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Document 32022R0355R(03)

Corrección de errores del Reglamento (UE) 2022/355 del Consejo, de 2 de marzo de 2022, por el que se modifica el Reglamento (CE) n.° 765/2006 relativo a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Bielorrusia (Diario Oficial de la Unión Europea L 67 de 2 de marzo de 2022)

ST/10642/2022/INIT

DO L 189 de 18.7.2022, p. 24–24 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2022/355/corrigendum/2022-07-18/oj

18.7.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 189/24


Corrección de errores del Reglamento (UE) 2022/355 del Consejo, de 2 de marzo de 2022, por el que se modifica el Reglamento (CE) n.° 765/2006 relativo a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Bielorrusia

( Diario Oficial de la Unión Europea L 67 de 2 de marzo de 2022 )

En la página 6, en el artículo 1, punto 6, nuevo artículo 1 septies ter:

donde dice:

«Artículo 1 septies ter

1.   La notificación a la autoridad competente a que se refieren el apartado 3 de los artículos 1 sexies y 2 septies, se presentará por medios electrónicos, siempre que sea posible, en formularios que contengan al menos todos los elementos de los modelos que figuran en el anexo V quater y en el orden previsto en ellos.

2.   Todas las autorizaciones a que se refieren los artículos 1 sexies y 1 septies se presentarán por medios electrónicos, siempre que sea posible, en formularios que contengan al menos todos los elementos de los modelos que figuran en el anexo V quater y en el orden previsto en ellos.»,

debe decir:

«Artículo 1 septies ter

1.   La notificación a la autoridad competente a que se refiere el artículo 1 sexies, apartado 3, y el artículo 1 septies, apartado 3, se presentará por medios electrónicos, siempre que sea posible, en formularios que contengan al menos todos los elementos de los modelos que figuran en el anexo V quater y en el orden previsto en ellos.

2.   Todas las autorizaciones a que se refieren los artículos 1 sexies y 1 septies se presentarán por medios electrónicos, siempre que sea posible, en formularios que contengan al menos todos los elementos de los modelos que figuran en el anexo V quater y en el orden previsto en ellos.».


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