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Document 61981CJ0286
Sumario de la sentencia
Sumario de la sentencia
Asunto 286/81
Proceso penal
contra
Oosthoek's Uitgeversmaatschappij
Petición de decisión prejudicial planteada por el Gerechtshof te Amsterdam
«Libre circulación de mercancías — Prohibición de la oferta de primas en especie para la promoción de ventas»
Sumario de la sentencia
Libre circulación de mercancías — Restricciones cuantitativas a la exportación — Medidas de efecto equivalente — Concepto
(Tratado CEE, art. 34)
Libre circulación de mercancías — Restricciones cuantitativas — Medidas de efecto equivalente — Comercialización de un producto — Disparidades entre las legislaciones nacionales — Obstáculos a los intercambios intracomunitários — Procedencia
(Tratado CEE, art. 30)
Libre circulación de mercancías — Restricciones cuantitativas — Medidas de efecto equivalente — Prohibición de un sistema deprimas en especie para la promoción de ventas — Procedencia
(Tratado CEE, arts. 30 y 34)
El artículo 34 se refiere a las medidas nacionales que tengan por objeto o por efecto restringir específicamente las corrientes de exportación y establecer así una diferencia de trato entre el comercio interior de un Estado miembro y su comercio de exportación, de manera que se garantice una ventaja particular a la producción nacional o al mercado interior del Estado interesado.
A falta de una normativa común, los obstáculos a la libre circulación intracomunitária resultantes de disparidades entre las normativas nacionales relativas a la comercialización de un producto deben aceptarse en la medida en que dicha normativa, indistintamente aplicable a los productos nacionales y a los productos importados, puedajustificarse por ser necesaria para satisfacer exigencias imperativas referentes, en particular, a la protección de los consumidores y a la lealtad en las transacciones comerciales.
Los artículos 30 y 34 del Tratado no se oponen a la aplicación, por un Estado miembro, a los productos procedentes de otro Estado miembro o destinados a este último, de una normativa nacional que prohibe ofrecer o entregar, para la promoción de las ventas, primas en forma de libros a los compradores de una enciclopedia, y que exige, para que se aplique una excepción a dicha prohibición, la existencia de un vínculo de consumo entre la prima en especie y el producto que constituye la base de la oferta de la prima.