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Document 62009TO0410
Sumario del auto
Sumario del auto
Palabras clave
Objeto del litigio
Parte dispositiva
Procedimiento sobre medidas provisionales — Suspensión de la ejecución — Requisitos para su concesión — Perjuicio grave e irreparable — Carga de la prueba — Perjuicio económico — Situación que podría poner en peligro la existencia de la sociedad demandante (Art. 278 TFUE; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 104, ap. 2) (véanse los apartados 30 a 32)
2. Procedimiento sobre medidas provisionales — Suspensión de la ejecución — Suspensión de la ejecución de la obligación de constituir una garantía bancaria como requisito para que no se proceda al cobro inmediato de una multa — Requisitos para su concesión — Circunstancias excepcionales (Art. 278 TFUE) (véanse los apartados 34 a 36)
3. Procedimiento sobre medidas provisionales — Suspensión de la ejecución — Suspensión de la ejecución de la obligación de constituir una garantía bancaria como requisito para que no se proceda al cobro inmediato de una multa — Requisitos para su concesión — Perjuicio grave e irreparable — Consideración de la situación económica del grupo al que pertenece la empresa (Art. 278 TFUE) (véanse los apartados 47 y 48)
4. Procedimiento sobre medidas provisionales — Requisitos de admisibilidad — Demanda — Requisitos de forma — Exposición de los motivos que justifiquen a primera vista la concesión de las medidas solicitadas — Presentación de un escrito complementario para subsanar las deficiencias — Incompatibilidad con el procedimiento sobre medidas provisionales (Arts. 278 TFUE y 279 TFUE; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, arts. 104, ap. 2, y 109) (véase el apartado 55)
Objeto
Demanda de suspensión de la ejecución de la Decisión de la Comisión de 22 de julio de 2009, relativa a un procedimiento de conformidad con el artículo 81 [CE] y con el artículo 53 del Acuerdo EEE (Asunto COMP/F‑1/39.396 — Reactivos a base de carburo de calcio y de magnesio para las industrias del acero y el gas).
Fallo
1) Desestimar la demanda de medidas provisionales.
2) Reservar la decisión sobre las costas.