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Document 62004TJ0279

Sumario de la sentencia

Palabras clave
Objeto del litigio
Parte dispositiva

Palabras clave

Recurso de anulación — Actos recurribles — Concepto — Actos que producen efectos jurídicos obligatorios — Actos de trámite — Exclusión — Decisión de la Comisión de iniciar el examen en profundidad de una operación de concentración [Art. 230 CE; Reglamento (CEE) nº 4064/89 del Consejo, art. 6, ap. 1, letra c)] (véase el apartado 89)

2. Competencia — Concentraciones — Apreciación de la compatibilidad con el mercado común — Consideración de la naturaleza del control, único o conjunto, ejercido sobre una empresa — Criterios de apreciación — Operación de traspaso transitorio de activos anterior a la autorización de la concentración por parte de la Comisión — Posibilidad de ejercer una influencia decisiva sobre las actividades relacionadas con esos activos — Inexistencia — Adquisición de activos con vistas a revenderlos [Reglamento (CEE) nº 4064/89 del Consejo, arts. 3 y 4] (véanse los apartados 116 a 118, 125, 132, 138 a 140, 142, 144, 150 y 153)

3. Competencia — Concentraciones — Examen por la Comisión — Operación efectuada antes de ser notificada — Consecuencias — Facultad de la Comisión de declarar la operación incompatible con el mercado común — Facultad de la Comisión de revocar una decisión por la que se declara la concentración compatible con el mercado común — Inexistencia — Falta de notificación que puede ser sancionada con la imposición de una multa [Reglamento (CEE) nº 4064/89 del Consejo, arts. 6 a 8 y 14] (véanse los apartados 156 a 161 y 201 a 202)

4. Competencia — Concentraciones — Notificación — Obligación — Alcance — Operación de traspaso transitorio de activos que no constituye una concentración — Exclusión [Reglamento (CEE) nº 4064/89 del Consejo, arts. 1, ap. 1, 4, ap. 1, y 7, ap. 1] (véanse los apartados 171, 231 y 232)

5. Competencia — Concentraciones — Examen por la Comisión — Revocación de una decisión que autoriza una operación de concentración — Criterios — Decisión obtenida fraudulentamente — Operación de concentración calificada de adquisición de participaciones con carácter temporal — Necesidad de demostrar la adquisición del control [Reglamento (CEE) nº 4064/89 del Consejo, art. 3, aps. 1, letra b), y 5, letra a), y art. 8, ap. 5, letra a)] (véanse los apartados 191 a 194)

6. Actos de las instituciones — Motivación — Obligación — Alcance — Decisión de aplicación de las reglas en materia de operaciones de concentración entre empresas — Decisión que autoriza una operación de concentración — Alcance [Reglamento (CEE) nº 4064/89 del Consejo, art. 8, ap. 2] (véanse los apartados 226 a 228, 233 y 234)

7. Competencia — Concentraciones — Examen por la Comisión — Apreciaciones de naturaleza económica — Facultad discrecional de apreciación — Control jurisdiccional — Límites [Reglamento (CEE) nº 4064/89 del Consejo, art. 2] (véanse los apartados 248 y 249)

8. Competencia — Concentraciones — Apreciación de la compatibilidad con el mercado común — Creación o refuerzo de una posición dominante — Indicios — Modificación de la posición inicial en los mercados afectados de los participantes — Consecuencias de la reventa de activos — Volúmenes de negocios globales de los participantes en la operación — Exclusión [Reglamento (CEE) nº 4064/89 del Consejo, arts. 2, ap. 3, y 8, ap. 3] (véanse los apartados 284 a 286 y 288)

9. Competencia — Concentraciones — Examen por la Comisión — Definición del mercado de referencia — Criterios — Sustituibilidad de los productos — Estructura de la oferta y de la demanda — Consideración de los efectos transversales de una concentración [Reglamento (CEE) nº 4064/89 del Consejo] (véanse los apartados 302 a 306)

10. Competencia — Concentraciones — Apreciación de la compatibilidad con el mercado común — Momento que se ha de tomar en consideración — Momento de notificación de la operación — Obligación de tomar en consideración el riesgo de que como consecuencia de la concentración se celebren acuerdos restrictivos de la competencia — Inexistencia [Reglamento (CEE) nº 4064/89 del Consejo, art. 2] (véanse los apartados 326, 327 y 338)

11. Competencia — Concentraciones — Examen por la Comisión — Compromisos de las empresas afectadas destinados a hacer compatible con el mercado común la operación notificada — Compromiso de reventa de activos — Criterios de selección del comprador — Competidor existente o potencial — Independencia, recursos financieros y experiencia demostrada — Reventa de activos a una empresa financiera — Procedencia [Reglamento (CEE) nº 4064/89 del Consejo; Comunicación de la Comisión sobre las soluciones aceptables con arreglo al Reglamento (CEE) nº 4064/89 del Consejo y al Reglamento (CE) nº 447/98 de la Comisión, punto 49] (véanse los apartados 340 a 346)

Objeto del litigio

Objeto

Recurso de anulación de la Decisión 2004/422/CE de la Comisión, de 7 de enero de 2004, por la que se declara compatible con el mercado común y con el funcionamiento del Acuerdo EEE una operación de concentración (Asunto nº COMP/M.2978 — Lagardère/Natexis/VUP) (DO L 125, p. 54).

Parte dispositiva

Fallo

1) Desestimar el recurso.

2) Éditions Odile Jacob SAS cargará con sus propias costas y con las costas en que hayan incurrido la Comisión Europea y Lagardère SCA.

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