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Document 62023CJ0110
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 30 de mayo de 2024.
Autoridad Portuaria de Bilbao contra Comisión Europea.
Recurso de casación — Ayudas de Estado — Sector portuario — Régimen de exención del impuesto sobre sociedades aplicado por el Reino de España en favor de los puertos situados en la provincia de Bizkaia — Decisión por la que se declara la incompatibilidad de la ayuda con el mercado interior — Ayuda existente — Ventaja — Carga de la prueba — Medidas apropiadas.
Asunto C-110/23 P.
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 30 de mayo de 2024.
Autoridad Portuaria de Bilbao contra Comisión Europea.
Recurso de casación — Ayudas de Estado — Sector portuario — Régimen de exención del impuesto sobre sociedades aplicado por el Reino de España en favor de los puertos situados en la provincia de Bizkaia — Decisión por la que se declara la incompatibilidad de la ayuda con el mercado interior — Ayuda existente — Ventaja — Carga de la prueba — Medidas apropiadas.
Asunto C-110/23 P.
ECLI identifier: ECLI:EU:C:2024:441
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 30 de mayo de 2024 — Autoridad Portuaria de Bilbao/Comisión
(Asunto C‑110/23 P)
«Recurso de casación — Ayudas de Estado — Sector portuario — Régimen de exención del impuesto sobre sociedades aplicado por el Reino de España en favor de los puertos situados en la provincia de Bizkaia — Decisión por la que se declara la incompatibilidad de la ayuda con el mercado interior — Ayuda existente — Ventaja — Carga de la prueba — Medidas apropiadas»
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1. |
Recurso de casación — Motivos — Motivos formulados contra un fundamento de Derecho de la sentencia que no es necesario para justificar el fallo — Motivo inoperante (Art. 256 TFUE, ap. 1, párr. 2; Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 58, párr. 1) (véanse los apartados 47 a 57) |
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2. |
Ayudas otorgadas por los Estados — Examen por la Comisión — Examen global de un régimen de ayudas — Procedencia — Régimen de ayudas que solo beneficia de hecho a una única entidad — Irrelevancia [Arts. 107 TFUE y 108 TFUE; Reglamento (UE) 2015/1589 del Consejo, art. 1, letra d)] (véanse los apartados 69 a 71) |
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3. |
Recurso de casación — Motivos — Motivo dirigido contra un fundamento a mayor abundamiento — Motivo inoperante — Desestimación (Art. 256 TFUE, ap. 1) (véase el apartado 83) |
Fallo
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1) |
Desestimar el recurso de casación. |
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2) |
La Autoridad Portuaria de Bilbao cargará con sus propias costas y con las de la Comisión Europea. |