Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 22004A0225(02)

    Acuerdo administrativo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el sistema provisional de puntos aplicable a los vehículos pesados que atraviesen Austria

    DO L 57 de 25.2.2004, p. 17–18 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

    Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (CS, ET, LV, LT, HU, MT, PL, SK, SL)

    Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 31/12/2006

    ELI: http://data.europa.eu/eli/arrang/2004/182/oj

    Related Council decision

    22004A0225(02)

    Acuerdo administrativo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el sistema provisional de puntos aplicable a los vehículos pesados que atraviesen Austria

    Diario Oficial n° L 057 de 25/02/2004 p. 0017 - 0018


    Acuerdo administrativo en forma de Canje de Notas

    entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el sistema provisional de puntos aplicable a los vehículos pesados que atraviesen Austria

    A. Nota de la Comunidad Europea

    Excmo. Sr.:

    Tengo el honor de informarle que, como resultado de las negociaciones celebradas entre la delegación de la Confederación Suiza y la delegación de la Comunidad Europea en el marco del artículo 11 del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el transporte de mercancías y de viajeros por ferrocarril y por carretera(1), se ha convenido en lo siguiente:

    1. El sistema provisional de puntos se aplicará a los camiones matriculados en Suiza con un peso total autorizado superior a 7,5 toneladas que utilicen 6, 7 u 8 puntos, cuando dichos vehículos, cargados o no, transiten por Austria.

    Se prohíbe transitar por Austria a los vehículos que utilicen más de 8 puntos.

    Se exime del pago de puntos a los vehículos que hubieran debido pagar un número de puntos no superior a 5.

    2. El número de puntos atribuidos para los camiones de mercancías suizos en tránsito por Austria asciende a:

    140992 puntos para 2004,

    133572 puntos para 2005,

    126151 puntos para 2006.

    Una quinta parte de los puntos se distribuirá en forma de puntos en papel.

    3. Las modalidades de aplicación y los procedimientos de gestión y control de los puntos serán idénticos a los que se aplicaban en el antiguo sistema de ecopuntos y figuran en el Convenio entre el Departamento Federal de Medio Ambiente, Transportes, Energía y Comunicaciones de la Confederación Suiza y el Ministerio Federal de Ciencia y de Transportes de la República de Austria sobre la aplicación de un sistema de ecopuntos para el tránsito por Austria, celebrado el 9 de septiembre de 1999.

    El Comité de Transportes Terrestres Comunidad/Suiza adoptará, en caso necesario, las medidas complementarias relativas a los procedimientos referentes al sistema provisional de puntos, la distribución de éstos y los aspectos técnicos de la aplicación del presente Canje de Notas.

    4. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de la fecha en que ambas Partes se notifiquen haber ultimado sus respectivos procedimientos de celebración.

    Se aplicará con carácter provisional a partir del 1 de enero de 2004.

    Expirará simultáneamente a la expiración del Reglamento (CE) n° 2327/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de diciembre de 2003, por el que se instaura un sistema provisional de puntos aplicable a los vehículos pesados que transiten por Austria en 2004 en el marco de una política de transportes sostenible(2).

    Le agradecería tuviese la amabilidad de confirmar el acuerdo de su Gobierno con el contenido de la presente Nota.

    Le ruego acepte el testimonio de mi más alta consideración.

    B. Nota de la Confederación Suiza

    Excmo. Sr.:

    Tengo el honor de acusar recibo de su Nota precedente redactada en los siguientes términos:

    "Tengo el honor de informarle que, como resultado de las negociaciones celebradas entre la delegación de la Confederación Suiza y la delegación de la Comunidad Europea en el marco del artículo 11 del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el transporte de mercancías y de viajeros por ferrocarril y por carretera(3), se ha convenido en lo siguiente:

    1. El sistema provisional de puntos se aplicará a los camiones matriculados en Suiza con un peso total autorizado superior a 7,5 toneladas que utilicen 6, 7 u 8 puntos, cuando dichos vehículos, cargados o no, transiten por Austria.

    Se prohíbe transitar por Austria a los vehículos que utilicen más de 8 puntos.

    Se exime del pago de puntos a los vehículos que hubieran debido pagar un número de puntos no superior a 5.

    2. El número de puntos atribuidos para los camiones de mercancías suizos en tránsito por Austria asciende a:

    140992 puntos para 2004,

    133572 puntos para 2005,

    126151 puntos para 2006.

    Una quinta parte de los puntos se distribuirá en forma de puntos en papel.

    3. Las modalidades de aplicación y los procedimientos de gestión y control de los puntos serán idénticos a los que se aplicaban en el antiguo sistema de ecopuntos y figuran en el Convenio entre el Departamento Federal de Medio Ambiente, Transportes, Energía y Comunicaciones de la Confederación Suiza y el Ministerio Federal de Ciencia y de Transportes de la República de Austria sobre la aplicación de un sistema de ecopuntos para el tránsito por Austria, celebrado el 9 de septiembre de 1999.

    El Comité de Transportes Terrestres Comunidad/Suiza adoptará, en caso necesario, las medidas complementarias relativas a los procedimientos referentes al sistema provisional de puntos, la distribución de éstos y los aspectos técnicos de la aplicación del presente Canje de Notas.

    4. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de la fecha en que ambas Partes se notifiquen haber ultimado sus respectivos procedimientos de celebración.

    Se aplicará con carácter provisional a partir del 1 de enero de 2004.

    Expirará simultáneamente a la expiración del Reglamento (CE) n° 2327/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de diciembre de 2003, por el que se instaura un sistema provisional de puntos aplicable a los vehículos pesados que transiten por Austria en 2004 en el marco de una política de transportes sostenible(4).

    Le agradecería tuviese a bien confirmarme el acuerdo de su Gobierno sobre lo que precede.".

    Tengo el honor de confirmarle el acuerdo de mi Gobierno sobre el contenido de dicha Nota.

    Le ruego acepte el testimonio de mi más alta consideración.

    (1) DO L 114 de 30.4.2002, p. 91.

    (2) DO L 345 de 31.12.2003, p. 30.

    (3) DO L 114 de 30.4.2002, p. 91.

    (4) DO L 345 de 31.12.2003, p. 30.

    Top