaración de la primera reunión ministerial de la Asociación Oriental, celebrada el 18 de octubre de 2016 y centrada en estas cuestiones.

14.

Respalda las prioridades de la Asociación Oriental en el ámbito de la energía hasta 2020, establecidas en la segunda fase de la programación plurianual del Instrumento Europeo de Vecindad; cree que dichas prioridades están en consonancia con los objetivos del Acuerdo de París.

15.

Destaca la importancia de la investigación y la innovación en el ámbito del cambio climático y las políticas energéticas; pide a la UE y a los socios de Europa Oriental que promuevan la coordinación para lograr tecnologías eficientes en el uso de los recursos y con bajas emisiones de carbono, así como la transferencia de dichas tecnologías y la innovación, de manera que se incremente la capacidad de adaptación de sus economías.

16.

Señala que es importante que los socios de Europa Oriental fortalezcan el papel de la diplomacia energética al objeto de promover políticas y programas, tecnologías energéticas avanzadas poco contaminantes, el intercambio de las experiencias adquiridas y las mejores prácticas, así como el uso de un paquete financiero para inversiones fuera de la UE.

17.

Acoge con satisfacción las iniciativas de los socios de Europa Oriental centradas en diversificar sus fuentes energéticas, por ejemplo, la aplicación con éxito por Moldavia del proyecto «Energía y Biomasa», financiado por la UE y que ha contribuido a aumentar la producción de recursos energéticos renovables y la diversificación del suministro energético en el país; acoge con satisfacción los esfuerzos realizados por Georgia y Ucrania por aumentar sus medidas de eficiencia energética en sectores residenciales, así como los esfuerzos de Armenia por desarrollar fuentes energéticas alternativas; felicita la iniciativa de Azerbaiyán de adoptar nuevos actos legislativos y reemplazar las tecnologías e instalaciones obsoletas para poder cumplir los objetivos establecidos en el marco del Acuerdo de París sobre el Cambio Climático de 2015 y otras normas internacionales; destaca que deberían destinarse a las zonas afectadas por los conflictos en los países socios de Europa Oriental proyectos internacionales gubernamentales y no gubernamentales en materia medioambiental, a pesar de la situación política, a fin de velar por la protección última de las necesidades medioambientales de la población; señala que si se desarrollase a este respecto una política específica en virtud de la Asociación Oriental, debería ser inclusiva.

18.

Acoge con satisfacción la reciente ampliación de la Asociación Europea Oriental para la Eficiencia Energética y el Medio Ambiente a todos los socios de Europa Oriental, cuyo fin es agilizar la puesta en marcha de importantes proyectos medioambientales y de eficiencia energética.

19.

Apoya firmemente el compromiso asumido en el marco del Pacto de los Alcaldes del Este (CoMO East) para el período 2016-2020, en el que se reúnen miles de autoridades locales y regionales que trabajan de consuno para aplicar los objetivos climáticos y energéticos de la UE; alienta a los municipios de los socios de Europa Oriental a que ejecuten sus planes de acción para la energía sostenible y las acciones por el clima con el apoyo financiero de CoMO East, y a que estudien al mismo tiempo modos de incrementar el nivel de inversiones, como la agrupación de proyectos y otros tipos de asistencia técnica.

20.

Acoge con agrado la ampliación de la iniciativa EU4Energy a todos los socios de Europa Oriental, cuyos objetivos son mejorar el entorno legislativo y regulador, mejorar el clima de inversión y contribuir a la cooperación mediante proyectos de infraestructuras clave; apoya el proyecto de políticas de Clima Este, financiado por la UE, que presta apoyo a los socios de Europa Oriental con la gestión de las políticas en materia de cambio climático, y apoya también la estrecha colaboración que mantienen con la Comisión los ministerios de medio ambiente, ecología y protección de la naturaleza de los seis socios, con el objetivo de aplicar el Acuerdo de París.

21.

Acoge con satisfacción la cooperación mantenida entre la UE y los socios de Europa Oriental para garantizar el suministro de gas, especialmente las capacidades de flujo inverso de gas natural desde Hungría, Polonia y Eslovaquia hasta Ucrania, así como desde Rumanía hasta Moldavia.

22.

Pide a los Estados miembros de la UE y a los socios de Europa Oriental que mejoren la aplicación de los acuerdos ya firmados para aumentar la capacidad de invertir los flujos de gas natural desde Bulgaria y Grecia hasta Ucrania a través de Rumanía.

23.

Apoya la adaptación de los instrumentos financieros a las políticas y los planes promovidos por la UE, los socios de Europa Oriental y las organizaciones internacionales y regionales, incluidos las instituciones financieras, los bancos y los donantes de los diferentes países para promover un desarrollo hipocarbónico.

24.

Encarga a sus copresidentes que transmitan esta resolución al presidente del Parlamento Europeo, al Consejo, a la Comisión, a la Vicepresidenta de la Comisión/Alta Representante de la UE para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, al comisario de Política Europea de Vecindad y Negociaciones de Ampliación, al Servicio Europeo de Acción Exterior, a los Gobiernos y a los Parlamentos de los Estados miembros de la UE y de los países socios de Europa Oriental.


(1)  Texto aprobado P8_TA(2016) 0383.


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