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Document 62010CJ0030

Sumario de la sentencia

Palabras clave
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Palabras clave

Política social — Aproximación de las legislaciones — Protección de los trabajadores en caso de insolvencia del empresario — Facultad de los Estados miembros de denegar o reducir la obligación de pago o la obligación de garantía — Alcance

[Directiva 2008/94/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 12, letra  c)]

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El artículo 12, letra c), de la Directiva 2008/94, relativa a la protección de los trabajadores asalariados en caso de insolvencia del empresario, debe interpretarse en el sentido de que no se opone a una disposición de Derecho nacional que excluye a un trabajador asalariado del derecho a la garantía del pago de los créditos impagados de los trabajadores asalariados porque, solo o junto con parientes próximos, era propietario de una parte esencial de la empresa afectada y ejercía una influencia considerable en sus actividades en los seis meses anteriores a la solicitud de declaración de concurso de dicha empresa. En efecto, en tales circunstancias no puede excluirse que el trabajador, al que se deniega el derecho a la garantía, pueda ser responsable de la insolvencia de la empresa de que se trata.

(véanse los apartados 27 y 28 y el fallo)

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