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Document 32007R0525
Commission Regulation (EC) No 525/2007 of 11 May 2007 fixing the minimum selling price for butter for the 63rd individual invitation to tender issued under the standing invitation to tender referred to in Regulation (EC) No 2771/1999
Reglamento (CE) n o 525/2007 de la Comisión, de 11 de mayo de 2007 , por el que se establece el precio mínimo de venta de la mantequilla para la 63 a licitación específica convocada con arreglo a la licitación permanente mencionada en el Reglamento (CE) n o 2771/1999
Reglamento (CE) n o 525/2007 de la Comisión, de 11 de mayo de 2007 , por el que se establece el precio mínimo de venta de la mantequilla para la 63 a licitación específica convocada con arreglo a la licitación permanente mencionada en el Reglamento (CE) n o 2771/1999
DO L 123 de 12.5.2007, p. 20–20
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
12.5.2007 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 123/20 |
REGLAMENTO (CE) N o 525/2007 DE LA COMISIÓN
de 11 de mayo de 2007
por el que se establece el precio mínimo de venta de la mantequilla para la 63a licitación específica convocada con arreglo a la licitación permanente mencionada en el Reglamento (CE) no 2771/1999
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 1255/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la leche y de los productos lácteos (1), y, en particular, la letra c) de su artículo 10,
Considerando lo siguiente:
(1) |
Con arreglo al artículo 21 del Reglamento (CE) no 2771/1999 de la Comisión, de 16 de diciembre de 1999, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 1255/1999 del Consejo en lo que respecta a las medidas de intervención en el mercado de la mantequilla y la nata (2), los organismos de intervención han puesto en venta mediante licitación permanente determinadas cantidades de mantequilla en su poder. |
(2) |
Teniendo en cuenta las ofertas recibidas en respuesta a cada licitación específica, se fijará un precio mínimo de venta o se tomará la decisión de no adjudicar el contrato, con arreglo al artículo 24 bis del Reglamento (CE) no 2771/1999. |
(3) |
Habida cuenta de las ofertas recibidas, debe fijarse un precio mínimo de venta. |
(4) |
Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la leche y de los productos lácteos. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
Para la 63a licitación específica con arreglo al Reglamento (CE) no 2771/1999, cuyo plazo de presentación de ofertas terminó el 8 de mayo de 2007, el precio mínimo de venta de la mantequilla queda fijado en 248,00 EUR/100 kg.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el 12 de mayo de 2007.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 11 de mayo de 2007.
Por la Comisión
Jean-Luc DEMARTY
Director General de Agricultura y Desarrollo Rural
(1) DO L 160 de 26.6.1999, p. 48. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 1913/2005 de la Comisión (DO L 307 de 25.11.2005, p. 2).
(2) DO L 333 de 24.12.1999, p. 11. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 1802/2005 (DO L 290 de 4.11.2005, p. 3).