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Document 22003D0064

Decisión del Comité Mixto del EEE n° 64/2003, de 16 de mayo de 2003, por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertades

DO L 193 de 31.7.2003, pp. 54–55 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (CS, ET, LV, LT, HU, MT, PL, SK, SL, BG, RO, HR)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2003/64(3)/oj

22003D0064

Decisión del Comité Mixto del EEE n° 64/2003, de 16 de mayo de 2003, por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertades

Diario Oficial n° L 193 de 31/07/2003 p. 0054 - 0055


Decisión del Comité Mixto del EEE

no 64/2003

de 16 de mayo de 2003

por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertades

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en adelante denominado "el Acuerdo", y, en particular, sus artículos 86 y 98,

Considerando lo siguiente:

(1) El Protocolo 31 del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n° 19/2003, de 31 de enero de 2003(1).

(2) Conviene continuar la cooperación de las Partes contratantes en el Acuerdo en las acciones preparatorias para la cooperación en materia de educación y política de la juventud - gastos de gestión administrativa.

(3) Conviene continuar la cooperación de las Partes contratantes en el Acuerdo en las acciones preparatorias para la cooperación en materia de educación y política de la juventud.

(4) Debe modificarse en consecuencia el Protocolo 31 del Acuerdo para que esta cooperación continúe después del 31 de diciembre de 2002.

DECIDE:

Artículo 1

El texto del punto 2f (Acciones preparatorias para la cooperación en materia de educación y política de la juventud) del artículo 4 del Protocolo 31 del Acuerdo se sustituirá por el texto siguiente:

"2f. Con efecto a partir del 1 de enero de 2001, los Estados de la AELC participarán en las acciones comunitarias incluidas en las partidas presupuestaras que se indican a continuación, inscritas en el presupuesto general de la Unión Europea correspondiente a los ejercicios financieros 2001, 2002 y 2003:

- B3-1 0 0 0A: 'Acciones preparatorias para la cooperación en políticas de educación y juventud - gastos de gestión administrativa';

- B3-1 0 0 0: 'Acciones preparatorias para la cooperación en políticas de educación y juventud'.".

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el 17 de mayo de 2003, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo(2).

Artículo 3

La presente Decisión se publicará en la Sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 16 de mayo de 2003.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

P. Westerlund

(1) DO L 94 de 10.4.2003, p. 80.

(2) No se han indicado preceptos constitucionales.

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