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Document 62011CJ0166
Sumario de la sentencia
Sumario de la sentencia
Asunto C-166/11
Ángel Lorenzo González Alonso
contra
Nationale Nederlanden Vida Cía. de Seguros y Reaseguros, S.A.E.
(Petición de decisión prejudicial planteada por la Audiencia Provincial de Oviedo)
«Protección de los consumidores — Contratos negociados fuera de los establecimientos comerciales — Directiva 85/577/CEE — Ámbito de aplicación — Exclusión — Contratos de seguro en unidades de cuenta»
Sumario de la sentencia
Aproximación de las legislaciones — Protección de los consumidores en el caso de contratos negociados fuera de los establecimientos comerciales — Directiva 85/577/CEE — Ámbito de aplicación
[Directiva 85/577/CEE del Consejo, art. 3, ap. 2, letra d)]
Un contrato celebrado fuera de un establecimiento mercantil, en el que se ofrece un seguro de vida a cambio del pago mensual de una prima destinada a ser invertida, en distintas proporciones, en renta fija, renta variable y productos de inversión financiera de la compañía con la que se contrata, no se encuentra comprendido en el ámbito de aplicación de la Directiva 85/577, referente a la protección de los consumidores en el caso de contratos negociados fuera de los establecimientos comerciales, con arreglo al artículo 3, apartado 2, letra d), de ésta.
(véase el apartado 34 y el fallo)
Asunto C-166/11
Ángel Lorenzo González Alonso
contra
Nationale Nederlanden Vida Cía. de Seguros y Reaseguros, S.A.E.
(Petición de decisión prejudicial planteada por la Audiencia Provincial de Oviedo)
«Protección de los consumidores — Contratos negociados fuera de los establecimientos comerciales — Directiva 85/577/CEE — Ámbito de aplicación — Exclusión — Contratos de seguro en unidades de cuenta»
Sumario de la sentencia
Aproximación de las legislaciones — Protección de los consumidores en el caso de contratos negociados fuera de los establecimientos comerciales — Directiva 85/577/CEE — Ámbito de aplicación
[Directiva 85/577/CEE del Consejo, art. 3, ap. 2, letra d)]
Un contrato celebrado fuera de un establecimiento mercantil, en el que se ofrece un seguro de vida a cambio del pago mensual de una prima destinada a ser invertida, en distintas proporciones, en renta fija, renta variable y productos de inversión financiera de la compañía con la que se contrata, no se encuentra comprendido en el ámbito de aplicación de la Directiva 85/577, referente a la protección de los consumidores en el caso de contratos negociados fuera de los establecimientos comerciales, con arreglo al artículo 3, apartado 2, letra d), de ésta.
(véase el apartado 34 y el fallo)