Šis dokumentas gautas iš interneto svetainės „EUR-Lex“
Dokumentas 62014TJ0715
Sentencia del Tribunal General (Sala Sexta) de 13 de septiembre de 2018.
PAO Rosneft Oil Company, anciennement NK Rosneft OAO y otros contra Consejo de la Unión Europea.
Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania — Obligación de motivación — Error manifiesto de apreciación — Derecho de defensa y derecho a la tutela judicial efectiva — Acuerdo de Colaboración y Cooperación entre la Unión Europea y Rusia — Derecho de propiedad — Igualdad de trato — Proporcionalidad — Desviación de poder — Seguridad jurídica.
Asunto T-715/14.
Sentencia del Tribunal General (Sala Sexta) de 13 de septiembre de 2018.
PAO Rosneft Oil Company, anciennement NK Rosneft OAO y otros contra Consejo de la Unión Europea.
Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania — Obligación de motivación — Error manifiesto de apreciación — Derecho de defensa y derecho a la tutela judicial efectiva — Acuerdo de Colaboración y Cooperación entre la Unión Europea y Rusia — Derecho de propiedad — Igualdad de trato — Proporcionalidad — Desviación de poder — Seguridad jurídica.
Asunto T-715/14.
Sentencia del Tribunal General (Sala Sexta) de 13 de septiembre de 2018 — Rosneft y otros/Consejo
(Asunto T‑715/14)
«Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania — Obligación de motivación — Error manifiesto de apreciación — Derecho de defensa y derecho a la tutela judicial efectiva — Acuerdo de Colaboración y Cooperación entre la Unión Europea y Rusia — Derecho de propiedad — Igualdad de trato — Proporcionalidad — Desviación de poder — Seguridad jurídica»
|
1. |
Recurso de anulación — Personas físicas o jurídicas — Actos que las afectan directa e individualmente — Afectación directa — Criterios — Medidas restrictivas adoptadas habida cuenta de la situación en Ucrania — Actos que prohíben a todos los operadores de la Unión realizar determinados tipos de operaciones financieras con entidades establecidas fuera de la Unión que sean propiedad en más del 50 % de una entidad que figure en las listas de las entidades sujetas a las medidas restrictivas — Recurso interpuesto por una entidad que es propiedad en más del 50 % de una entidad que figura en esas listas — Admisibilidad [Art. 263 TFUE, párr. 4; Decisión 2014/512/PESC del Consejo, art. 1, ap. 2, letras a), b) y c), y anexo III; Reglamento (UE) n.o 833/2014 del Consejo, arts. 5, ap. 2, letras a), b) y c), y 11, ap. 1, letra a), y anexo VI] (véanse los apartados 65 a 68, 70 y 71) |
|
2. |
Recurso de anulación — Personas físicas o jurídicas — Actos reglamentarios — Actos que no incluyen medidas de ejecución y que afectan directamente al demandante — Concepto de medidas de ejecución — Criterios — Medidas restrictivas relativas a la exportación que establecen un sistema de autorización previa — Acto que no incluye medidas de ejecución [Art. 263 TFUE, párr. 4; Reglamento (UE) n.o 833/2014 del Consejo] (véanse los apartados 88 a 91) |
|
3. |
Recurso de anulación — Requisitos de admisibilidad — Personas físicas o jurídicas — Recurso interpuesto por varios demandantes contra la misma decisión — Legitimación de uno de ellos — Admisibilidad del recurso en su totalidad (Art. 263 TFUE, párr. 4) (véase el apartado 92) |
|
4. |
Procedimiento judicial — Fuerza de cosa juzgada — Alcance — Sentencia prejudicial del Tribunal de Justicia relativa a la validez de un acto del Derecho de la Unión — Recurso de anulación basado en motivos y alegaciones similares a los invocados en el asunto prejudicial — Inexistencia de fuerza de cosa juzgada de la sentencia del Tribunal de Justicia — Reparto de competencias entre el Tribunal de Justicia y el Tribunal General — Cuestionamiento por el Tribunal General de cuestiones de Derecho dirimidas por el Tribunal de Justicia (Arts. 263 TFUE y 267 TFUE) (véanse los apartados 96 a 100) |
|
5. |
Actos de las instituciones — Motivación — Obligación — Alcance — Medidas restrictivas adoptadas habida cuenta de la situación en Ucrania — Restricciones relativas a la exportación y al acceso al mercado de capitales de la Unión — Obligación de identificar en la motivación los elementos específicos y concretos que justifican esa medida — Decisiones que se enmarcan en un contexto conocido por el interesado que le permite comprender el alcance de la medida adoptada respecto de él — Procedencia de una motivación sucinta [Art. 296 TFUE, párr. 2; Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art. 41, ap. 2, letra c); Decisión 2014/512/PESC del Consejo, art. 1, ap. 2 y anexo III; Reglamento (UE) n.o 833/2014 del Consejo, art. 5, ap. 2, letras a), b) y c), y anexo VI] (véanse los apartados 111, 112, 114, 116, 118, 119, 121 a 123 y 126) |
