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Document 62021CJ0280

Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 12 de enero de 2023.
P.I. contra Migracijos departamentas prie Lietuvos Respublikos vidaus reikalų ministerijos.
Procedimiento prejudicial — Espacio de libertad, seguridad y justicia — Política común de asilo — Requisitos para poder obtener el estatuto de refugiado — Directiva 2011/95/UE — Artículo 10, apartados 1, letra e), y 2 — Motivos de persecución — Conceptos de “opinión política” y de “opinión política atribuida” — Intentos de un solicitante de asilo de defenderse, en su país de origen, por medios legales contra agentes no estatales que actúan ilegalmente y pueden utilizar el aparato represivo del Estado de que se trata.
Asunto C-280/21.

ECLI identifier: ECLI:EU:C:2023:13

Asunto C‑280/21

P.I.

contra

Migracijos departamentas prie Lietuvos Respublikos vidaus reikalų ministerijos

(Petición de decisión prejudicial planteada por el Lietuvos vyriausiasis administracinis teismas)

Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 12 de enero de 2023

«Procedimiento prejudicial — Espacio de libertad, seguridad y justicia — Política común de asilo — Requisitos para poder obtener el estatuto de refugiado — Directiva 2011/95/UE — Artículo 10, apartados 1, letra e), y 2 — Motivos de persecución — Conceptos de “opinión política” y de “opinión política atribuida” — Intentos de un solicitante de asilo de defenderse, en su país de origen, por medios legales contra agentes no estatales que actúan ilegalmente y pueden utilizar el aparato represivo del Estado de que se trata»

Controles en las fronteras, asilo e inmigración — Política de asilo — Estatuto de refugiado o estatuto de protección subsidiaria — Directiva 2011/95/UE — Requisitos para la concesión del estatuto de refugiado — Riesgo de persecución — Motivos de persecución — Concepto de opiniones políticas

[Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art. 11; Directiva 2011/95/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, considerando 16 y arts.2, letras h) e i), 6 y 10, aps. 1, letra e), y 2]

(véanse los apartados 25, 26, 28, 33 a 37 y 40 y el fallo)

Véase el texto de la resolución.

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