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Документ 62019CJ0854
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 2 de septiembre de 2021.
Vodafone GmbH contra Bundesrepublik Deutschland.
Procedimiento prejudicial — Comunicaciones electrónicas — Reglamento (UE) 2015/2120 — Artículo 3 — Acceso a una Internet abierta — Artículo 3, apartado 1 — Derechos de los usuarios finales — Artículo 3, apartado 2 — Prohibición de acuerdos y prácticas comerciales que limitan el ejercicio de los derechos de los usuarios finales — Artículo 3, apartado 3 — Obligación de trato equitativo y no discriminatorio del tráfico — Posibilidad de aplicar medidas razonables de gestión del tráfico — Opción tarifaria adicional de “tarifa cero” — Exclusión de la “tarifa cero” en caso de itinerancia.
Asunto C-854/19.
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 2 de septiembre de 2021.
Vodafone GmbH contra Bundesrepublik Deutschland.
Procedimiento prejudicial — Comunicaciones electrónicas — Reglamento (UE) 2015/2120 — Artículo 3 — Acceso a una Internet abierta — Artículo 3, apartado 1 — Derechos de los usuarios finales — Artículo 3, apartado 2 — Prohibición de acuerdos y prácticas comerciales que limitan el ejercicio de los derechos de los usuarios finales — Artículo 3, apartado 3 — Obligación de trato equitativo y no discriminatorio del tráfico — Posibilidad de aplicar medidas razonables de gestión del tráfico — Opción tarifaria adicional de “tarifa cero” — Exclusión de la “tarifa cero” en caso de itinerancia.
Asunto C-854/19.
Сборник съдебна практика — общ сборник
Идентификатор ECLI: ECLI:EU:C:2021:675
Asunto C‑854/19
Vodafone GmbH
contra
Bundesrepublik Deutschland
(Petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgericht Köln)
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 2 de septiembre de 2021
«Procedimiento prejudicial — Comunicaciones electrónicas — Reglamento (UE) 2015/2120 — Artículo 3 — Acceso a una Internet abierta — Artículo 3, apartado 1 — Derechos de los usuarios finales — Artículo 3, apartado 2 — Prohibición de acuerdos y prácticas comerciales que limitan el ejercicio de los derechos de los usuarios finales — Artículo 3, apartado 3 — Obligación de trato equitativo y no discriminatorio del tráfico — Posibilidad de aplicar medidas razonables de gestión del tráfico — Opción tarifaria adicional de “tarifa cero” — Exclusión de la “tarifa cero” en caso de itinerancia»
Aproximación de las legislaciones — Sector de las telecomunicaciones — Redes y servicios de comunicaciones electrónicas — Medidas relativas al acceso a una Internet abierta — Reglamento (UE) 2015/2120 —Obligaciones de los proveedores de servicios de acceso a Internet — Trato equitativo y no discriminatorio del tráfico
[Reglamento (UE) 2015/2120 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 3, aps. 1 a 3]
(véanse los apartados 25 a 34 y el fallo)