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Document 22016D2199
Decision of the EEA Joint Committee No 164/2015 of 11 June 2015 amending Annex XIII (Transport) to the EEA Agreement [2016/2199]
Decisión del Comité Mixto del EEE n.° 164/2015, de 11 de junio de 2015, por la que se modifica el anexo XIII (Transportes) del Acuerdo EEE [2016/2199]
Decisión del Comité Mixto del EEE n.° 164/2015, de 11 de junio de 2015, por la que se modifica el anexo XIII (Transportes) del Acuerdo EEE [2016/2199]
DO L 341 de 15.12.2016, p. 63–63
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
|
15.12.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 341/63 |
DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE
N.o 164/2015
de 11 de junio de 2015
por la que se modifica el anexo XIII (Transportes) del Acuerdo EEE [2016/2199]
EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo, «Acuerdo EEE», y en particular su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento (UE) n.o 139/2014 de la Comisión, de 12 de febrero de 2014, por el que se establecen los requisitos y procedimientos administrativos relativos a los aeródromos, de conformidad con el Reglamento (CE) n.o 216/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo (1). |
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(2) |
Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo XIII del Acuerdo EEE. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Después del punto 66ng [Reglamento (UE) n.o 452/2014 de la Comisión] del anexo XIII del Acuerdo EEE, se inserta el punto siguiente:
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«66nh. |
32014 R 0139: Reglamento (UE) n.o 139/2014 de la Comisión, de 12 de febrero de 2014, por el que se establecen los requisitos y procedimientos administrativos relativos a los aeródromos, de conformidad con el Reglamento (CE) n.o 216/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 44 de 14.2.2014, p. 1).». |
Artículo 2
Los textos del Reglamento (UE) n.o 139/2014 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 12 de junio de 2015, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 11 de junio de 2015.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Gianluca GRIPPA
(1) DO L 44 de 14.2.2014, p. 1.
(*1) No se han indicado preceptos constitucionales.