|
6. |
Derecho de la Unión Europea — Principios — Derecho de defensa — Derecho a la tutela judicial efectiva — Medidas restrictivas adoptadas habida cuenta de la situación en Ucrania — Restricciones al acceso al mercado de capitales de la Unión — Obligación de comunicar las pruebas inculpatorias — Alcance — Ilegalidad del acto que depende de la prueba de la posible incidencia procesal del incumplimiento de la referida obligación [Art. 275 TFUE, párr. 2; Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, arts. 41, ap. 2, letra a), y 47; Decisión 2014/512/PESC del Consejo; Reglamento (UE) n.o 833/2014 del Consejo] (véanse los apartados 128 a 131, 136 a 139 y 142) |
|
7. |
Derecho de la Unión Europea — Principios — Derecho de defensa — Derecho a la tutela judicial efectiva — Medidas restrictivas adoptadas habida cuenta de la situación en Ucrania — Restricciones a la exportación — Derecho a ser oído con anterioridad a la adopción de tales medidas — Inexistencia [Art. 29 TUE; art. 215 TFUE; Decisión 2014/512/PESC del Consejo; Reglamento (UE) n.o 833/2014 del Consejo] (véase el apartado 133) |
|
8. |
Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas adoptadas habida cuenta de la situación en Ucrania — Restricciones al acceso al mercado de capitales de la Unión — Derecho de defensa — Comunicación de las pruebas inculpatorias — Decisión posterior que mantuvo el nombre del demandante en la lista de personas objeto de esas medidas — Inexistencia de motivos nuevos — Vulneración del derecho a ser oído — Inexistencia [Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art. 41, ap. 2, letra a); Decisión 2014/512/PESC del Consejo; Reglamento (UE) n.o 833/2014 del Consejo] (véanse los apartados 144 y 145) |
|
9. |
Derecho de la Unión Europea — Principios — Derecho de defensa — Medidas restrictivas adoptadas habida cuenta de la situación en Ucrania — Restricciones al acceso al mercado de capitales de la Unión — Derecho de acceso a los documentos — Derechos supeditados a la presentación de una solicitud en ese sentido ante el Consejo — Observancia de un plazo razonable [Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art. 41, ap. 2, letra a); Decisión 2014/512/PESC del Consejo; Reglamento (UE) n.o 833/2014 del Consejo] (véanse los apartados 146 y 148) |
|
10. |
Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas adoptadas habida cuenta de la situación en Ucrania — Restricciones relativas a la exportación y al acceso al mercado de capitales de la Unión — Control jurisdiccional de la legalidad — Carácter apropiado de las medidas restrictivas — Medidas restrictivas que persiguen un objetivo legítimo de la política exterior y de seguridad común [Art. 21 TUE; Decisión 2014/512/PESC del Consejo; Reglamento (UE) n.o 833/2014 del Consejo] (véanse los apartados 156 y 157) |
|
11. |
Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas adoptadas habida cuenta de la situación en Ucrania — Base jurídica — Medidas restrictivas previstas por una decisión y un reglamento adoptados, respectivamente, sobre la base del articulo 29 TUE y del artículo 215 TFUE — Competencia del Consejo para adoptar medidas restrictivas autónomas y distintas de las recomendadas por el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas [Art. 29 TUE; art. 215 TFUE; Decisión 2014/512/PESC del Consejo; Reglamento (UE) n.o 833/2014 del Consejo] (véase el apartado 159) |
|
12. |
Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas adoptadas habida cuenta de la situación en Ucrania — Base jurídica — Medidas restrictivas previstas por un decisión adoptada sobre la base del artículo 215 TFUE — Restricciones relativas a la exportación y al acceso al mercado de capitales de la Unión — Necesidad de demostrar un vínculo entre las empresas afectadas por las medidas restrictivas y el Estado ruso — Inexistencia [Art. 29 TUE; art. 215 TFUE; Decisión 2014/512/PESC del Consejo; Reglamento (UE) n.o 833/2014 del Consejo] (véanse los apartados 155, 160 y 161) |
|
13. |
