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Document 62013CO0505
Yumer
Yumer
Palabras clave
Parte dispositiva
Cuestiones prejudiciales — Admisibilidad — Petición que no expone las razones justificativas de la remisión al Tribunal de Justicia — Inadmisibilidad [Art. 267 TFUE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 23; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, art. 94, letra c)] (véanse los apartados 23 y 24)
2. Cuestiones prejudiciales — Competencia del Tribunal de Justicia — Límites — Solicitud de interpretación de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión — Objeto del litigio nacional que no presenta ningún elemento de vinculación con el Derecho de la Unión — Incompetencia del Tribunal de Justicia (Art. 6 TUE, ap. 1; art. 267 TFUE; Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, arts. 20, 21 y 51, aps. 1 y 2) (véanse los apartados 25 y 26)
3. Cuestiones prejudiciales — Sometimiento al Tribunal de Justicia — Determinación de las cuestiones que deben someterse — Competencia exclusiva del órgano jurisdiccional nacional (Art. 267 TFUE) (véanse los apartados 34 y 35)
Fallo
1) El Tribunal de Justicia de la Unión Europea es manifiestamente incompetente para responder a las cuestiones planteadas por el Administrativen sad Varna (Bulgaria), mediante resolución de 5 de septiembre de 2013.
2) Las cuestiones primera y segunda son manifiestamente inadmisibles en la medida en que se refieren a la interpretación del artículo 2 TUE.
Auto del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 17 de julio de 2014 —
Yumer
(Asunto C‑505/13) ( 1 )
«Impuesto sobre la renta — Artículo 2 TUE — Artículos 20 y 21 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea — Principios de seguridad jurídica, efectividad y proporcionalidad — Derecho a la reducción del impuesto sobre la renta de los agricultores — Exclusión de las personas físicas que ejercen la actividad de agricultor — Aplicación del Derecho de la Unión — Ausencia — Incompetencia manifiesta del Tribunal de Justicia»
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1. |
Cuestiones prejudiciales — Admisibilidad — Petición que no expone las razones justificativas de la remisión al Tribunal de Justicia — Inadmisibilidad [Art. 267 TFUE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 23; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, art. 94, letra c)] (véanse los apartados 23 y 24) |
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2. |
Cuestiones prejudiciales — Competencia del Tribunal de Justicia — Límites — Solicitud de interpretación de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión — Objeto del litigio nacional que no presenta ningún elemento de vinculación con el Derecho de la Unión — Incompetencia del Tribunal de Justicia (Art. 6 TUE, ap. 1; art. 267 TFUE; Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, arts. 20, 21 y 51, aps. 1 y 2) (véanse los apartados 25 y 26) |
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3. |
Cuestiones prejudiciales — Sometimiento al Tribunal de Justicia — Determinación de las cuestiones que deben someterse — Competencia exclusiva del órgano jurisdiccional nacional (Art. 267 TFUE) (véanse los apartados 34 y 35) |
Fallo
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1) |
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea es manifiestamente incompetente para responder a las cuestiones planteadas por el Administrativen sad Varna (Bulgaria), mediante resolución de 5 de septiembre de 2013. |
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2) |
Las cuestiones primera y segunda son manifiestamente inadmisibles en la medida en que se refieren a la interpretación del artículo 2 TUE. |
( 1 ) — DO C 344, de 23.11.2013.