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Document 61963CJ0106
Sumario de la sentencia
Sumario de la sentencia
Asuntos acumulados 106/63 y 107/63
Alfred Toepfer y Getreide-Import Gesellschaft
contra
Comisión de la Comunidad Económica Europea
Sumario de la sentencia
Actos de las Instituciones — Recursos de los particulares contra una Decisión dirigida a otra persona — Decisión que les afecta directamente — Concepto
(Tratado CEE, art. 173)
Actos de las Instituciones — Recursos de los particulares contra una Decisión dirigida a otra persona — Decisión que les afecta individualmente — Concepto
(Tratado CEE, art. 173)
Agricultura — Organización común de los mercados — Cereales — Medidas de salvaguardia tomadas por los Estados miembros — Facultades de la Comisión — Naturaleza — Ejercicio mediante Decisiones que afectan directamente a los interesados
(Tratado CEE, art. 173; Reglamento no 19 del Consejo de la CEE, de 4 de abril de 1962, art. 22, ap. 2, DO 1962, 30, pp. 933 y ss., p. 942)
Una Decisión inmediatamente ejecutiva afecta de modo directo a un interesado en el sentido del párrafo segundo del artículo 173 del Tratado CEE.
Véase el asunto 40/64 (Rec. 1965, p. 279), punto 1 del sumario.
Al ser inmediatamente ejecutivas las Decisiones de la Comisión sobre la modificación o supresión de las medidas de salvaguardia adoptadas por los Estados miembros para la protección del mercado de cereales, son directamente aplicables y afectan a los particulares interesados de modo tan directo como las medidas a las cuales sustituyen. Las Decisiones sobre mantenimiento de medidas de salvaguardia tienen el mismo efecto, puesto que no constituyen una simple autorización, sino una confirmación de estas medidas.