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Document 62023TO0240

Auto del Tribunal General (Sala Cuarta) de 4 de noviembre de 2024.
LichtBlick SE contra Comisión Europea.
«Recurso de anulación — Ayudas de Estado — Crisis energética — Ley alemana dirigida a controlar el precio de la electricidad para los consumidores finales — Decisión de no plantear objeciones — Inexistencia de interés en ejercitar la acción — Inadmisibilidad».
Asunto T-240/23.

Court reports – general

ECLI identifier: ECLI:EU:T:2024:793

 Auto del Tribunal General (Sala Cuarta) de 4 de noviembre de 2024 — LichtBlick/Comisión

(Asunto T‑240/23)

(«Recurso de anulación — Ayudas de Estado — Crisis energética — Ley alemana dirigida a controlar el precio de la electricidad para los consumidores finales — Decisión de no plantear objeciones — Inexistencia de interés en ejercitar la acción — Inadmisibilidad»)

1. 

Recurso de anulación — Personas físicas o jurídicas — Interés en ejercitar la acción — Necesidad de un interés existente y efectivo — Recurso que puede reportar un beneficio al demandante — Recurso contra una decisión de la Comisión de no plantear objeciones a un régimen de ayudas notificado — Recurso interpuesto por una empresa que no cumple los requisitos de aplicación del régimen de ayudas notificado — Inexistencia de interés en ejercitar la acción — Inadmisibilidad

(art. 263 TFUE, párr. 4)

(véanse los apartados 19 a 32, 38 y 40)

2. 

Ayudas otorgadas por los Estados — Ayudas existentes y ayudas nuevas — Medida no comprendida en el ámbito de aplicación de la decisión de la Comisión que declara un régimen de ayuda compatible con el mercado interior — Calificación como ayuda nueva

[Art. 108 TFUE; Reglamento (UE) 2015/1589 del Consejo, art. 1, letra f)]

(véanse los apartados 34 a 37)

Fallo

1) 

Declarar la inadmisibilidad del recurso.

2) 

LichBlick SE cargará con sus propias costas y con las de la Comisión Europea.

3) 

La República Federal de Alemania cargará con sus propias costas.

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