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Document 62021CJ0758

Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Décima) de 23 de noviembre de 2023.
Ryanair DAC y Airport Marketing Services Ltd contra Comisión Europea.
Recurso de casación — Ayudas de Estado — Medidas ejecutadas por Austria en favor del aeropuerto de Klagenfurt, de Ryanair y de otras compañías aéreas que utilizan ese aeropuerto — Decisión mediante la que se declaran las medidas de ayuda parcialmente incompatibles con el mercado interior — Artículo 85, apartado 3, del Reglamento de Procedimiento del Tribunal General — Pruebas aportadas al Tribunal General tras la terminación de la fase escrita del procedimiento — Admisibilidad – Reglamento (UE) 2015/1589 — Artículo 17, apartados 1 y 2 — Competencias de la Comisión Europea en lo relativo a la recuperación de la ayuda — Plazo de prescripción — Grado de precisión de las acciones que interrumpen ese plazo — Obligación de motivación — Desnaturalización de las pruebas — Datos relevantes para determinar el importe de la ayuda que debe recuperarse.
Asunto C-758/21 P.

Court reports – general – 'Information on unpublished decisions' section

ECLI identifier: ECLI:EU:C:2023:917

Asunto C-758/21 P

Ryanair DAC
y
Airport Marketing Services Ltd

contra

Comisión Europea

Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Décima) de 23 de noviembre de 2023

«Recurso de casación — Ayudas de Estado — Medidas ejecutadas por Austria en favor del aeropuerto de Klagenfurt, de Ryanair y de otras compañías aéreas que utilizan ese aeropuerto — Decisión mediante la que se declaran las medidas de ayuda parcialmente incompatibles con el mercado interior — Artículo 85, apartado 3, del Reglamento de Procedimiento del Tribunal General — Pruebas aportadas al Tribunal General tras la terminación de la fase escrita del procedimiento — Admisibilidad — Reglamento (UE) 2015/1589 — Artículo 17, apartados 1 y 2 — Competencias de la Comisión Europea en lo relativo a la recuperación de la ayuda — Plazo de prescripción — Grado de precisión de las acciones que interrumpen ese plazo — Obligación de motivación — Desnaturalización de las pruebas — Datos relevantes para determinar el importe de la ayuda que debe recuperarse»

  1. Procedimiento judicial — Plazo para la proposición de prueba — Artículo 85, apartado 3, del Reglamento de Procedimiento del Tribunal General — Aportación de pruebas antes de la terminación de la fase oral — Procedencia — Requisitos — Aportación extemporánea justificada — Inexistencia de justificación — Obligación de motivación del Tribunal General — Alcance

    (Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 85, ap. 3)

    (véanse los apartados 37 a 45)

  2. Procedimiento judicial — Plazo para la proposición de prueba — Artículo 85, apartado 3, del Reglamento de Procedimiento del Tribunal General — Aportación de pruebas antes de la terminación de la fase oral — Procedencia — Requisitos — Aportación extemporánea justificada — Inexistencia de circunstancias excepcionales que justifican el retraso en la aportación de las pruebas

    (Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 85, ap. 3)

    (véanse los apartados 47 y 49)

  3. Ayudas otorgadas por los Estados — Recuperación de una ayuda ilegal e incompatible — Prescripción decenal del artículo 17 del Reglamento 2015/1589 — Interrupción de la prescripción por varias solicitudes de información enviadas por la Comisión al Estado miembro de que se trata y al beneficiario — Medida de ayuda constituida por distintos acuerdos — Obligación de la Comisión de identificar de manera específica cada uno de esos acuerdos en sus solicitudes de información — Inexistencia

    [Art. 108 TFUE, ap. 2; Reglamento (CE) n.o 2015/1589 del Consejo, art. 17]

    (véanse los apartados 81 a 88)

  4. Actos de las instituciones — Motivación — Obligación — Alcance — Decisión de la Comisión en materia de ayudas de Estado — Referencia a las fechas de adopción, por parte de la Comisión, de las medidas que pueden interrumpir el plazo de prescripción previsto en el artículo 17 del Reglamento 2015/1589 — Motivación suficiente

    (Arts. 107 TFUE, ap. 1, y 296 TFUE)

    (véanse los apartados 92 a 95)

  5. Recurso de casación — Motivos — Apreciación errónea de los hechos y de las pruebas — Inadmisibilidad — Control por el Tribunal de Justicia de la apreciación de los hechos y de las pruebas — Exclusión salvo en caso de desnaturalización

    (Art. 256 TFUE, ap. 1, párr. 2; Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 58, párr. 1)

    (véanse los apartados 109 a 111, 116, 117, 122, 123 y 127 a 129)

  6. Ayudas otorgadas por los Estados — Concepto — Apreciación según el criterio del inversor privado — Apreciación a la luz de todos los aspectos pertinentes de la operación controvertida y de su contexto — Consideración de los datos disponibles y de la evolución previsible en el momento de la adopción de la decisión sobre la medida de que se trate — Consideración de circunstancias posteriores a la adopción de la medida de que se trate — Exclusión

    (Art. 107 TFUE, ap. 1)

    (véanse los apartados 146, 150 y 154)

Véase el texto de la resolución.

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