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Doiciméad 62022CJ0679
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 29 de febrero de 2024.
Comisión Europea contra Irlanda.
Incumplimiento de Estado — Artículo 258 TFUE — Directiva (UE) 2018/1808 — Prestación de servicios de comunicación audiovisual — Falta de transposición y de comunicación de las medidas de transposición — Artículo 260 TFUE, apartado 3 — Pretensión de condena al pago de una cantidad a tanto alzado y una multa coercitiva.
Asunto C-679/22.
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 29 de febrero de 2024.
Comisión Europea contra Irlanda.
Incumplimiento de Estado — Artículo 258 TFUE — Directiva (UE) 2018/1808 — Prestación de servicios de comunicación audiovisual — Falta de transposición y de comunicación de las medidas de transposición — Artículo 260 TFUE, apartado 3 — Pretensión de condena al pago de una cantidad a tanto alzado y una multa coercitiva.
Asunto C-679/22.
Tuarascálacha cúirte - ginearálta - an rannán ‘Eolas faoi bhreitheanna neamhfhoilsithe’
Aitheantóir ECLI: ECLI:EU:C:2024:178
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 29 de febrero de 2024 — Comisión/Irlanda (Servicios de comunicación audiovisual)
(Asunto C‑679/22) ( 1 )
«Incumplimiento de Estado — Artículo 258 TFUE — Directiva (UE) 2018/1808 — Prestación de servicios de comunicación audiovisual — Falta de transposición y de comunicación de las medidas de transposición — Artículo 260 TFUE, apartado 3 — Pretensión de condena al pago de una cantidad a tanto alzado y una multa coercitiva»
1. |
Actos de las instituciones — Directivas — Ejecución por los Estados miembros — Directiva que para su cumplimiento exige que se haga referencia a ella en las disposiciones nacionales de transposición — Relevancia — Obligación de los Estados miembros de adoptar un acto positivo de transposición de la Directiva [Directiva (UE) 2018/1808 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 2] (véase el apartado 31) |
2. |
Recurso por incumplimiento — Sentencia del Tribunal de Justicia por la que se declara el incumplimiento — Incumplimiento de la obligación de comunicar las medidas de transposición de una directiva — Sanciones pecuniarias — Facultad de apreciación del Tribunal de Justicia — Criterios (Art. 260 TFUE, ap. 3) (véase el apartado 68) |
3. |
Recurso por incumplimiento — Sentencia del Tribunal de Justicia por la que se declara el incumplimiento — Incumplimiento de la obligación de comunicar las medidas de transposición de una directiva — Sanciones pecuniarias — Cantidad a tanto alzado — Determinación del importe — Criterios [Art. 260 TFUE, ap. 3; Directiva (UE) 2018/1808 del Parlamento Europeo y del Consejo] (véanse los apartados 70, 72, 72 a 75, 79, 81, 84 y 86) |
4. |
Recurso por incumplimiento — Sentencia del Tribunal de Justicia por la que se declara el incumplimiento — Incumplimiento de la obligación de comunicar las medidas de transposición de una directiva — Sanciones pecuniarias — Multa coercitiva — Incumplimiento que perdura hasta el examen de los hechos por el Tribunal de Justicia — Condena al pago — Requisito — Persistencia del incumplimiento hasta que se dicta sentencia (Art. 260 TFUE, ap. 3) (véase el apartado 89) |
5. |
Recurso por incumplimiento — Sentencia del Tribunal de Justicia por la que se declara el incumplimiento — Incumplimiento de la obligación de comunicar las medidas de transposición de una directiva — Sanciones pecuniarias — Multa coercitiva — Determinación de la forma y del importe — Facultad de apreciación del Tribunal de Justicia — Criterios (Art. 260 TFUE, ap. 3) (véanse los apartados 92, 93 y 98) |
Fallo
1) |
Declarar que Irlanda ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 2 de la Directiva (UE) 2018/1808 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de noviembre de 2018, por la que se modifica la Directiva 2010/13/UE sobre la coordinación de determinadas disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros relativas a la prestación de servicios de comunicación audiovisual (Directiva de servicios de comunicación audiovisual), habida cuenta de la evolución de las realidades del mercado, al no haber adoptado, al término del plazo señalado en el dictamen motivado, las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en dicha Directiva y al no haber comunicado, por tanto, dichas disposiciones a la Comisión Europea. |
2) |
Declarar que Irlanda ha persistido en su incumplimiento al no haber adoptado, en la fecha del examen de los hechos por el Tribunal de Justicia, las medidas necesarias para transponer a su Derecho interno las disposiciones de la Directiva 2018/1808 ni haber comunicado, por tanto, dichas medidas a la Comisión Europea. |
3) |
Condenar a Irlanda a pagar a la Comisión Europea:
|
4) |
Condenar a Irlanda a cargar con sus propias costas y con las de la Comisión Europea. |
( 1 ) DO C 45 de 6.2.2023.