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Document 62015TO0671(01)

Auto del Tribunal General (Sala Quinta) de 19 de octubre de 2016.
Energie-Control Austria für die Regulierung der Elektrizitäts- und Erdgaswirtschaft (E-Control) contra Agencia de Cooperación de los Reguladores de la Energía.
Recurso de anulación — Energía — Reglamento (CE) n.º 713/2009 — Reglamento (CE) n.º 714/2009 — Dictamen de la ACER — Decisiones de las autoridades reguladoras nacionales aprobando los métodos de atribución de capacidad de transporte transfronteriza de electricidad — Región de Europa central y oriental — Compatibilidad — Acto no recurrible — Inadmisibilidad.
Asunto T-671/15.

Court reports – general – 'Information on unpublished decisions' section

Auto del Tribunal General (Sala Quinta) de 19 de octubre de 2016 — E‑Control/ACER

(Asunto T‑671/15)

«Recurso de anulación — Energía — Reglamento (CE) n.o 713/2009 — Reglamento (CE) n.o 714/2009 — Dictamen de la ACER — Decisiones de las autoridades reguladoras nacionales aprobando los métodos de atribución de capacidad de transporte transfronteriza de electricidad — Región de Europa central y oriental — Compatibilidad — Acto no recurrible — Inadmisibilidad»

1. 

Recurso de anulación — Actos recurribles — Concepto — Actos que producen efectos jurídicos obligatorios — Apreciación en función de criterios objetivos — Dictamen de la Agencia para la cooperación de los reguladores de la energía (ACER) que declara la no conformidad de las decisiones de las autoridades reguladoras nacionales que aprueban los métodos de asignación de capacidad de transporte transfronteriza de electricidad — Acto sin efectos jurídicos vinculantes para dichas autoridades nacionales — Inadmisibilidad — Dictamen que incluye una apreciación jurídica definitiva de la ACER — Irrelevancia [Arts. 263 TFUE y 288 TFUE, párr. 5; Reglamento (CE) no 713/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 7, aps. 1, 4 y 5; Directiva 2009/72/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 39, aps. 1 a 8] (véanse los apartados 23 a 25, 29, 43, 44, 46, 48, 59, 60 y 64)

2. 

Recurso de anulación — Actos recurribles — Concepto — Actos que producen efectos jurídicos obligatorios — Actos de trámite — Exclusión (Art. 263 TFUE) (véanse los apartados 26 a 28)

3. 

Recurso de anulación — Requisitos de admisibilidad — Acto recurrible — Inexistencia — Inadmisibilidad — Violación del derecho a una tutela judicial efectiva — Inexistencia (Art. 263 TFUE, párr. 4; Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art. 47) (véanse los apartados 90 y 91)

Objeto

Recurso interpuesto con arreglo al artículo 263 TFUE y dirigido a la anulación del dictamen n.o 09/2015 de la ACER, de 23 de septiembre de 2015, sobre la conformidad de las decisiones de las autoridades reguladoras nacionales que aprueban los métodos de asignación de capacidad de transporte transfronteriza en Europa central y oriental con el Reglamento (CE) n.o 714/2009, incluidas las directrices sobre la gestión y la asignación de la capacidad de transmisión disponible en las interconexiones entre redes nacionales que figuran en el anexo I de este Reglamento.

Fallo

1) 

Declarar la inadmisibilidad del recurso.

2) 

No procede pronunciarse sobre las demandas de intervención presentadas por la República de Austria, la República de Polonia, Wirtschaftskammer Österreich, Verbund AG y Polskie Sieci Elektroenergetyczne S.A.

3) 

Energie‑Control Austria für die Regulierung der Elektrizitäts‑ und Erdgaswirtschaft (E‑Control) cargará con sus propias costas y con las de la Agencia para la cooperación de los reguladores de la energía (ACER), incluidas las correspondientes al procedimiento de medidas provisionales.

4) 

La República de Austria, la República de Polonia, Wirtschaftskammer Österreich, Verbund AG y Polskie Sieci Elektroenergetyczne S.A. cargarán con sus propias costas relativas a las demandas de intervención.

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