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Document 62018CJ0342

Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 4 de diciembre de 2019.
Polskie Górnictwo Naftowe i Gazownictwo S.A. contra Comisión Europea.
Recurso de casación — Mercado interior del gas natural — Directiva 2009/73/CE — Artículo 32 — Acceso de terceros — Artículo 41, apartados 6, 8 y 10 — Tarifas — Artículo 36 — Solicitud de exención — Modalidades de explotación del gasoducto OPAL — Autoridad reguladora nacional — Decisión de exención — Solicitud de modificación — Decisión de la Comisión Europea — Recurso de anulación — Artículo 263 TFUE, párrafo cuarto — Admisibilidad — Decisión que no afecta directamente a la recurrente.
Asunto C-342/18 P.

Court reports – general

ECLI identifier: ECLI:EU:C:2019:1043

 Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 4 de diciembre de 2019 — Polskie Górnictwo Naftowe i Gazownictwo/Comisión

(Asunto C‑342/18 P) ( 1 )

«Recurso de casación — Mercado interior del gas natural — Directiva 2009/73/CE — Artículo 32 — Acceso de terceros — Artículo 41, apartados 6, 8 y 10 — Tarifas — Artículo 36 — Solicitud de exención — Modalidades de explotación del gasoducto OPAL — Autoridad reguladora nacional — Decisión de exención — Solicitud de modificación — Decisión de la Comisión Europea — Recurso de anulación — Artículo 263 TFUE, párrafo cuarto — Admisibilidad — Decisión que no afecta directamente a la recurrente»

1. 

Recurso de anulación — Personas físicas o jurídicas — Actos que las afectan directa e individualmente — Requisitos de carácter acumulativo — Inadmisibilidad del recurso en caso de incumplimiento de uno solo de estos requisitos

(Art. 263 TFUE, párr. 4)

(véanse los apartados 35 a 37)

2. 

Recurso de anulación — Personas físicas o jurídicas — Actos que las afectan directa e individualmente — Afectación directa — Criterios — Decisión de la Comisión, dirigida a una autoridad reguladora nacional, por la que le solicita que modifique una decisión que establece una excepción a las normas de la Unión que regulan las modalidades de explotación de un gasoducto — Facultad de apreciación de la autoridad reguladora nacional encargada de su aplicación — Calificación — Acto que no les afecta directamente — Inadmisibilidad

(Art. 263 TFUE, párr. 4; Directiva 2009/73/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 36)

(véanse los apartados 38, 39 y 42 a 54)

3. 

Derechos fundamentales — Derecho a la tutela judicial efectiva — Control de la legalidad de los actos de la Unión — Regulación — Protección de este derecho por el juez de la Unión o por los órganos jurisdiccionales nacionales según la naturaleza jurídica del acto impugnado — Posibilidad de utilizar la vía del recurso de anulación o de la remisión prejudicial sobre apreciación de validez

(Art. 19 TUE, ap. 1; arts. 263 TFUE, párr. 4, 267 TFUE y 277 TFUE; Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art. 47)

(véanse los apartados 62 y 63)

4. 

Procedimiento judicial — Excepción de inadmisibilidad — Facultad del Tribunal General de pronunciarse inmediatamente sobre la excepción de inadmisibilidad sin pronunciarse sobre el fondo — Alcance de su facultad de apreciación

(Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 130)

(véanse los apartados 73, 74 y 77)

Fallo

1) 

Desestimar el recurso de casación.

2) 

Polskie Górnictwo Naftowe i Gazownictwo S. A. cargará con sus propias costas y con las de la Comisión Europea.

3) 

La República Federal de Alemania cargará con sus propias costas.


( 1 ) DO C 276 de 6.8.2018.

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