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Document 62014FO0021(01)
Iliopoulou/EUROPOL
Iliopoulou/EUROPOL
AUTO DEL TRIBUNAL DE LA FUNCIÓN PÚBLICA DE LA UNIÓN EUROPEA (Sala Segunda)
de 11 de diciembre de 2014
Hariklia Iliopoulou
contra
Oficina Europea de Policía (Europol)
«Función Pública — Personal de Europol — Convenio Europol — Estatuto del personal de Europol — Decisión 2009/371/JAI — Aplicación del ROA a los agentes de Europol — No renovación de un contrato de agente temporal de duración determinada — Negativa a otorgar un contrato de agente temporal por tiempo indefinido»
Objeto:
Recurso interpuesto con arreglo al artículo 270 TFUE mediante el cual la Sra. Iliopoulou solicita, en esencia, la anulación de la decisión de 13 de mayo de 2013 mediante la cual la Oficina Europea de Policía (Europol) no renovó por tiempo indefinido su contrato de agente temporal de duración determinada, que expiraba el 31 de octubre de 2013.
Resultado:
Se desestima el recurso. La Oficina Europea de Policía cargará con sus propias costas y la mitad de las costas de la Sra. Iliopoulou. La Sra. Iliopoulou cargará con la mitad de sus propias costas.
Sumario
Procedimiento judicial — Costas — Imposición — Consideración de las exigencias de equidad — Condena en costas de la parte vencedora
(Reglamento de Procedimiento del Tribunal de la Función Pública, art. 102, ap. 2; Estatuto de los Funcionarios, art. 90, ap. 1)
En virtud del artículo 102, apartado 2, de su Reglamento de Procedimiento, el Tribunal de la Función Pública podrá condenar a la parte vencedora a cargar con sus propias costas y a soportar parcial o totalmente las costas en que haya incurrido la otra parte si así lo justificase su actitud, incluso con anterioridad a la interposición del recurso. A este respecto, puede justificarse la imposición de costas a la institución por la falta de diligencia de ésta en la fase administrativa previa. Es lo que sucede cuando la institución deja que transcurra el plazo de cuatro meses contemplado en el artículo 90, apartado 1, del Estatuto, sin adoptar una decisión explícita de desestimación de la reclamación presentada por el interesado, ni adoptar ella misma una decisión de ese tipo en los tres meses siguientes, y no puede excluirse que, si la institución hubiera adoptado esa decisión, el demandante no habría interpuesto el recurso.
(véanse los apartados 80 y 82)
Referencia:
Tribunal de la Función Pública: Auto Coedo Suárez/Consejo, F‑73/10, EU:F:2011:102, apartado 47
AUTO DEL TRIBUNAL DE LA FUNCIÓN PÚBLICA DE LA UNIÓN EUROPEA (Sala Segunda)
de 11 de diciembre de 2014
Hariklia Iliopoulou
contra
Oficina Europea de Policía (Europol)
«Función Pública — Personal de Europol — Convenio Europol — Estatuto del personal de Europol — Decisión 2009/371/JAI — Aplicación del ROA a los agentes de Europol — No renovación de un contrato de agente temporal de duración determinada — Negativa a otorgar un contrato de agente temporal por tiempo indefinido»
Objeto:
Recurso interpuesto con arreglo al artículo 270 TFUE mediante el cual la Sra. Iliopoulou solicita, en esencia, la anulación de la decisión de 13 de mayo de 2013 mediante la cual la Oficina Europea de Policía (Europol) no renovó por tiempo indefinido su contrato de agente temporal de duración determinada, que expiraba el 31 de octubre de 2013.
Resultado:
Se desestima el recurso. La Oficina Europea de Policía cargará con sus propias costas y la mitad de las costas de la Sra. Iliopoulou. La Sra. Iliopoulou cargará con la mitad de sus propias costas.
Sumario
Procedimiento judicial — Costas — Imposición — Consideración de las exigencias de equidad — Condena en costas de la parte vencedora
(Reglamento de Procedimiento del Tribunal de la Función Pública, art. 102, ap. 2; Estatuto de los Funcionarios, art. 90, ap. 1)
En virtud del artículo 102, apartado 2, de su Reglamento de Procedimiento, el Tribunal de la Función Pública podrá condenar a la parte vencedora a cargar con sus propias costas y a soportar parcial o totalmente las costas en que haya incurrido la otra parte si así lo justificase su actitud, incluso con anterioridad a la interposición del recurso. A este respecto, puede justificarse la imposición de costas a la institución por la falta de diligencia de ésta en la fase administrativa previa. Es lo que sucede cuando la institución deja que transcurra el plazo de cuatro meses contemplado en el artículo 90, apartado 1, del Estatuto, sin adoptar una decisión explícita de desestimación de la reclamación presentada por el interesado, ni adoptar ella misma una decisión de ese tipo en los tres meses siguientes, y no puede excluirse que, si la institución hubiera adoptado esa decisión, el demandante no habría interpuesto el recurso.
(véanse los apartados 80 y 82)
Referencia:
Tribunal de la Función Pública: Auto Coedo Suárez/Consejo, F‑73/10, EU:F:2011:102, apartado 47