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Document 22014D0174
Decision of the EEA Joint Committee No 174/2014 of 25 September 2014 amending Annex II (Technical regulations, standards, testing and certification) to the EEA Agreement [2015/1242]
Decisión del Comité Mixto del EEE n° 174/2014, de 25 de septiembre de 2014, por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE [2015/1242]
Decisión del Comité Mixto del EEE n° 174/2014, de 25 de septiembre de 2014, por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE [2015/1242]
DO L 202 de 30.7.2015, p. 22–22
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
|
30.7.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 202/22 |
DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE
N o 174/2014
de 25 de septiembre de 2014
por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE [2015/1242]
EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo EEE», y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
Las Directivas 76/117/CEE (1), 79/196/CEE (2) y 82/130/CEE (3) del Consejo, incorporadas al Acuerdo EEE, fueron derogadas por la Directiva 94/9/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (4), incorporada al Acuerdo EEE, por lo que las referencias a las Directivas 76/117/CEE, 79/196/CEE y 82/130/CEE deben suprimirse del mismo. |
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(2) |
La Directiva 94/26/CE de la Comisión (5), incorporada al Acuerdo EEE, ha quedado obsoleta, por lo que debe suprimirse del mismo. |
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(3) |
Por razones prácticas, se renumeran los actos que figuran bajo el encabezamiento «ACTOS DE LOS QUE DEBERÁN TOMAR NOTA LAS PARTES CONTRATANTES» en el capítulo X del anexo II. |
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(4) |
Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo II del Acuerdo EEE. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El capítulo X del anexo II del Acuerdo EEE queda modificado como sigue:
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1) |
Se suprime el texto de los puntos 2 (Directiva 76/117/CEE del Consejo), 3 (Directiva 79/196/CEE del Consejo), 4 (Directiva 82/130/CEE del Consejo) y 7b (Directiva 94/26/CE de la Comisión). |
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2) |
Bajo el encabezamiento «ACTOS DE LOS QUE DEBERÁN TOMAR NOTA LAS PARTES CONTRATANTES» , los puntos 8 (suprimido) a 25 (suprimido) pasan a ser puntos del 1 al 18. |
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el 26 de septiembre de 2014, siempre que se hayan transmitido todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1).
Artículo 3
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 25 de septiembre de 2014.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Kurt JÄGER
(1) DO L 24 de 30.1.1976, p. 45.
(2) DO L 43 de 20.2.1979, p. 20.
(3) DO L 59 de 2.3.1982, p. 10.
(4) DO L 100 de 19.4.1994, p. 1.
(5) DO L 157 de 24.6.1994, p. 33.
(*1) No se han indicado preceptos constitucionales.