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Document 62002CJ0295
Sumario de la sentencia
Sumario de la sentencia
Agricultura – Política agrícola común – Sistema integrado de gestión y de control relativo a determinados regímenes de ayudas – Ayudas «animales» – Irregularidad que da lugar a sanción en virtud del Reglamento (CEE) nº 3887/92 – Reglamento (CE) nº 2419/2001, por el que se establecen sanciones menos severas – Aplicación retroactiva que se impone en virtud del Reglamento (CE, EURATOM) nº 2988/95
[Reglamento (CE, EURATOM) nº 2988/95 del Consejo, art. 2, ap. 2; Reglamentos de la Comisión (CEE) nº 3887/92, art. 10, ap. 2, letra a), y (CE) nº 2419/2001, art. 44, ap. 1]
El artículo 2, apartado 2, del Reglamento nº 2988/95, relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas, debe interpretarse en el sentido de que, en el caso de una solicitud de ayuda «animales» comprendida en el ámbito de aplicación ratione temporis del Reglamento nº 3887/92, por el que se establecen las normas de aplicación del sistema integrado de gestión y control relativo a determinados regímenes de ayudas comunitarias, que adolece de una irregularidad que da lugar a la aplicación de una sanción en virtud del artículo 10, apartado 2, letra a), de este último Reglamento, las autoridades competentes deben aplicar retroactivamente las disposiciones del artículo 44, apartado 1, del Reglamento nº 2419/2001, por el que se establecen disposiciones de aplicación del sistema integrado de gestión y control de determinados regímenes de ayudas comunitarios introducido por el Reglamento nº 3508/92, basándose en que estas disposiciones del Reglamento nº 2419/2001 son menos severas para el comportamiento de que se trata.
(véanse el apartado 61 y el fallo)