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Document 62020CJ0489

Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 7 de abril de 2022.
UB contra Kauno teritorinė muitinė.
Procedimiento prejudicial — Código aduanero de la Unión — Extinción de la deuda aduanera — Mercancías introducidas ilegalmente en el territorio aduanero de la Unión — Decomiso y confiscación — Directiva 2008/118/CE — Impuestos especiales — Directiva 2006/112/CE — Impuesto sobre el valor añadido — Devengo — Exigibilidad.
Asunto C-489/20.

Court reports – general

ECLI identifier: ECLI:EU:C:2022:277

Asunto C‑489/20

UB

contra

Kauno teritorinė muitinė

(Petición de decisión prejudicial planteada por el Lietuvos vyriausiasis administracinis teismas)

Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 7 de abril de 2022

«Procedimiento prejudicial — Código aduanero de la Unión — Extinción de la deuda aduanera — Mercancías introducidas ilegalmente en el territorio aduanero de la Unión — Decomiso y confiscación — Directiva 2008/118/CE — Impuestos especiales — Directiva 2006/112/CE — Impuesto sobre el valor añadido — Devengo — Exigibilidad»

  1. Unión aduanera — Extinción de la deuda aduanera — Mercancías confiscadas o decomisadas y simultánea o posteriormente confiscadas — Concepto de mercancías decomisadas

    [Reglamento (UE) n.o 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 124, ap. 1, letra e)]

    (véanse los apartados 33, 34, 36 y 39 y el punto 1 del fallo)

  2. Unión aduanera — Extinción de la deuda aduanera — Mercancías confiscadas o decomisadas y simultánea o posteriormente confiscadas — Mercancías que ya habían sido introducidas en el territorio aduanero de la Unión

    [Reglamento (UE) n.o 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, arts. 42, ap. 1, y 124, aps. 1, letra e), y 2]

    (véanse los apartados 36 a 38)

  3. Disposiciones fiscales — Armonización de las legislaciones — Impuestos especiales — Directiva 2008/118/CE — Exigibilidad de los impuestos especiales — Importaciones de bienes — Mercancías introducidas ilegalmente en el territorio aduanero de la Unión

    [Directiva 2008/118/CE del Consejo, arts. 2, letra b), y 7, aps. 1 y 2, letra d)]

    (véanse los apartados 41 a 45 y 52 y el punto 2 del fallo)

  4. Armonización de las legislaciones fiscales — Sistema común del impuesto sobre el valor añadido — Devengo y exigibilidad del impuesto — Importaciones de bienes — Mercancías introducidas ilegalmente en el territorio aduanero de la Unión

    [Directiva 2006/112/CE del Consejo, arts. 2, ap. 1, letra d), y 70]

    (véanse los apartados 49 a 52 y el punto 2 del fallo)

Véase el texto de la resolución.

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