Acuerdos internacionales — Acuerdo de colaboración Comunidades-Rusia — Medidas necesarias para la protección de los intereses esenciales de seguridad de una parte — Tiempo de guerra o de grave tensión internacional que constituya una amenaza de guerra — Concepto — Medidas restrictivas que persiguen un objetivo legítimo de la política exterior y de seguridad común [Art. 21 TUE; Acuerdo de colaboración Comunidades-Rusia, art. 99, ap. 1, letra d); Reglamento (UE) n.o 833/2014 del Consejo] (véase el apartado 178) |
|
14. |
Acuerdos internacionales — GATT — Medidas necesarias para la protección de los intereses esenciales de seguridad de una parte — Excepciones relativas a la seguridad — Tiempo de grave tensión internacional — Concepto [Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio, art. XXI; Decisión 2014/512/PESC del Consejo; Reglamento (UE) n.o 833/2014 del Consejo] (véanse los apartados 180 a 182) |
|
15. |
Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas adoptadas habida cuenta de la situación en Ucrania — Restricciones a la exportación — Restricción del derecho de propiedad y del derecho al libre ejercicio de una actividad económica — Violación del principio de proporcionalidad — Inexistencia [Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, arts. 16, 17 y 52, ap. 1; Decisión 2014/512/PESC del Consejo; Reglamento (UE) n.o 833/2014 del Consejo, art. 11] (véanse los apartados 203 a 208 y 210) |
|
16. |
Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas adoptadas habida cuenta de la situación en Ucrania — Restricciones relativas a la exportación y al acceso al mercado de capitales de la Unión — Control jurisdiccional de la legalidad — Carácter apropiado de las medidas restrictivas — Medidas restrictivas que persiguen un objetivo legítimo de la política exterior y de seguridad común [Art. 21 TUE; Decisión 2014/512/PESC del Consejo; Reglamento (UE) n.o 833/2014 del Consejo] (véanse los apartados 209 y 217) |
|
17. |
Recurso de anulación — Motivos — Desviación de poder — Concepto (véase el apartado 216) |
|
18. |
Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas adoptadas habida cuenta de la situación en Ucrania — Restricciones relativas a la exportación y al acceso al mercado de capitales de la Unión — Imposición, por un Estado miembro, de sanciones penales aplicables en caso de infracción a las disposiciones del Reglamento (UE) n.o 833/2014 — Vulneración de los principios de seguridad jurídica y de precisión de la ley aplicable — Inexistencia — Requisitos [Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art. 49; Decisión 2014/512/PESC del Consejo; Reglamento (UE) n.o 833/2014 del Consejo] (véanse los apartados 225, 226, 228 a 231 y 235) |
Objeto
Recurso basado en el artículo 263 TFUE y por el que se solicita la anulación, del artículo 1, apartado 2, letras b) a d), y apartado 3, y del anexo III de la Decisión 2014/512/PESC del Consejo, de 31 de julio de 2014, relativa a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania (DO 2014, L 229, p. 13), en su versión modificada por la Decisión 2014/659/PESC del Consejo, de 8 de septiembre de 2014 (DO 2014, L 271, p. 54), por la Decisión 2014/872/PESC del Consejo, de 4 de diciembre de 2014 (DO 2014, L 349, p. 58), por la Decisión (PESC) 2015/971 del Consejo, de 22 de junio de 2015 (DO 2015, L 157, p. 50), por la Decisión (PESC) 2015/2431 del Consejo, de 21 de diciembre de 2015 (DO 2015, L 334, p. 22), por la Decisión (PESC) 2016/1071 del Consejo, de 1 de julio de 2016 (DO 2016, L 178, p. 21), y por la Decisión (PESC) 2016/2315 del Consejo, de 19 de diciembre de 2016 (DO 2016, L 345, p. 65), así como de los artículos 3 y 3 bis, del artículo 4, apartados 3 y 4, del anexo II, del artículo 5, apartado 2, letras b) a d), y apartado 3, del anexo VI y del artículo 11 del Reglamento (UE) n.o 833/2014 del Consejo, de 31 de julio de 2014, relativo a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania (DO 2014, L 229, p. 1), en su versión modificada por el Reglamento (UE) n.o 960/2014 del Consejo, de 8 de septiembre de 2014 (DO 2014, L 271, p. 3), y por el Reglamento (UE) n.o 1290/2014 del Consejo, de 4 de diciembre de 2014 (DO 2014, L 349, p. 20).
Fallo
|
1) |
Desestimar el recurso. |
|
2) |
Condenar a PAO Rosneft Oil Company, RN-Shelf-Arctic OOO, AO RN-Shelf-Far East, RN-Exploration OOO y Tagulskoe OOO a cargar con sus propias costas y con las del Consejo de la Unión Europea. |
|
3) |
La Comisión Europea y el Reino Unido de Gran Bretaña y de Irlanda del Norte cargarán con sus propias costas. |